Tesis y Trabajos de Investigación PUCP
URI permanente para esta comunidadhttp://54.81.141.168/handle/123456789/6
El Repositorio Digital de Tesis y Trabajos de Investigación PUCP aporta al Repositorio Institucional con todos sus registros, organizados por grado: Doctorado, Maestría, Licenciatura y Bachillerato. Se actualiza permanentemente con las nuevas tesis y trabajos de investigación sustentados y autorizados, así como también con los que que fueron sustentados años atrás.
Ingresa a su web: Repositorio Digital de Tesis y Trabajos de Investigación PUCP
Explorar
6 resultados
Resultados de búsqueda
Ítem Texto completo enlazado Informe jurídico sobre la Sentencia del Pleno del Tribunal Constitucional recaída en el Expediente N° 00001-2022- PI/TC, caso de la regulación del referéndum(Pontificia Universidad Católica del Perú, 2023-08-08) Aquije Cornejo, Alejandra Del Carmen; Diaz Colchado, Juan CarlosEn el presente informe se analiza si la demanda de inconstitucionalidad interpuesta por el Poder Ejecutivo en contra del artículo único de la Ley N° 31399 debe o no ser declarada fundada por el Tribunal Constitucional. Para ello, se hace uso de jurisprudencia nacional e internacional, así como de doctrina sobre la materia para determinar la existencia de vicios de inconstitucionalidad. En ese sentido, se concluye que la demanda debe ser declarada procedente en tanto cumple con los requisitos establecidos por el Nuevo Código Procesal Constitucional. Sin embargo, en el análisis de fondo, se identifica que la norma impugnada, en efecto, contraviene en su totalidad y directamente a la Constitución de 1993. De igual manera, se observa que la ley incurre en vicios de inconstitucionalidad material, debido a que vulnera el contenido constitucionalmente protegido del derecho a la participación política mediante referéndum y los principios de soberanía popular y democrático. Finalmente, debido a la naturaleza de la materia que se pretende regular, la norma incurre, asimismo, en un vicio de inconstitucionalidad formal al ser expedida siguiendo el procedimiento regulado para una ley ordinaria cuando, por el contrario, corresponde su incorporación al ordenamiento jurídico vía reforma constitucional (es decir, mediante el artículo 206 de la Constitución). Por todo ello, se afirma que la demanda de inconstitucionalidad debe ser declarada fundada y, en consecuencia, la Ley N° 31399, expulsada del ordenamiento jurídico.Ítem Texto completo enlazado El derecho a la reelección: revisión de la sentencia 0008-2018-PI/TC(Pontificia Universidad Católica del Perú, 2022-02-04) Simón Misad, Diego Sebastián; García Chávarri, Magno AbrahamEl presente trabajo tiene por finalidad revisar y valorar los argumentos jurídicos dados por el Tribunal Constitucional con motivo de la sentencia 0008-2018-PI, la misma que determinó en última instancia que la no reelección de alcaldes era constitucional. A través de este informe, intento demostrar como los argumentos esgrimidos por el Tribunal pueden ser cuestionados a la luz de un enfoque legal menos paternalista que el utilizado por el Tribunal. Señalaré que es correcta la interpretación dada que permite que una norma de reforma constitucional pueda ser cuestionada en el fondo por el Tribunal y, utilizando la propia lógica empleada por el TC en su argumentación, se presentan vacíos y posiciones jurídicas que no debieran ser. Así, propondré también la fórmula que debió ser utilizada en todo caso, haciendo una valoración más acorde con la finalidad de la ley y el momento histórico en que se da la norma. A mi entender, la norma debió haberse entendido como inconstitucional por cuanto afectaba directamente el derecho fundamental a la participación política, no existiendo, en ningún momento, un derecho no fundamental a la reelección. Asimismo, argumento que la norma afecta la soberanía popular y el estado democrático y que ello, sin un bien jurídico determinado como contrapeso, resulta en una afectación desmedida. En todo caso, el Tribunal debió evaluar la ley de reforma valorando los bienes jurídicos en su real naturaleza, determinado que la afectación era excesiva.Ítem Texto completo enlazado La Participación Ciudadana en los Consejos de Coordinación Regional(Pontificia Universidad Católica del Perú, 2020-06-01) Samaniego Valladares, Karen Priscila; León Manco, Hugo AndrésEl presente trabajo muestra cómo se viene desempeñando la participación ciudadana en los Consejos de Coordinación Regional; conformados estos por el gobernador regional, alcaldes distritales y representantes de la sociedad civil. Como objetivo general se busca determinar que la naturaleza consultiva y de concertación de los acuerdos del Consejo de Coordinación Regional, referentes al Plan de Desarrollo Concertado, ha ocasionado una disminución en la participación de los ciudadanos a cargo de los representantes de la sociedad civil, lo que ha conllevado a que el ansiado desarrollo integral que propugna la LOGR, se vea también afectado a través de la falta de criterio y/o opinión de la sociedad civil. Asimismo, como objetivos específicos del presente trabajo, es estudiar la disminución de la participación de la sociedad civil y su representación en el Consejo de Coordinación Regional; estudiar el Plan de Desarrollo Concertado y su carácter no vinculante en la gestión del gobierno regional y fortalecer el derecho de participación ciudadana ante el Consejo de Coordinación Regional. Es importante mencionar, que los Consejos de Coordinación Regional conforman la estructura básica del Gobierno Regional, y como tal, su funcionamiento como el cumplimiento de sus fines debe de darse, así como debe de detectarse sus debilidades y promover su fortalecimiento.