Tesis y Trabajos de Investigación PUCP
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Ítem Texto completo enlazado Remuneraciones no computables en las fiscalizaciones por aportes a EsSalud: una mirada crítica a los postulados de la SUNAT y del Tribunal Fiscal(Pontificia Universidad Católica del Perú, 2022-04-02) Baca Balarezo, Romina Giulliana Del Rosario; García Landaburu, María KatiaEl presente trabajo de investigación analiza, con una visión crítica, algunos criterios de la Superintendencia Nacional de Aduanas y Administración Tributaria (SUNAT) y el Tribunal Fiscal en torno a la aplicación e interpretación de las normas laborales en las fiscalizaciones por aportes a EsSalud. Para ello, se estudia qué se entiende por remuneración y se identifican aquellos conceptos no remunerativos que podrían llevar a confusión a la Autoridad Tributaria considerando no solo lo establecido en las leyes, sino en la doctrina y jurisprudencia laboral. Asimismo, se determina la posibilidad de aplicar el principio de primacía de la realidad para identificar supuestos de desnaturalización y simulación. Finalmente, se evidencian los efectos laborales de las decisiones del Tribunal Fiscal como última instancia administrativa dentro de procesos laborales e inspecciones administrativas laborales y se pone de manifiesto la necesidad de activar el deber de colaboración entre SUNAT y SUNAFIL.Ítem Texto completo enlazado El derecho al plazo razonable: Análisis de la actuación del Tribunal Fiscal durante los años 2019 y 2020 conforme a los criterios establecidos por el Tribunal Constitucional(Pontificia Universidad Católica del Perú, 2022-03-24) Escudero Whu Ochoa, Sandra Carolina; Viacava Paredes, Gloria MaríaEl derecho al plazo razonable constituye un derecho implícito al derecho al debido procedimiento; siendo que se encuentra reconocido expresamente en tratados internacionales suscritos por el Perú y de manera implícita en la Constitución. Si bien el contenido de este derecho fue desarrollado primigeniamente en el ámbito penal, el Tribunal Constitucional ha establecido que este resulta plenamente aplicable a los procedimientos administrativos y ha establecido parámetros para determinar su vulneración: (i) la complejidad del asunto, (ii) la conducta de los administrados, (iii) la conducta de las autoridades administrativas y (iv) las consecuencias que la demora produce en la situación jurídica del interesado. A través del presente trabajo de investigación, se analizará si la actuación del Tribunal Fiscal en las resoluciones emitidas durante los ejercicios 2019 y 2020 -vinculadas al derecho al plazo razonable y la inaplicación de intereses moratorios- ha respetado los parámetros establecidos por el Tribunal Constitucional.Ítem Texto completo enlazado El uso de conceptos jurídicos indeterminados en la delimitación del ámbito de aplicación de la queja en materia tributaria y el impacto de su eficacia como remedio procesal(Pontificia Universidad Católica del Perú, 2021-09-01) Tapia Rojas, Alfonso Octavio; Oyarse Cruz, Javier GustavoEl presente trabajo de investigación aborda a la queja desde su naturaleza como remedio procesal, a través de sus distintas características y tipos, hasta centrarnos en su ámbito de aplicación y como éste ha sido delimitado por el artículo 155° del Código Tributario. En esa línea, se analiza a la jurisprudencia emitida por el Tribunal Fiscal como herramienta complementaria a la labor reguladora efectuada por el legislador con relación al ámbito de aplicación de la queja, y sobre todo, si esta ha sido una solución eficiente al carácter general del que adolece dicho remedio procesal, o si de lo contrario es necesario un nuevo enfoque de su actividad resolutora para la implementación de modificaciones normativas que coadyuven a una mayor eficiencia administrativa. Finalmente, se ahonda en la estructura normativa del inciso a) del artículo 155° del Código Tributario para efecto de determinar cuales son los conceptos jurídicos indeterminados contenidos en dicha norma, y evaluar como se han propiciado los vacíos normativos que han tenido que ser suplidos por la jurisprudencia del Tribunal Fiscal, lo cual va en paralelo con la formulación de propuestas de reforma normativa tendientes a generar un escenario de mayor predictibilidad jurídica.