Interpretación tributaria del devengado en el impuesto a la renta
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Pontificia Universidad Católica del Perú. Fondo Editorial
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El término «devengado» es un concepto del derecho tributario que aparece expresamente en diversas normas tributarias, y como tal debe ser interpretado jurídicamente en el régimen del Impuesto a la Renta y no dejar que se redefinan sus alcances, exclusivamente, con las definiciones contables que, en plena armonización, están cambiando vertiginosamente y con incertidumbre por el modelo que sigue a las Normas Internacionales de Información Financiera (NIIF).
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Páginas 353-365
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