Extensión de Beneficios Sociales a los Abogados
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Pontificia Universidad Católica del Perú. Fondo Editorial
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Es un anhelo largamente acariciado por los abogados que prestan servicios a empresas de toda clase y que desempeñan labores profesionales en ciertas condiciones especiales, que se les comprenda dentro de los beneficios sociales acordados a los empleados. Sin embargo, se ha objetado este justo deseo, afirmándose que no es posible considerar al abogado en calidad de empleado. Mas esta crítica confunde los conceptos y no enfoca la aspiración de los abogados en su verdadero lugar. En efecto, no es que se considere al abogado en calidad de empleado lo que se pretende, pues el primero, por su título profesional y la naturaleza de su labor, tiene su categoría propia; lo que se quiere es que el abogado goce de los beneficios sociales que las leyes han concedido a los empleados, por el mismo fundamento que estos, ya que, conjuntamente ambos, colaboran en los rendimientos económicos de las empresas a las que prestan sus servicios.
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