El caso Reebok

Loading...
Thumbnail Image

Date

Journal Title

Journal ISSN

Volume Title

Publisher

Pontificia Universidad Católica del Perú

DOI

Acceso al texto completo solo para la Comunidad PUCP

Abstract

En este artículo vamos a examinar el conflicto suscitado entre una empresa nacional que solicita el registro ante la autoridad competente de la marcaREEBOK, para distinguir zapatillas y demás productos de la Clase 25 de la Nomenclatura Internacional de Niza y la oposición que a tal solicitud, en formaextemporánea, formula Reebok Intemational Limited, persona jurídica extranjera que a tal fecha era titular de la marca REEBOK, considerada como notoria, para distinguir precisamente zapatillas y demás artículos de la Clase 25 de la Nomenclatura Internacional.Reebok International Limited formuló su observación alegando que su marca gozaba de la calidad de notoriamente conocida.El caso a analizar no sólo se discutió en la vía administrativa sino que fue de conocimiento del Poder Judicial a través de una acción de amparo.Al final de estos procesos y luego de diversas resoluciones, que conceden, unas la razón a la firma nacional y otras a la firma Reebok International Limited,se arriba a la situación actual en la que la primera de las empresas citadas deviene en titular en el Perú de la marca REEBOK, aun cuando a nivel internacional la propietaria de tal marca es la segunda empresa mencionada.

Description

Keywords

Derecho

Citation

Endorsement

Review

Supplemented By

Referenced By

Creative Commons license

Except where otherwised noted, this item's license is described as info:eu-repo/semantics/openAccess