Ítem Texto completo enlazado Estudios sobre los factores psicosociales asociados a la participación política no convencional de jóvenes en Lima(Pontificia Universidad Católica del Perú, 2020-01-27) Tintaya Orihuela, Meir Álvaro; Cueto Saldívar, Rosa María Luisa MartinaEn el contexto local, la participación política (PP) juvenil ha sido limitada a su ámbito representativo, y los jóvenes han sido catalogados como apáticos políticos y desinteresados de su compromiso cívico con la sociedad, sin indagar por otras modalidades de PP. Por ello, desde el modelo psicosocial, se realiza un primer estudio (1) que explora los repertorios de PP, así como sus atribuciones y motivaciones de participación; en caso del segundo estudio, (2) se analiza las relaciones entre las variables socio-cognitivas (Conocimiento Político, Interés en Política y Eficacia Política), actitudinales (Confianza Política y Cinismo Políticos) y emocionales vinculadas a la PP no convencional en una muestra de jóvenes en Lima. En el primer estudio, se realizó 8 entrevistas a jóvenes afiliados a organizaciones civiles, cuyas respuestas fueron analizadas en base al enfoque de análisis temático. En base a los resultados cualitativos, se identifica (1) la concepción de PP, (2) los motivos de PP, y (3) los riesgos y limitantes de la PP. En caso del segundo estudio, participaron 132 jóvenes en Lima a través de encuestas online, posteriormente, realizó se realizaron análisis correlacionales, de regresión múltiple y path analysys. En base a los resultados, se identifican dos modalidades de PP: contenciosas y de expresión cívica, y se evidencia un modelo explicativo para la PP de expresión cívica, en el cual el Cinismo Político, la Eficacia Política y el Interés en Política tiene efecto sobre la PP. Se discute la importancia de los resultados para explicar el involucramiento de los jóvenes limeños en la política.Ítem Texto completo enlazado Participación ciudadana en el proceso de Evaluación de Impacto Ambiental Detallado (EIA-d) del proyecto minero Conga(Pontificia Universidad Católica del Perú, 2018-03-02) Velarde Achahui, Emma Cristina; Castro Sánchez Moreno, Jorge Mariano GuillermoEl presente Trabajo Académico busca analizar la eficiencia e idoneidad de los mecanismos de participación ciudadana en el proceso de Evaluación de Impacto Ambiental detallado (EIA-d) del proyecto minero Conga. Se parte de la hipótesis de que el titular ha cumplido con el procedimiento de participación ciudadana, con lo cual se esperaría que la población tenía todas sus dudas y cuestionamientos absueltos, pues debieron ser atendidos y recogidos en su oportunidad, siendo ello así la minera generó sus propios espacios de diálogo( mecanismos no formales) con la población que se encuentra dentro del área de influencia de su proyecto (AID), pero necesitó ir más allá de las exigencias legales, puesto que los principales cuestionamientos se obtuvieron de la población ubicada fuera del área de influencia identificada (AII) y de actores urbanos, los cuales también corrían el riesgo de ser impactados por la actividad extractiva. Este tema resulta sumamente relevante ya que la participación constituye un derecho ciudadano que, ejecutado sistemática y responsablemente, permite prevenir la existencia de confrontaciones y la polarización de posiciones irreconciliables que terminan por justificar intereses de diversa índole detrás de aparentes argumentos ambientales, o bien puede resolver conflictos de manera satisfactoria para todas las partes en disputa. De este modo, la participación ciudadana posibilita una aproximación a la sustentabilidad ambiental de las acciones humanas en base al diálogo y a la transparencia. En este análisis se tiene en cuenta que es importante que los titulares mineros vayan entendiendo las ventajas que les está ofreciendo la implementación de una combinación de mecanismos de participación ciudadana más allá de los estrictamente obligatorios. Se concluye que los procesos de participación ciudadana deben ser fortalecidos para que sean verdaderos canales formales que promuevan el diálogo entre las partes, de manera tal que se logre recuperar la confianza de la población en las decisiones públicas.Ítem Texto completo enlazado Relaciones no formales en el cumplimiento de la función de representación de congresistas de la región Junín durante el periodo 2011-2014.(Pontificia Universidad Católica del Perú, 2015-06-19) Combina Salvatierra, César; Crisóstomo Meza, Mercedes AmaliaLa Constitución Política del Perú de 1993 estableció que el Congreso de la Republica se conformaría por una sola cámara de 120 parlamentarios elegidos en distrito único nacional. Esta modalidad de elección estuvo vigente hasta diciembre del año 2000, sin embargo esta fue cambiada con la Ley N° 27387 que introduce la figura del distrito electoral múltiple con la cual, hasta la actualidad, cada región y las provincias de Lima y Callao eligen directamente a sus representantes en el parlamento nacional, permitiendo de esta forma que los representantes estuvieran más cercanos a los ciudadanos. Es así que desde las elecciones generales del 2001 se viene eligiendo a representantes bajo esta sistema de elección, sin embargo a pesar de la intención de generar un acercamiento de la ciudadanía hacia los representantes en el poder Legislativo, no existe una mejora considerable en la forma en que el Congreso de la Republica y sus congresistas son percibidos por los ciudadanos.