El poder judicial y la constitución de 1979
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Pontificia Universidad Católica del Perú. Fondo Editorial
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La Constitución establece, entre otros aspectos, la organización y las funciones de los poderes del Estado. Es evidente que las normas relativas a esa organización expresan el criterio que los autores tienen acerca de la existencia y funcionalidad de esos poderes y reflejan, además y sobre todo, su particular visión del país en conjunto, no tanto en su realidad geográfica como en sus dimensiones humanas y sociales. Al interior de esta primera reflexión, se constata la existencia de un enfrentamiento entre dos puntos de vista discordantes: de un lado, una visión estática de los poderes y del país; y, de otro, una visión dinámica, esto es, profundizada al interior de esas entidades. Se trata de preguntarse, en otras palabras, acerca del criterio que ha impreso el legislador en la decisión de las normas constitucionales relativas al Poder Judicial y, en términos generales, del país. Esta es una cuestión que no puede analizarse de una manera superficial y que exige una investigación profunda, la cual merece una dedicación mayor. Pero existen en nuestra formación algunos elementos de juicio que permiten una aproximación a la dilucidación del enfrentamiento entre los criterios referidos.
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Derecho
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