El contrato de obra pública: Lo que no dice la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, pero debería decir

dc.contributor.authorCampos Medina, Alexander
dc.contributor.authorHinostroza Sobrevilla, Luis Martin
dc.date.accessioned2015-12-04T21:16:18Z
dc.date.available2015-12-04T21:16:18Z
dc.date.issued2008es_ES
dc.description.abstractLa normativa de contrataciones y adquisiciones del Estado regula, entre otras cosas, los contratosde obra pública en el Perú. Así, estos se encuentran establecidos como contratos de prestaciones recíprocas entre las partes, en las cuales convergen, tanto la ejecución de la obra realizada por el contratista, como el pago por la retribución realizada de parte de la entidad pública.En el presente artículo, los autores explican los conceptos relacionados al contrato de obra pública, recogiendo para tal fin aspectos considerados en la doctrina general que no se encuentran establecidos en una norma expresa, tales como el Equilibrio Económico - Financiero del contrato y los elementos que distorsionan tal balance. Del mismo modo, se desarrollan las modalidades de ejecución de los contratos de obra, entre los que se encuentran, el concurso oferta y la modalidad llave en mano.es_ES
dc.formatapplication/pdf
dc.identifier.urihttp://revistas.pucp.edu.pe/index.php/derechoadministrativo/article/view/14509es_ES
dc.language.isospa
dc.publisherPontificia Universidad Católica del Perúes_ES
dc.publisher.countryPE
dc.relation.ispartofurn:issn:2074-0956
dc.rightsinfo:eu-repo/semantics/openAccesses_ES
dc.rights.urihttp://creativecommons.org/licenses/by/4.0*
dc.sourceRevista de Derecho Administrativo; No. 5 (2008)es_ES
dc.subject.ocdehttps://purl.org/pe-repo/ocde/ford#5.05.01
dc.titleEl contrato de obra pública: Lo que no dice la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, pero debería decires_ES
dc.typeinfo:eu-repo/semantics/article
dc.type.otherArtículo

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