Tesis y Trabajos de Investigación PUCP
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Ítem Texto completo enlazado Informe Jurídico sobre la Resolución de la Primera Sala del Tribunal Registral de Lima N° 235-2021-SUNARP-TR(Pontificia Universidad Católica del Perú, 2023-08-14) Usco Rutti, Deyvid; Jiménez Murillo, Félix RobertoEn el presente informe jurídico se realiza un análisis crítico de los argumentos y la decisión adoptada por la Primera Sala del Tribunal Registral de Lima en la Resolución N° 235-2021- SUNARP-TR, de fecha 13 de mayo de 2021. En esta resolución, el Tribunal Registral resolvió el caso en concreto, realizando una interpretación extensiva del primer precedente de observancia obligatoria, aprobado en el Centésimo Noveno Pleno del Tribunal Registral, que se refiere a la cancelación del asiento registral donde consta inscrita el derecho de propiedad de un predio, y su posterior desinscripción, por renuncia al derecho de propiedad. Mediante el presente informe jurídico, el autor pretende cuestionar el criterio del Tribunal Registral en la mencionada resolución, en la medida que ratifica lo dispuesto en el precedente de observancia obligatorio antes referido, obviando considerar que dicho precedente resulta inexacto en su contenido. No solo ello, sino también, aplica erróneamente dicho precedente, generando incertidumbre e impredecibilidad en el sistema registral. En ese sentido, el autor analizará tres problemas jurídicos relevantes que se identificaron en dicha resolución, los cuales serán abordados en el presente informe desde una perspectiva crítica. El autor resalta la importancia de que el Tribunal Registral revise nuevamente el criterio admitido en el precedente de observancia obligatorio antes mencionado, limitándose a realizar una interpretación restringida de la renuncia al derecho de propiedad predial, en la medida de que no existe un marco normativo vigente en nuestro ordenamiento jurídico nacional que permita su desarrollo y viabilice su adecuado desenvolvimiento en el ámbito del derecho civil. Además, considera que el hecho de permitir la desinmatriculación de un predio en nuestro sistema contraviene nuestra normativa nacional vigente.Ítem Texto completo enlazado Informe jurídico de la Resolución No. 617-2020-SUNARP-TR-L(Pontificia Universidad Católica del Perú, 2023-08-03) Castañeda Aguirre, Flavio César; Aliaga Huaripata, Luis AlbertoEl presente informe tiene el propósito de analizar los criterios establecidos por el Tribunal Registral en la Resolución No. 617-2020-SUNARP-TR-L, en el cual se pronuncia, entre otros, respecto al procedimiento de inscripción de acuerdos de reducción de capital sin cumplir con el procedimiento establecido en el artículo 218 de la Ley General de Sociedades, así como el caso de la inscripción de acuerdos de aumento de capital frente a la exclusión de socios no asistentes a la junta respectiva. Asimismo, se analizará el tema de la exclusión de socios en una Sociedad Comercial de Responsabilidad Limitada, la cual, si bien no forma parte del análisis de la resolución materia del presente informe, sí fue un punto fundamental en la calificación del título que generó dicha resolución por parte del registrador público. Para ello, se analizarán las normas societarias y registrales relativas a la exclusión de socios, el procedimiento de reducción del capital social, y el procedimiento de aumento de capital social, utilizando los métodos de interpretación jurídica de dichas normas a efectos de poder responder, principalmente, a si es posible ejecutar un acuerdo de reducción de capital antes de vencido el plazo referido en el artículo 218 de la Ley General de Sociedades.Ítem Texto completo enlazado Informe Jurídico sobre la Resolución N° 277-2016- SUNARP-TR-T(Pontificia Universidad Católica del Perú, 2022-08-02) Saona Neyra, Juan Francisco De Las Mercedes; Avendaño Arana, Francisco JavierEl autor del presente informe jurídico realiza un análisis sobre las repercusiones de la caducidad de la inscripción de hipoteca que garantiza obligaciones eventuales futuras e incluso indeterminadas, otorgadas a favor de las empresas del Sistema Financiero nacional, que han sido materia de cesión de derechos a favor de una persona jurídica ajena a dicho sistema, y en cuánto influye en el cómputo del plazo de caducidad, todo ello en el contexto de la Resolución del Tribunal Registral N° 277-2016-SUNARP-TR-T, de fecha 24 de junio de 2016, por el que la Cuarta Sala del Tribunal Registral de Trujillo resolvió revocar la observación de la registradora pública y disponer la inscripción de la solicitud de renovación de las hipotecas que gravan 20 predios de propiedad de los deudores hipotecarios, argumentando que, de manera previa a resolver la rogatoria de renovación, era menester determinar si las hipotecas materia de análisis se encontrabas caducas o no, teniendo en cuenta que habían sido otorgadas a favor del Banco Wiesse, en los años 1994, 1995 y 1996, para luego ser cedidas a un tercero, la empresa Servicios, Cobranzas e Inversiones S.A.C., en el año 2007, tras lo cual concluyeron que dichas hipotecas no habían caducado, al contrario de lo sostenido por la registradora, sino que el cómputo de caducidad no podría abarcar el plazo en el que las hipotecas se encontraban protegidas por el artículo 172° de la Ley del Sistema Financiero, Ley N° 26702; por lo que, a partir de esta resolución, se abarcarán los problemas jurídicos advertidos por el autor: 1) Para renovar una hipoteca es necesario o no determinar previamente si ha caducado la misma; 2) Los efectos de la cesión de derechos en el plazo de caducidad que corre durante la titularidad del Banco como acreedor hipotecario; y, 3) La determinación del inicio del plazo de caducidad en hipotecas que garantizan obligaciones futuras, eventuales o indeterminadas.