Tesis y Trabajos de Investigación PUCP
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Ítem Desconocido Eliminando fricciones en inclusión financiera: digitalizando las autorizaciones de pago(Pontificia Universidad Católica del Perú, 2023-03-01) Casimiro Canales, Tania Mirella; Moreno Sánchez, María Del Rosario SoledadExiste consenso acerca de los grandes beneficios que genera la inclusión financiera en un país, como reducción de la pobreza, mejora en la calidad de vida social y económica de los ciudadanos. El Perú no es ajeno a ello y ha incluido esto como un fin perseguido a través de políticas de Estado. Sin embargo, hasta fines del 2020, en el Perú solo 4.9 de cada 10 ciudadanos contaba con una cuenta bancaria (INEI, 2021). A su vez, vivimos una era en la que la tecnología ha revolucionado la forma de vivir del ser humano, puesto que las herramientas digitales han impactado en la provisión de productos y servicios a los ciudadanos. Un caso especial es el de los servicios financieros, donde la tecnología ha permitido que estos puedan ser brindados a través de plataformas digitales, como banca web y apps, permitiendo llegar a lugares que se encontraban excluidos financieramente. Sin embargo, un servicio en el que la tecnología aún no ha sido implementado en nuestro país es la forma en que se autorizan los consumos realizados con tarjetas de crédito de manera presencial, ya que sigue realizándose a través de vouchers con firma manuscrita, a pesar de que existen medios totalmente electrónicos de hacerlo. En el presente trabajo de investigación analizamos a qué se debe tal fenómeno en el Perú, para lo cual analizamos principalmente la regulación vigente emitida por la SBS y la jurisprudencia existente creada por Indecopi a fin de determinar la fuente de tal restricción. Solo luego de conocer tal fuente, será posible realizar propuestas de mejora, a efectos de dejar de usar vouchers físicos firmados y reemplazarlos por autorizaciones de pago realizadas electrónicamente, que permitan aprovechar la tecnología para lograr un mayor nivel de seguridad, eficiencia y simplicidad, contribuyendo a la inclusión financiera.Ítem Desconocido Informe Jurídico sobre Resolución 1618-2017-OS/DSHL de fecha 02 de octubre de 2017, procedimiento administrativo sancionador iniciado por Osinergmin contra la empresa Frontera Energy del Perú S.A.(Pontificia Universidad Católica del Perú, 2023-02-23) Perez Montes, Ariana Sthefanny; Sánchez Povis, Lucio AndrésEl presente informe jurídico tiene como propósito analizar los fundamentos jurídicos utilizados por Osinergmin en el procedimiento administrativo sancionador iniciado contra la empresa Frontera Energy del Perú S.A. (en adelante, Frontera), a través del expediente 201600140515. En ese sentido, se tiene como objetivo determinar si el órgano sancionador vulneró el Principio de Causalidad cuando decidió sancionar a la empresa operadora por no cumplir con la obligación de retirar instalaciones inactivas que se encontraban en el Lote 192. La particularidad del caso radica en que la instalación inactiva objeto de imputación ya se encontraba en ese lugar desde antes del inicio de las actividades de la empresa operadora. Asimismo, se pretende demostrar que la instalación inactiva imputada es pasible de ser subsumida dentro del concepto jurídico de pasivos ambientales; por lo tanto, la determinación de responsabilidad respecto de la instalación inactiva debe regirse por las normas jurídicas contenidas en la Ley N° 29134, Ley que Regula los Pasivos Ambientales en el Subsector Hidrocarburos (en adelante, LPAH). Finalmente, se analiza si el órgano sancionador tiene la facultad de calificar la naturaleza jurídica de un recurso impugnativo; dado que, en el presente caso el órgano sancionador decide calificar el recurso de apelación presentado por la empresa operadora como si fuera un recurso de reconsideración. De modo que, de conformidad con el marco jurídico vigente se evidenciará las razones por las cuales no es posible que el órgano sancionador realice la recalificación del recurso impugnativo presentado por la empresa operadoraÍtem Texto completo enlazado Informe sobre Resolución Final N° 1255-2004-CPC. Retomando el caso UNITED DISCO S.A.: Un análisis crítico sobre el Expediente 1356-2004/CPC bajo las luces del Derecho Administrativo(Pontificia Universidad Católica del Perú, 2023-02-22) Caycho Cáceres, Luz Andrea; Ledesma Orbegozo, Wendy RocíoEste Expediente está referido al procedimiento de oficio iniciado por el Instituto de Defensa de la Competencia y de la Propiedad Intelectual – INDECOPI contra UNITED DISCO S.A., por una práctica discriminatoria que fue