La pena: función y presupuestos
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Fecha
2013-11-21
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Editor
Pontificia Universidad Católica del Perú. Fondo Editorial
Resumen
Legitimacy of criminal sanction is originated on its own purposes pursued in a state governed by the Rule of Law. That legitimacy should include the penalty as well as security measures, bearing in mind that both are imposed to someone breaking a rule of conduct, and therefore, someone capable to do it. Reviewing penal capacity or criminal liability concepts is required because if penal capacity means the capacity to understand the reality and adjust the behavior to it, and if every legitimate criminal sanction have to be imposed to someone who have the capacity of break it, then security measures also have to be imposed only to people responsible, capable to understand rules and act in accordance. With regard to people not subject to criminal liability they are standing outside Criminal Law and punish them would be illegitimate. In this line, criminal liability should be seen not only as a crime assumption but also as a basic statement for any dialogue the state shall have with the citizens: at the level of crime itself, proceedings and sentence execution .
La legitimación de la sanción penal se deriva de los fines que persigue en un Estado de derecho. Dicha legitimación debe abarcar tanto a la pena como a la medida de seguridad, y tener en cuenta que tanto la pena como la medida de seguridad se imponen a quien infringe una norma de conducta y, por tanto, a quien tiene capacidad para infringirla. Esto presupone revisar el concepto de capacidad penal o imputabilidad,pues si imputabilidad es capacidad para comprender la realidad y adecuar el comportamiento a dicha comprensión, y toda sanción penal legítima ha de imponerse a quien tiene dicha capacidad, también las medidas de seguridad han de ser impuestas solo a imputables. Los verdaderos inimputables son aquellos que están al margen del derecho penal y a quienes resulta ilegítimo imponer alguna sanción. En esta línea, la imputabilidad ha de ser vista no solo como presupuesto del delito, sino como presupuesto de cualquier diálogo que tenga el Estado con el ciudadano con respecto al delito, al proceso y a la ejecución de la pena.
La legitimación de la sanción penal se deriva de los fines que persigue en un Estado de derecho. Dicha legitimación debe abarcar tanto a la pena como a la medida de seguridad, y tener en cuenta que tanto la pena como la medida de seguridad se imponen a quien infringe una norma de conducta y, por tanto, a quien tiene capacidad para infringirla. Esto presupone revisar el concepto de capacidad penal o imputabilidad,pues si imputabilidad es capacidad para comprender la realidad y adecuar el comportamiento a dicha comprensión, y toda sanción penal legítima ha de imponerse a quien tiene dicha capacidad, también las medidas de seguridad han de ser impuestas solo a imputables. Los verdaderos inimputables son aquellos que están al margen del derecho penal y a quienes resulta ilegítimo imponer alguna sanción. En esta línea, la imputabilidad ha de ser vista no solo como presupuesto del delito, sino como presupuesto de cualquier diálogo que tenga el Estado con el ciudadano con respecto al delito, al proceso y a la ejecución de la pena.
Descripción
Palabras clave
Legitimación de la pena, Sanción penal, Medida de seguridad, Prevención general, Prevención especial, Retribución, Doble vía, Culpabilidad, Capacidad penal, Imputabilidad, Inimputabilidad
Citación
Colecciones
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