El caso "Luis Pardo" Leading case sobre el control de inaplicabilidad de las leyes en el Perú

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Pontificia Universidad Católica del Perú

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Acceso al texto completo solo para la Comunidad PUCP

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Es común recordar que el control de inaplicabilidad de las leyes inconstitucionales apareció en el Perú, en el artículo XXII del Titulo Preliminar del Código Civil de 1936, que estableció la obligación del juez de preferir la Constitución cuando ella entra en conflicto con alguna ley, La iniciativa provino deljuristaAlfredo Solf y Muro, integrante de la Comisión Reformadora del Código Civil, creada en 1922, bajo la presidencia de Juan José Calle y con la participación de otro inminente jurista, Manuel Augusto Olaechea11 !, Pocas veces se recuerda, sin embargo, que hubo un importantísimo precedente judicial. establecido en forma unilateral y pretoriana en agosto de 1920 por nuestra Corte Suprema, sin ninguna disposición legal o constitucional que la faculte a ejercerlo, Precisamente, ese caso -el caso "Luis Pardo''-vamos a exponer en estas páginas, en su integridad,

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