detectada en su establecimiento comercial, la Discoteca Aura. Como primer problema jurídico analizado en este caso se evalúan los alcances de la discrecionalidad del INDECOPI para la realización de las acciones de fiscalización. Como segundo problema jurídico, se evalúan los alcances de la materialización del derecho al debido procedimiento y cómo podría haberse visto afectado en el procedimiento. En este sentido, con respecto al primer punto se concluirá que la realización de inspecciones con la colaboración de organizaciones civiles (la Coordinadora Nacional de Derechos Humanos y el Instituto de Defensa Legal) fue ilícita, pero que la diligencia encubierta sí se encontraba en arreglo al margen de discrecionalidad de la Administración. Por su parte, con respecto al segundo punto, se concluirá en que el derecho al debido procedimiento se habría afectado debido a que el Tribunal omitió brindar respuesta a un pedido del administrado presentado en su recurso de apelación, y a que tanto la Comisión como el Tribunal graduaron inadecuadamente la sanción. Para estos efectos, se considerarán tanto doctrina y jurisprudencia vinculadas como los instrumentos legislativos vigentes al momento de ocurridos los hechos. Nos referimos principalmente a la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General y al Decreto Legislativo N° 807, Decreto que establece las Facultades, normas y organización del INDECOPI.Ítem Desconocido informe sobre expediente de relevancia jurídica N° 002-2009/CLC, denuncia contra el sindicato de estibadores del Puerto de Salaverry y otros por la comisión de prácticas colusorias horizontales(Pontificia Universidad Católica del Perú, 2023-02-17) Vasquez Izurieta, Luis Felipe; Bardales Mendoza, Enrique RosendoEl presente trabajo tiene como finalidad analizar la Resolución Nro. 0479-2014/SDCINDECOPI contenida en el Expediente Nro. 002-2009-CLC, emitida por el Tribunal de Defensa de la Competencia y de la Propiedad Intelectual -Sala Especializada en Defensa de la Competencia- del Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual (en adelante INDECOPI), mediante la cual se establece que, a efectos de la aplicación del artículo 3 de la Ley de Represión de Conductas Anticompetitivas, deberá entenderse que la interpretación de la "norma legal" en la que se basa la exención del control antitrust debe ser restrictiva o literal, es decir, la norma debe autorizar (u obligar) claramente la conducta bajo análisis y no debe aplicarse extensivamente a otras conductas. Así, para el caso concreto, desde un análisis de las instituciones del Derecho de Trabajo, y en especial de las del Derecho Colectivo de Trabajo, y del Derecho de Libre Competencia se analizarán los siguientes tres aspectos relevantes de la Resolución emitida: i. Si la Ley de Represión de Conductas Anticompetitivas es aplicable o no a los sindicatos respecto al ámbito subjetivo regulado en este dispositivo legal. ii. Si la legislación laboral, en particular aquella aplicable a las actividades sindicales, establece una exención (expresa o implícita) a favor de dichas organizaciones en lo que respecta a la aplicación de la legislación de libre competencia (ámbito objetivo de la Ley de Represión de Conductas Anticompetitivas) iii. Si, de ser el caso, el actuar de los sindicatos denunciados en el procedimiento seguido resulta sancionable por la Ley de Represión de Conductas Anticompetitivas Del análisis de los puntos antes expuestos, se concluye, en primer lugar, que los sindicatos sí son agentes económicos, dado que son entidades de derecho privado y sin fines de lucro, cuyos integrantes (los trabajadores) realizan una actividad económica al ofrecer su fuerza de trabajo en el mercado, por lo que se encuentran dentro del ámbito subjetivo de 1 la norma en mención. En segundo lugar, respecto al ámbito objetivo del D.L 1034, compartimos el criterio de observancia obligatoria expuesto en la Resolución 0479- 2014/SD C-INDECOPI, en el sentido de que el criterio de exclusión debe orientarse a analizar si la conducta imputada como anticompetitiva es consecuencia de una autorización o permiso de la norma pertinente del sector (sin que ello represente una afectación a los principios que el derecho laboral / colectivo busca defender). Finalmente, consideramos que, a pesar de que las normas de competencia y las de relaciones laborales / colectivas buscan objetivos que podrían entenderse como contrapuestos, es posible una convivencia entre estas dos instituciones, siendo incluso que la aplicación de las normas de competencia puede llegar a ser beneficiosas en las relaciones laborales (con un énfasis especial en los trabajadores).