Los Derechos Fundamentales y las nuevas tecnologías de la Información y Comunicación: una aproximación
Date
2021-11-21Author
Díaz Colchado, Juan Carlos
Castro Arequipeño, Andreé
Metadata
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Fuente
THEMIS Revista de Derecho; Núm. 79 (2021): Derecho y TecnologíaAbstract
The use of new information and communication technologies in different areas of society is increasing. On one hand, there is no doubt that technology has a positive impact on society.However, on the other, its application cannot be unrestricted, but rather, based on a harmonious reading of the Constitution, it must be limited on the basis of material criteria such as fundamental rights. In this article, the authors analyze the irruption of new technologies –such as big data and algorithms– in the general theory of fundamental rights, delimiting their concepts, foundations, contents, among others. In addition, the authors explore the impact on certain fundamental rights such as personal freedom and privacy. Finally, from a critical point of view, they distinguish when the use of these new technologies in specific situations becomes constitutional or, failing that, unconstitutional. El uso de las nuevas tecnologías de la información y comunicación en los diferentes ámbitos de la sociedad cada vez es mayor. Por un lado, es indudable que la tecnología genera un impacto positivo en la sociedad. Empero, por otro lado, su aplicación no puede ser irrestricta, sino que, a partir de una lectura armónica de la Constitución, debe limitarse sobre la base de criterios materiales como lo son los derechos fundamentales.En el presente artículo, en primer lugar, los autores analizan la irrupción de las nuevas tecnologías –como el big data y los algoritmos– en la teoría general de los derechos fundamentales, delimitando sus conceptos, fundamentos, contenidos, entre otros. Sumado a ello, en segundo lugar, los autores exploran la incidencia que se produce sobre determinados derechos fundamentales como la libertad personal y la privacidad. Finalmente, desde una mirada crítica, los autores distinguen cuándo el uso de estas nuevas tecnologías en situaciones concretas deviene en constitucional o, en su defecto, en inconstitucional.