Ítem Texto completo enlazado Informe sobre la Resolución N° 06322-2-2019(Pontificia Universidad Católica del Perú, 2021-02-25) Rojas Zaga, Robert Arturo; Adriazola Burga, Stephanie AlexaEl presente trabajo tiene como objeto evidenciar ciertas deficiencias en la interpretación de los pronunciamientos del Tribunal Constitucional vertidos en las sentencias recaídas en los expedientes Nos. 04082-2012-PA/TC y 04532-2013-PA/TC, referidos a la constitucionalidad de la aplicación de las reglas de actualización de la deuda tributaria: (i) capitalización de intereses moratorios; y, (ii) cómputo de intereses moratorios fuera del plazo legal para resolver los recursos de reclamación y apelación. Para estos efectos, se analiza la Resolución No. 06322-2-2019, mediante la cual el Tribunal Fiscal desestima la pretensión de FAMESA EXPLOSIVOS S.A.C. de que se inaplique las referidas reglas. Ello, en razón de que durante el procedimiento contencioso-tributario no se habría vulnerado el derecho al plazo razonable, puesto que el caso calificaría como complejo, lo cual lo diferenciaría de los casos resueltos por el Tribunal Constitucional. Al respecto, se advierte que el Tribunal Fiscal no ha identificado de manera adecuada los criterios utilizados por el Tribunal Constitucional para: (i) determinar la afectación del derecho al plazo razonable; e, (ii) inaplicar las referidas reglas de actualización de la deuda tributaria. Contrario a lo que presupone el Tribunal Fiscal, se concluye que la afectación del derecho al plazo razonable no solo se basa en analizar la complejidad del asunto, sino intervienen otros criterios de naturaleza objetiva. Asimismo, se advierte que la afectación de dicho derecho no incide en la actualización de la deuda tributaria; puesto que la vulneración de los derechos y principios que evalúa el Tribunal Constitucional para inaplicar las referidas reglas de actualización son el principio de razonabilidad y el derecho a recurrir decisiones de la Administración. La dilucidación de los aspectos planteados permite evidenciar la falta de criterios metodológicos para la correcta aplicación de los criterios establecidos por el Tribunal Constitucional, lo cual adquiere relevancia con la constitucionalización del Derecho.Ítem Texto completo enlazado Informe sobre la Resolución N° 10923-8-2011(Pontificia Universidad Católica del Perú, 2021-02-25) Osorio Castillo, Luis Edgar Daniel; Adriazola Burga, Stephanie AlexaEl presente informe analiza la Resolución N° 10923-8-2011 del Tribunal Fiscal debido a que contiene diversos problemas jurídicos, siendo el principal la aplicación de la entonces vigente Norma VIII del Título Preliminar del Código Tributario en dos reorganizaciones societarias en las que se transfirieron bloques patrimoniales neutros. La investigación se justifica debido a que el criterio establecido por el Tribunal Fiscal, a nuestro parecer, es contrario a la norma y, sobre todo, no se aplica correctamente la citada Norma VIII. Partimos entonces de la hipótesis de que el criterio establecido por la Administración Tributaria debe ser cuestionado y analizado a la luz de la norma tributaria y societaria y los hechos acontecidos en el caso, a fin de confirmar si aquel es correcto o, de lo contrario, confirmar sus falencias. Asimismo, consideramos como un objetivo adicional pero no menos importante, estudiar los hechos nuevamente considerando la normativa actual, específicamente la Norma XVI del Título Preliminar del Código Tributario. En ese sentido, considerando que la citada Norma VIII faculta a la Administración Tributaria a aplicar el criterio de calificación económica del hecho imponible y determinar si existe o no simulación relativa, en el presente caso lo primordial es confirmar si ello ocurre o no, es decir, si las escisiones efectuadas por el contribuyente califican como operaciones reales o simuladas. Para ello, analizamos los hechos, la normativa aplicable y la jurisprudencia, llegando a la conclusión que las escisiones realizadas por la contribuyente fueron efectuadas de acuerdo a la normativa societaria, no califican como simuladas, cumpliendo incluso el criterio establecido por el Tribunal Fiscal en la misma resolución.