Ítem Desconocido “¿DESCENTRALIZACIÓN DESCONCENTRADA?” Análisis de los factores que afectaron el proceso de desconcentración del Organismo Supervisor de la Inversión Privada en Telecomunicaciones – OSIPTEL (2007-2017)(Pontificia Universidad Católica del Perú, 2022-11-07) Zumaeta Giudichi, Karen Liliana; Aragón Trelles, JorgeEn el 2007, el Organismo Supervisor de Inversión Privada en Telecomunicaciones (OSIPTEL) impulsó un proceso de desconcentración de sus servicios de orientación y atención a usuarios de telecomunicaciones, supervisión al comportamiento de las empresas de los servicios de telecomunicaciones y resolución de los Recursos de Apelación de los Reclamos de usuarios y quejas en cada departamento. Veintitrés (23) Oficinas y nueve (09) Centros de Orientación fueron implementadas. Esta investigación se pregunta ¿cuáles fueron los factores o condiciones que afectaron el proceso de desconcentración del OSIPTEL? e identifica los aspectos que facilitaron y limitaron los cambios entre el 2007 y el 2017. La información ha sido recogida de documentos oficiales, informes y entrevistas semiestructuradas a actores que intervinieron en el proceso. Se concluye que los factores que afectaron positivamente el proceso son: el liderazgo y compromiso de sus líderes, el entorno político favorable, disponibilidad de recursos económicos (presupuesto asignado), el fortalecimiento de capacidades del personal y la gestión de la información. Los factores que limitaron el proceso fueron la resistencia al cambio, las dificultades de adaptación y la burocratización. El trabajo abre la oportunidad a nuevas investigaciones y permite comprender procesos de reformas de gestión institucional en el Perú.Ítem Texto completo enlazado Informe jurídico sobre la Resolución de Consejo Directivo N° 041-2004-CD/OSITRAN(Pontificia Universidad Católica del Perú, 2022-08-09) Villafranca Florián, Cristhina María; Mayorga Elías, Lenin WilliamEl presente informe aborda el procedimiento administrativo sancionador seguido por OSITRAN contra Ferrocarril Trasandino S.A, por la imposición de una penalidad contractual, en el marco de la ejecución del contrato de Concesión de la Administración de los Ferrocarriles Centro, Sur y Sur- Oriente. Los hechos inician cuando el operador de servicios de transporte ferroviario adquiere seis coches nuevos destinados al servicio de lujo Hiram Bingham, los cuales circulan en la vía férrea sin la autorización del Ministerio de Transportes y Comunicaciones. A partir de la Resolución de Consejo Directivo N° 041-2004-CD/OSITRAN, se analizan los límites de la colaboración público – privada y el alcance de la cláusula 7.5 del contrato de concesión, la cual impone al concesionario la obligación de supervisar que el operador de servicios de transporte ferroviario cumpla con las Leyes Aplicables. Así, se determina que el contrato de concesión no trasfiere la facultad de fiscalización al concesionario, por el contrario, impone la realización de la actividad material de verificación. Asimismo, se abarca el tratamiento jurídico de las penalidades contractuales bajo el marco de lo establecido en el contrato de concesión. A partir de ello, se evalúa el ejercicio de la potestad punitiva de OSITRAN para la imposición de penalidades contractuales mediante un procedimiento administrativo sancionador. De esta forma, se expone la desnaturalización de las cláusulas penales y del poder punitivo del Estado.Ítem Texto completo enlazado La interpretación del Contrato de Concesión del Aeropuerto Internacional Jorge Chávez en relación a la obligación de saneamiento de los predios necesarios para su ampliación(Pontificia Universidad Católica del Perú, 2022-08-09) Alarcón Ospina, Diego Claudio; Mayorga Elías, Lenin WilliamEl presente trabajo analiza al procedimiento de interpretación del numeral 2 del Anexo 11 del Contrato de Concesión del Aeropuerto Internacional Jorge Chávez seguido ante el OSITRAN entre los años 2005 y 2009 con la finalidad de aportar parámetros de interpretación que permitan solucionar este tipo de controversias de modo eficiente y jurídicamente correcto; y además el identificar los efectos nocivos de un actuar inconsistente e incongruente del OSITRAN en este tipo de procedimientos. Para esto se identifica a la regulación de los contratos de concesión y a la vinculada al proceso de interpretación, se aplican los métodos de interpretación pertinentes para la resolución de la controversia y se realiza un análisis crítico de las actuaciones procedimentales del regulador. Se incluye por tanto al estudio de la normativa de concesiones y Asociaciones Público Privadas, del Código Civil, de la normativa de Bienes Estatales, y de las reglas del procedimiento de interpretación tanto en la normativa sectorial como en la Ley del Procedimiento Administrativo General. El informe concluye que la interpretación de un contrato de concesión debe seguir una estructura jurídica en particular en relación a nuestra regulación actual de modo que no permita futuras discrepancias respecto al entendimiento de cierto contenido contractual, y además que el OSITRAN no actuó conforme a derecho en el presente expediente.