Ítem Texto completo enlazado La argumentación post inscripción registral(Pontificia Universidad Católica del Perú, 2021-11-30) Ríos Gil, Blas Humberto; Higa Silva, César AugustoLa presente tesis es una investigación descriptiva y sigue la línea de investigación de la argumentación jurídica propuesta por la maestría en Política Jurisdiccional de la PUCP. Tiene como principal objetivo estudiar un aspecto poco conocido de la argumentación jurídica que realizan los registradores públicos de la Zona Registral N° IV Sede Iquitos de Superintendencia Nacional de los Registros Públicos cuando sus inscripciones son cuestionadas en la vía administrativa y judicial, tanto en materia civil y penal y en este último punto teniendo en cuenta las investigaciones que se hacen también solo a nivel del Ministerio Público. A lo largo de la tesis demostraremos la existencia de una argumentación jurídica registral diferente a la argumentación judicial y legislativa. Hemos establecido que esta argumentación tiene características propias en cuanto a la finalidad de la argumentación y que a su vez la argumentación post inscripción registral también lo tiene en relación a ésta última en la medida que es una argumentación que se realiza fuera del procedimiento y registral y que engloba solo un aspecto de toda la argumentación que realiza el registrador en la fase de la calificación de los títulos. Arribaremos a la conclusión que la argumentación post inscripción registral es una variante de la argumentación jurídica ya que se hace al margen del procedimiento y porque tiene como finalidad la defensa de inscripción y teniendo como trasfondo salvar de cualquier responsabilidad funcional del registrador.Ítem Texto completo enlazado La plena subjetividad de la sociedad irregular(Pontificia Universidad Católica del Perú, 2021-05-05) Chávez Cáceres, Leslie Graciel; Gonzales Loli, Jorge LuisEl registro acoge la actuación de las sociedades irregulares a través del artículo 164° del Reglamento de Registro de Sociedades, como una excepción al principio de tracto sucesivo en su sentido lato. Sin perjuicio de ello, existen otros casos en los que estas ven la necesidad de participar a en el Registro, como es el caso de la inscripción de la transferencia de propiedad sobre bienes inmuebles. Ello, pone en manifiesto la necesidad de permitir una mayor participación de las mismas en sede registral, de modo que ello converja con el tratamiento que el ordenamiento jurídico en conjunto les otorga.Ítem Texto completo enlazado Resolución No. 1928-2011-SUNARP-TR-L(Pontificia Universidad Católica del Perú, 2021-02-24) Salazar Ruiz de Castilla, Mariajosé; Salazar Gallegos, Maximiliano EduardoLa presente investigación tiene como objetivo analizar la Resolución No. 1928-2011-SUNARP-TR-L, en la cual el Tribunal Registral resolvió inscribir la extinción de una sucursal de sociedad constituida en el extranjero sin cumplir previamente con los requisitos establecidos en la Ley General de Sociedades, bajo el argumento que la sociedad extranjera que la constituyo ya se encontraba extinguida. El Tribunal Registral indicó que el supuesto de hecho planteado en el caso que fue materia de la resolución no se encontraba regulado y por tanto, en aplicación de los principios generales del derecho, resultaba admisible la solicitud de inscripción de extinción de la sucursal ya que era imposible que se puedan cumplir los requisitos establecidos en la Ley General de Sociedad. Al respecto, consideramos que el análisis que realizamos en el presente informe es de importante relevancia jurídica dado que abarca distintos aspectos del derecho tales como la teoría general del derecho, el derecho registral y derecho mercantil. A partir del análisis antes indicado concluimos que el Tribunal Registral equivocadamente ha resuelto confundiendo conceptos jurídicos y a su vez excediendo los límites que son impuestos para la calificación registral a partir de los principios registrales y las normas correspondientes.