La plena subjetividad de la sociedad irregular

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Fecha

2021-05-05

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Pontificia Universidad Católica del Perú

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Resumen

El registro acoge la actuación de las sociedades irregulares a través del artículo 164° del Reglamento de Registro de Sociedades, como una excepción al principio de tracto sucesivo en su sentido lato. Sin perjuicio de ello, existen otros casos en los que estas ven la necesidad de participar a en el Registro, como es el caso de la inscripción de la transferencia de propiedad sobre bienes inmuebles. Ello, pone en manifiesto la necesidad de permitir una mayor participación de las mismas en sede registral, de modo que ello converja con el tratamiento que el ordenamiento jurídico en conjunto les otorga.

Descripción

Palabras clave

Sociedades--Legislación--Perú, Registro de la propiedad, Derecho registral

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