Ítem Texto completo enlazado Aplicación de la fuerza mayor en los procedimientos administrativos del sector eléctrico(Pontificia Universidad Católica del Perú, 2022-08-08) Paitan Quispe, Bibiana Fabiola; Mendiola Flórez, David Enrique SerafínLa aplicación de la fuerza mayor para eximir de responsabilidad a los concesionarios que brindan un servicio público tiene una aplicación diferente a la dispuesto por el derecho civil, en tanto que la actividad económica a la que se dedican tienen un régimen especial. En el sector eléctrico, es OSINERGMIN quien califica un hecho como un evento de fuerza mayor, por lo que emitió Resolución OSINERG N° 010-2004-OS/CD, mediante la cual se dispone el procedimiento para solicitar la calificación de fuerza mayor. En ese contexto, se identificarán las diferencias que existen entre la aplicación de la fuerza mayor en el derecho administrativo y el derecho civil. Conforme se procederá a explicar, existe una mayor flexibilidad en la aplicación de la fuerza mayor en la vía administrativa. Por consiguiente, a través de un extenso análisis, se procederá de determinar la correcta aplicación de la fuerza mayor en el procedimiento administrativo, en base a la solicitud de calificación de fuerza mayor por un caso de hurto presentado por el concesionario EDECAÑETE.Ítem Texto completo enlazado Informe jurídico sobre la resolución N° 3840-2014/SPCINDECOPI(Pontificia Universidad Católica del Perú, 2022-03-25) Carhuapoma Morales, Gustavo; Solórzano Solórzano, Raúl RoyLa señora Álvarez al haber sido víctima de una negligencia médica por parte del personal de la Clínica Internacional S.A., interpuso un reclamo; no obstante, no recibió ninguna respuesta dentro del tiempo establecido por el Código de Protección y Defensa del Consumidor; por lo que interpuso denuncia en INDECOPI. De esta manera, la denuncia llegó hasta la Sala Especializada en Protección al Consumidor. El presente informe versa sobre el análisis de la Resolución N° 3840-2014/SPCINDECOPI, en cuyo pronunciamiento se analiza la idoneidad de los servicios de salud en materia de partos naturales. Seleccionamos dicha resolución, sobre todo por la relevancia y el impacto en los consumidores de estos temas y debido a que queremos profundizar el análisis de la idoneidad realizado por la Sala Especializada en Protección al Consumidor. Asimismo, en el presente informe se han evaluado los temas referidos a la parte procedimental, tales como la prueba en los procedimientos administrativos en materia de protección y defensa del consumidor, falta de respuesta a los reclamos y la imposición de medidas correctivas y sanciones. Finalmente, desde nuestra posición, consideramos que la Clínica Internacional S.A. faltó al deber de idoneidad en la prestación del servicio médico brindado a la señora Álvarez, ello teniendo en cuenta a las Guías Técnicas de Salud, avaladas por el MINSA (Ministerio de Salud) como garantías implícitas.Ítem Texto completo enlazado “Cuando un gran poder conlleva una gran responsabilidad”. Análisis del estado actual de la facultad de interpretar contratos de concesión del OSITRAN y los efectos del precedente vinculante recaído en la Resolución de Consejo Directivo N° 040-2019-CD-OSITRAN(Pontificia Universidad Católica del Perú, 2022-03-23) Castillo Chavez, Christian Daniel; Higa Silva, César AugustoEl presente trabajo pretende abordar la situación actual de la función interpretativa de los contratos de concesión del OSITRAN, ello teniendo en consideración lo establecido en el precedente de observancia obligatoria emitido por el ente regulador a través de la Resolución de Consejo Directivo N° 040-2019-CD que precisa entre otras cosas que el ejercicio de la mencionada función siempre será de oficio. En ese sentido, es posible advertir que el mencionado criterio produce potenciales escenarios de inseguridad jurídica, por lo que realizando un análisis de la referida facultad y su evolución a través de los últimos 15 años proponemos una serie de modificaciones que tiene por objetivo reforzar el marco jurídico de concesiones de infraestructura en el Perú
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