Arbitrajes contra las decisiones del operador del mercado eléctrico peruano – COES. Análisis de los laudos arbitrales expedidos en el período 2010-2023
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Fecha
2024-09-20
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Pontificia Universidad Católica del Perú
Resumen
The Peruvian electricity market operator is COES, it is a private company under public law, composed and governed by generators, transmitters, distributors, and the Free Users. The Board of Directors, which is the final authority, makes its decisions without any government intervention. Disagreements with COES decisions are resolved through Arbitration at Law or Arbitration of Conscience. Peru has a significant arbitration practice against the electricity market operator decisions (COES). This is evidenced by the Awards issued during the period 2010-2023. The purpose of this paper is to analyze this practice, focusing on those discussions that may be useful for implementing improvements in dispute resolution mechanisms in the electricity sector (such as the implementation of permanent tribunals), something which could be worthy for other markets as well. At the time of the decision, the arbitrators exercise full jurisdiction; therefore, they have the power to resolve the dispute definitively, even if the COES has not made a substantive statement when issuing its decisions. However, tribunals cannot issue general guidelines, binding precedents or condition the issuance of future COES decisions, which affects the uniformity of awards, as we have seen throughout this article. The main problem found is the lack of uniformity, and it could be explained in the conformation of the tribunals (case-by-case basis) and the broad criterion employed in Arbitrations of Conscience, where arbitrators are allowed to omit the legal framework. Other relevant problems are also analyzed.
El operador del mercado eléctrico peruano es el COES, que es una empresa privada de Derecho Público, conformado y gobernado por los generadores, transmisores, distribuidores y los Usuarios Libres, para lo cual, el Directorio, que es su última instancia, toma sus decisiones sin intervención estatal. Las discrepancias contra las decisiones del COES se resuelven mediante Arbitrajes de Derecho o Arbitrajes de Conciencia. El Perú tiene una importante práctica arbitral contra las decisiones del operador del mercado eléctrico (COES). Esto se evidencia de los laudos arbitrales emitidos durante el periodo 2010-2023. El propósito de este artículo es analizar esta práctica, centrándose en aquellas discusiones que pueden ser útiles para implementar mejoras en los mecanismos de resolución de disputas en el sector eléctrico (tal como la creación de tribunales permanentes), algo que podría ser valioso también para otros mercados. Los árbitros al momento de resolver ejercen plena jurisdicción, por lo que tienen la atribución de resolver la disputa de manera definitiva, aun cuando el COES al emitir sus decisiones no haya emitido un pronunciamiento de fondo. No obstante, los árbitros no pueden emitir lineamientos generales, precedentes vinculantes ni condicionar la expedición de futuras decisiones del COES, lo cual afecta la uniformidad en los laudos, conforme hemos visto a lo largo del presente artículo. De esta manera, el principal problema encontrado es la falta de uniformidad, y podría explicarse en la conformación de los tribunales, que se realiza caso por caso, y el amplio criterio empleado en los Arbitrajes de Conciencia, donde los árbitros se encuentran permitidos a inaplicar el marco jurídico. También se analizan otros problemas relevantes.
El operador del mercado eléctrico peruano es el COES, que es una empresa privada de Derecho Público, conformado y gobernado por los generadores, transmisores, distribuidores y los Usuarios Libres, para lo cual, el Directorio, que es su última instancia, toma sus decisiones sin intervención estatal. Las discrepancias contra las decisiones del COES se resuelven mediante Arbitrajes de Derecho o Arbitrajes de Conciencia. El Perú tiene una importante práctica arbitral contra las decisiones del operador del mercado eléctrico (COES). Esto se evidencia de los laudos arbitrales emitidos durante el periodo 2010-2023. El propósito de este artículo es analizar esta práctica, centrándose en aquellas discusiones que pueden ser útiles para implementar mejoras en los mecanismos de resolución de disputas en el sector eléctrico (tal como la creación de tribunales permanentes), algo que podría ser valioso también para otros mercados. Los árbitros al momento de resolver ejercen plena jurisdicción, por lo que tienen la atribución de resolver la disputa de manera definitiva, aun cuando el COES al emitir sus decisiones no haya emitido un pronunciamiento de fondo. No obstante, los árbitros no pueden emitir lineamientos generales, precedentes vinculantes ni condicionar la expedición de futuras decisiones del COES, lo cual afecta la uniformidad en los laudos, conforme hemos visto a lo largo del presente artículo. De esta manera, el principal problema encontrado es la falta de uniformidad, y podría explicarse en la conformación de los tribunales, que se realiza caso por caso, y el amplio criterio empleado en los Arbitrajes de Conciencia, donde los árbitros se encuentran permitidos a inaplicar el marco jurídico. También se analizan otros problemas relevantes.
Descripción
Palabras clave
Energy Law, Electricity, Arbitrations, Utilities Regulation, Peruvian Electricity Market Operator-COES, Derecho de la Energía, Electricidad, Arbitrajes, Regulación de Servicios Públicos, Operador del Mercado Eléctrico Peruano – COES
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