Abstract
La prescripción de la acción penal se encuentra regulada, con sus respectivas diferencias, en la gran mayoría de ordenamientos jurídicos. En el caso peruano, fue una figura que se reconoció desde el primer Código Penal (1863) y se mantuvo en las posteriores codificaciones. No obstante, los argumentos que ofrecen la doctrina y jurisprudencia para justificar su presencia en la legislación penal son rebatibles. En tal sentido, esta investigación tiene como objetivo determinar si existen en la actualidad razones que legitimen que el paso del tiempo tenga un efecto devastador en el ámbito penal; y, de ser así, identificar cuáles serían los fundamentos de tal regla.