La Decisión de Expropiar
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Date
2014
Authors
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Publisher
Pontificia Universidad Católica del Perú
Abstract
Property rights represent the maximum power over a good. This is the essence of that right. However, beyond that base is possible a greater or smaller degree of limitation, according to the legal system and the prevailing ideology in the Constitution. the author argues that it is essential to tie the concept to the prevailing economic system, because in a closed economy we can tolerate greater limitations on this right that in an open economy. Peru, certainly, changed its model to an open economy in 1993, when it limited the possibility of expropriation. However, this does not ensure eradication of different readings under the veil of a social interest, so the expropriation is only justified for the author if“its realization will positively affect to the entire society”.
Los derechos de propiedad representan el máximo poder sobre un bien. este es el contenido esencial de tal derecho. sin embargo, y más allá de aquella base, es posible su mayor o menor limitación, de acuerdo al sistema legal y a la ideología imperante a la hora de formular la carta magna que lo acogerá. el autor sostiene que es fundamental atar el concepto con el régimen económico imperante, pues en una economía cerrada se pueden tolerar mayores limitaciones a este derecho que en una economía abierta. el Perú, ciertamente, cambió su modelo al de una economía abierta en 1993, por lo que limitó la posibilidad de expropiar. Sin embargo, esto no asegura la erradicación de lecturas diferentes bajo el velo de un interés social, por lo que la expropiación solo se justificará, para el autor, si “su realización interesapositivamente a la sociedad toda”.
Los derechos de propiedad representan el máximo poder sobre un bien. este es el contenido esencial de tal derecho. sin embargo, y más allá de aquella base, es posible su mayor o menor limitación, de acuerdo al sistema legal y a la ideología imperante a la hora de formular la carta magna que lo acogerá. el autor sostiene que es fundamental atar el concepto con el régimen económico imperante, pues en una economía cerrada se pueden tolerar mayores limitaciones a este derecho que en una economía abierta. el Perú, ciertamente, cambió su modelo al de una economía abierta en 1993, por lo que limitó la posibilidad de expropiar. Sin embargo, esto no asegura la erradicación de lecturas diferentes bajo el velo de un interés social, por lo que la expropiación solo se justificará, para el autor, si “su realización interesapositivamente a la sociedad toda”.
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Law, Property, Expropriation, Economic Regime, Social Interest, Propiedad, Expropiación, Régimen Económico, Interés Social
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