Ítem Texto completo enlazado Crítica a la Resolución N° 454-2014-SUNARP-TR-L: la indebida aplicación del precedente de observancia obligatoria de calificación de documentos administrativos al momento de la calificación registral de una aprobación del proyecto de una habilitación urbana de un predio que involucre la faja marginal de un río(Pontificia Universidad Católica del Perú, 2017-05-10) Zorrilla Garay, Julio César; López Novoa, NathalieEl presente artículo o trabajo académico consistió en exponer las razones por las cuales el segundo precedente de observancia obligatoria aprobado en el Nonagésimo Tercer Pleno Registral, publicado en el diario oficial El Peruano el 16 de agosto de 2012, que establece la calificación registral restringida de los documentos administrativos que pretenden inscribirse en Registros Públicos, no debió aplicarse al momento de realizar la calificación registral de la aprobación del proyecto de habilitación Urbana Nueva como Lote Único en el distrito de San Juan de Lurigancho de un predio que involucraba o se sobreponía a la faja marginal del río Rímac, y por ende, no debió inscribirse en la partida registral correspondiente a dicho predio, debido a que existía un bien de dominio público hidráulico tutelado por la Constitución, la Ley de Recursos Hídricos y el Reglamento de la referida Ley, como es la referida faja marginal, que hacía imperioso que ésta tenga una mayor protección en vez de que se privilegie un interés privado que podría acarrear consecuencias que afecten a la faja marginal, y finalmente, la seguridad y el bienestar de la sociedadÍtem Texto completo enlazado Bienes futuros sujetos al régimen de independización y copropiedad: naturaleza jurídica, existencia del bien, compraventa e hipoteca de acuerdo a los productos y procedimientos bancarios que lideran el mercado inmobiliario y su inscripción registral. Principales contradicciones y sus efectos(Pontificia Universidad Católica del Perú, 2017-05-10) Vilchez Solórzano, Judith Maricruz; López Novoa, NathalieEn el actual escenario económico y legal de nuestro país, la venta de unidades inmobiliarias en proyecto es una de las principales modalidades de adquisición de inmuebles, ya sea como viviendas, departamentos, oficinas, centros comerciales, entre otros. No obstante, a nivel registral se ha establecido una marcada diferencia en la venta de unidades inmobiliarias en proyecto, según éstas se encuentren sujetas al régimen de propiedad exclusiva y propiedad común, o al régimen de independización y copropiedad. Esta distinción ha determinado que las unidades inmobiliarias en proyecto puedan ser considerados como bienes presentes y/o futuros, determinando el producto y procedimiento bancario para su adquisición y gravamen, así como la oportunidad de la inscripción de dichos actos en el registroÍtem Texto completo enlazado Los alcances de la calificación de documentos administrativos: a propósito de una solicitud de independización de predio rústico(Pontificia Universidad Católica del Perú, 2017-05-10) Sánchez Rodríguez, Perla Lucía; Mendoza del Maestro, GilbertoLa calificación de los títulos que acceden al registro se encuentra regulada en el artículo 2011° del Código Civil, en el Reglamento General de los Registros Públicos (en adelante RGRP) y en el Reglamento de Inscripciones del Registro de Predios (en adelante, “RIRP”). Si bien ninguna de estas normas cuenta actualmente con un artículo referido a la calificación especial de documentos administrativos, en el XCIII Pleno se aprobó un Precedente de Observancia Obligatoria por medio del cual se detalló el tipo de calificación que los Registradores debían aplicar en estos casos. En el presente artículo, desarrollaremos la aplicación de la calificación de documentos administrativos a propósito de la Resolución N° 278-2016-SUNARP-TR-L referida a la solicitud de inscripción de una Independización de Predio Rústico que resulta observada puesto que el Registrador encuentra mediante Informe de Catastro que el predio materia de independización se encuentra cerca a zona de playa y dentro de un Área de Conservación Regional. Finalmente, podremos determinar si la calificación aplicada por el registrador y el Tribunal Registral fue la acertada o si no correspondía presentar observaciones al títuloÍtem Texto completo enlazado La inmatriculación de predios rurales en el Perú(Pontificia Universidad Católica del Perú, 2017-05-10) Salazar Tarazona, Anaí Margie; Salazar Gallegos, MaximilianoEl tema de investigación se encuentra circunscrito principalmente a dilucidar los principales aspectos del procedimiento de inmatriculación de predios en nuestro sistema registral y específicamente se centra en el análisis de la primera inscripción de inmuebles rurales en el Registro de Predios. La inmatriculación constituye el inicio del historial jurídico de un inmueble, el ingreso de una finca en el registro o el inicio de la vida e historia registral de las titularidades jurídicas referidas a un predio, por ende, contribuye de forma extraordinaria a publicitar titularidades jurídicas existentes y hacerlas oponibles a terceros de conformidad con la vocación del acto, a fin de su incorporación en el tráfico y el mercado de bienes inmuebles, lo que a su vez atrae múltiples posibilidades de comercialización y/o explotación económica. Asimismo, la inmatriculación permite identificar y modificar un bien, de modo que este sea definido bajo los estándares del registro y pueda ser saneado física y legalmente, lo que atiende a una necesidad de nuestra realidad social, la misma que se encuentra compuesta por predios urbanos y rurales que se encuentran fuera del Registro y que requieren del análisis y desarrollo de un procedimiento vital para el acceso al sistema registral con el fin de otorgar a los ciudadanos de un título de propiedad que permita: (i) la defensa del inmueble, (ii) la inversión y (iii) explotación económica sobre el mismo, entre otras