Insolvencia de empresas vs. insolvencia de personas naturales: ¿se justifica regular la insolvencia de personas naturales?

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Pontificia Universidad Católica del Perú

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El autor, a partir del análisis económico del derecho, sugiere que la legislación debiera permitir que cada persona contrate con sus acreedores el nivel de riesgo y de seguro que está dispuesta a asumir,aceptando ex ante la tasa de interés que corresponda al nivel de riesgo asumido.

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