El préstamo constitucional

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Pontificia Universidad Católica del Perú

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Acceso al texto completo solo para la Comunidad PUCP

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Cada vez es más frecuente en las decisiones del Tribunal Supremo de Justicia, en particular en su Sala Constitucional, asistir a citas de autores y sentencias extranjeras, tomadas generalmente fuera de contexto, en apoyo a una determinada afirmación relacionada con nuestra Constitución, sin el mínimo intento de explicar o argumentar el por qué de esa cita, a veces en idioma extranjero o de obras inéditas, sin conocimiento jurídico valedero y sin  ninguna deliberación, haciendo aún más confusa la decisión. El estudio comparado de decisiones siempre es útil, en especial cuando se trata de la interpretación de normas y principios que se encuentran en forma igual o muy parecida a las contenidas en nuestra constitución. Tal como dijera Justice Johann  Kriegler en el caso “Bernstein v. Bester “El estudio comparado siempre  es útil, particularmente cuando las cortes en jurisdicción ejemplarizadora batallan con temas universales con que nos confrontan … Pero esto es un grito lejano en relación a la adopción  despreocupada de conceptos alienígenos o de precedentes inapropiados”1  Este artículo pretende ser una llamada de alerta al uso indebido del préstamo constitucional, inclusive cuando adopta la forma de un transplante legal hacia una conversión legal.

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Derecho

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