La consulta previa en actividades extractivas: un análisis del balance y propuestas a 10 años de su aplicación en el Perú
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Pontificia Universidad Católica del Perú
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Prior consultation is one of the most important instruments for the relationship between the State and the indigenous peoples. Prior consultation is also a key right for the survival and respect for the ways of life of indigenous peoples. This right is included in ILO Convention 169 and calls on the State Party to sit down face to face with indigenous peoples before issuing an administrative or legislative measure that may affect them.However, prior consultation is not only a right, but also an administrative procedure. It is there where the procedure has presented several improvable and perfectible factors. In the following article, we will analyze a series of elements of the prior consultation processes that need to be improved, focusing on the field of extractive activities.
La consulta previa resulta uno de los instrumentos más importantes para la relación entre el Estado y los pueblos indígenas. Asimismo, la consulta previa es un derecho clave para la sobrevivencia y el respeto de las formas de vida de los pueblos indígenas. Este derecho está recogido en el Convenio 169 de la OIT y emplaza al Estado Parte a sentarse frente a frente a los pueblos indígenas antes de emitir una medida administrativa o legislativa que pueda afectarlos.No obstante, la consulta previa no solo es un derecho, sino también un procedimiento administrativo. Es allí donde el procedimiento ha presentado varios factores mejorables y perfectibles. En el siguiente artículo, analizaremos una serie de elementos de los procesos de consulta previa que requieren ser mejorados, centrándonos en el ámbito de las actividades extractivas.
La consulta previa resulta uno de los instrumentos más importantes para la relación entre el Estado y los pueblos indígenas. Asimismo, la consulta previa es un derecho clave para la sobrevivencia y el respeto de las formas de vida de los pueblos indígenas. Este derecho está recogido en el Convenio 169 de la OIT y emplaza al Estado Parte a sentarse frente a frente a los pueblos indígenas antes de emitir una medida administrativa o legislativa que pueda afectarlos.No obstante, la consulta previa no solo es un derecho, sino también un procedimiento administrativo. Es allí donde el procedimiento ha presentado varios factores mejorables y perfectibles. En el siguiente artículo, analizaremos una serie de elementos de los procesos de consulta previa que requieren ser mejorados, centrándonos en el ámbito de las actividades extractivas.
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Prior consultation, Indigenous people, Mining, Hydrocarbons, Extractive activities, Consulta previa, Pueblos indígenas, Minería, Hidrocarburos, Actividades extractivas
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