El préstamo constitucional

No hay miniatura disponible

Fecha

2012

Título de la revista

ISSN de la revista

Título del volumen

Editor

Pontificia Universidad Católica del Perú

DOI

Resumen

Cada vez es más frecuente en las decisiones del Tribunal Supremo de Justicia, en particular en su Sala Constitucional, asistir a citas de autores y sentencias extranjeras, tomadas generalmente fuera de contexto, en apoyo a una determinada afirmación relacionada con nuestra Constitución, sin el mínimo intento de explicar o argumentar el por qué de esa cita, a veces en idioma extranjero o de obras inéditas, sin conocimiento jurídico valedero y sin  ninguna deliberación, haciendo aún más confusa la decisión. El estudio comparado de decisiones siempre es útil, en especial cuando se trata de la interpretación de normas y principios que se encuentran en forma igual o muy parecida a las contenidas en nuestra constitución. Tal como dijera Justice Johann  Kriegler en el caso “Bernstein v. Bester “El estudio comparado siempre  es útil, particularmente cuando las cortes en jurisdicción ejemplarizadora batallan con temas universales con que nos confrontan … Pero esto es un grito lejano en relación a la adopción  despreocupada de conceptos alienígenos o de precedentes inapropiados”1  Este artículo pretende ser una llamada de alerta al uso indebido del préstamo constitucional, inclusive cuando adopta la forma de un transplante legal hacia una conversión legal.

Descripción

Palabras clave

Derecho

Citación

item.page.endorsement

item.page.review

item.page.supplemented

item.page.referenced

Licencia Creative Commons

Excepto se indique lo contrario, la licencia de este artículo se describe como info:eu-repo/semantics/openAccess