La Constitución de 1993 y la jurisdicción militar
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THĒMIS Revista de Derecho; Núm. 31 (1995): Derecho de la EmpresaAbstract
La jurisdicción militar ha sido materia de encarnizado debate en los últimos tiempos, a propósi to de cuestiones vinculadas con el juzgamiento de los delitos de traición a la Patria y con el proceso de militares en situación de retiro. No han sido pocas las voces que han denunciado la inconstitucionalidad de tales hechos y han sostenido la necesidad de una radical reforma del único fuero privativo reco nocido por nuestra Constitución. La polémica se ha visto acrecentada, ciertamente, por casos de sor prendente celeridad procesal, en los que resultaban reiteradas las denuncias por violaciones al debido proceso.El doctor Enrique Bernales, destacado constitucionalista y conocido defensor de los derechos huma nos en los más diversos foros internacionales, expone en el presente artículo sus críticas contra la concepción en la que actualmente se basa la justi cia militar peruana. Su análisis, serio y sin apasio namientos, recurre constantemente al estudio de nuestro marco constitucional y de la legislación que regula la materia. La hipótesis que guía el tra bajo apunta a determinar que el fuero privativo sólo debe tener competencia sobre militares en actividad o en situación de disponibilidad, que hayan cometido delitos de función. El tema tratado resulta de gran actualidad, en momentos en que se ha promulgado recientemente la llamada Ley de Amnistía General.