Informalidad y derecho
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Pontificia Universidad Católica del Perú. Fondo Editorial
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De un fenómeno tan relevante en nuestra sociedad como es la informali-dad, poco o nada se ha dicho desde el ámbito jurídico. Es cierto que cada vez son más las investigaciones hechas desde la perspectiva sociológica y económica, sin embargo, se percibe una impresionante omisión por parte de los juristas. Y digo impresionante porque, debido a su incuestionable presencia, la informalidad viene a alterar el tratamiento clásico, entre otros, de dos temas fundamentales del derecho: la organización e interrelación de las normas en el sistema jurídico peruano y la funcionalidad del derecho social. Conociendo, además, la complejidad del fenómeno de la informalidad no es mi intención abordar cada una de sus proyecciones en la vida real. No entraré, por ello, en un análisis pormenorizado ni del comercio informal, ni del transporte público (Combis), ni de los asentamientos humanos no re-gistrados, ni de las unidades productivas que funcionan al margen de la legalidad como ocurre en el caso de las microempresas. La intención es, repito, extraer los elementos básicos del concepto de informalidad, para luego analizar el impacto de estos sobre instituciones tradicionales del de-recho que a la fecha tienen la etiqueta de «incuestionables>>.
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Derecho
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