Tesis y Trabajos de Investigación PUCP
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Ítem Texto completo enlazado Informe jurídico respecto de Casación 4651-2018(Pontificia Universidad Católica del Perú, 2024-05-07) López Cieza, Barbara Stephanie; Limay Chávez, RaquelEn el presente informe se analiza el proceso civil referente a la Casación 4651- 2018, en específico sobre si se han demostrado los elementos concurrentes para que se declare fundada la nulidad de cosa juzgada fraudulenta. Asimismo, se cuestionará la decisión del órgano superior en el proceso materia de análisis en la nulidad de cosa juzgada fraudulenta, abordando la figura de la prejudicialidad. Por último, se analiza la motivación de la sentencia de vista del proceso de nulidad de cosa juzgada fraudulenta, con la finalidad de advertir una motivación defectuosa en los argumentos del ad quem.Ítem Texto completo enlazado Informe jurídico sobre la Sentencia Nº 37-2012-PA/TC emitida por el Tribunal Constitucional(Pontificia Universidad Católica del Perú, 2022-08-11) Loyaga Cerna, Olenka Cristina; Grández Castro, Pedro PaulinoEl presente caso se trata de una demanda de amparo contra resolución judicial, específicamente, una resolución emitida por nuestra Corte Suprema en el ejercicio de sus competencias. A partir de la Sentencia surgen varias discusiones en torno a la procedencia de la demanda de amparo, el conflicto de competencias entre el Tribunal Constitucional y la Corte Suprema, el rol del Tribunal Constitucional en el control de constitucionalidad, la participación de la parte vencedora en el proceso ordinario. Adicionalmente, se suman las diversas críticas que ha realizado un sector de la doctrina sobre el amparo contra resolución judicial que generan cuestionamientos sobre ciertos aspectos que caracterizan a este proceso. Debido a ello, este trabajo propone analizar y responder, con base a fuentes normativas y doctrinarias, a la problemática sobre el conflicto de competencias que surge cuando el Tribunal Constitucional revisa el fondo de una resolución judicial emitida por un órgano jurisdiccional en el ejercicio de sus competencias, así como reflexionar sobre el límite al control constitucional de una resolución judicial, a fin de destacar la importancia de dicha actividad en salvaguardia de los derechos fundamentales y la vigencia del Estado Constitucional de Derecho. Por otro lado, se analizará la posición de la parte que obtuvo una pronunciamiento a su favor en sede ordinaria, pero debido al amparo interpuesto, verá posiblemente afectado su derecho a la cosa juzgada y la ejecutabilidad de las resoluciones judiciales. A partir de ello, propondremos algunas disposiciones cuyo propósito será proporcionar de mayor protagonista.Ítem Texto completo enlazado Informe Jurídico sobre la Resolución S/N que contiene la Sentencia de Casación recaída bajo el Expediente N° 01430-2016-0-5001-SU-CI-01(Pontificia Universidad Católica del Perú, 2022-08-01) Grau Castillo, Arturo Saúl; Delgado Suárez, Christian AlexEl presente informe jurídico tiene por objetivo ofrecer un análisis sobre la Sentencia de Casación recaída bajo el Expediente N° 01430-2016-0-5001-SU-CI-01, la cual versa sobre el recurso de casación interpuesto por los demandados José del Carmen Rodríguez Rosas y Doris Victoria Sánchez Rosales contra la sentencia de segundo grado que confirmó el extremo referente a la declaración de nulidad del contrato de fecha 16 de marzo de 2007 y, basándose en la adhesión de los demandantes, revocó los dos extremos respecto a los contratos fecha 03 de abril y el de fecha de fecha 09 de mayo del 2007, declarando la nulidad también de estos. En ese sentido, el problema principal a resolver mediante este informe es acercarnos a los límites objetivos de la figura denominada como adhesión a la apelación y analizar si es que los demandantes a través de su adhesión interpuesta podían recurrir extremos que no habían sido apelados. Resultando ser que de este problema principal surgen problemas secundarios, los cuales buscan analizar si de lo resuelto en esta sentencia de casación se vulnera principios y derechos procesales. De forma sucinta, las conclusiones a las que se llega- mediante una metodología basada en el análisis de las posiciones doctrinales, a través de la dogmática y casuística aplicable- es que la adhesión a la apelación no es una mera absolución de agravios y, en tanto, los demandantes sí podían adherirse sobre extremos no apelados; sin embargo, que esta institución vulnera los derechos de la cosa juzgada y preclusión, atenta contra la igualdad procesal y contra el principio de buena fe procesal.Ítem Texto completo enlazado La cosa juzgada y sus problemas conceptuales respecto a su “inmutabilidad”: una aproximación al estudio de un sistema de estabilidades procesales(Pontificia Universidad Católica del Perú, 2022-05-04) Pareja Mujica, Christian Bayardo; Cavani Brain, Renzo IvoLa institución de la cosa juzgada desde sus estudios iniciales demuestra ser muy compleja y amplia, pasando por el análisis de grandes autores que dedicaron importantes aportes sobre ella hasta su aplicación en nuestro sistema peruano. El presente trabajo buscará demostrar, desde una mirada teórico-procesal, el estudio y el análisis de la cosa juzgada, y su aplicación en el sistema peruano. Asimismo, se cuestionará la característica de “inmutabilidad” de la cosa juzgada, mostrando diversos mecanismos procesales que demostrarían la posibilidad de revisar una resolución con autoridad de cosa juzgada en el proceso judicial. En relación a esto último, habiendo establecido los principales problemas conceptuales que trae dicha institución, analizaremos la necesidad de estudiar a la seguridad jurídica de una forma diferente a la tradicionalmente aplicada. Centraremos la atención en comprenderla desde un enfoque dinámico dentro del proceso y por lo tanto expuesto a cambios, que estarán sujetos a la realidad de nuestro sistema jurídico. Finalmente, a partir de la tesis del profesor Antonio do Passo Cabral, postularemos la importancia de dejar de lado la característica de “inmutabilidad” de la cosa juzgada y proponer un sistema de estabilidades presente en cada proceso, lo que nos llevará a una solución frente a los problemas conceptuales que atraviesa la institución de la cosa juzgada.Ítem Texto completo enlazado La cosa Juzgada en el amparo colectivo(Pontificia Universidad Católica del Perú, 2017-10-02) Lijarza Briceño, Gladys Carolina Elizabeth; Cavani Brain, Renzo IvoLas instituciones procesales fueron pensadas para la tutela de derechos individuales; sin embargo, con la nueva preocupación por los derechos supraindividuales, las instituciones procesales deben ser repensadas y analizadas. En efecto, la tutela de los derechos difusos tienen una lógica distinta debido a que el objeto de tutela es indivisible y afecta a un número indeterminado de titulares; es decir, la satisfacción a uno implica satisfacción de todos los sujetos que son miembros del grupo. La protección de los derechos supraindividuales trae nuevos desafíos, porque debe determinarse desde quién tendrá legitimidad para obrar hasta a quiénes alcanzará la autoridad de la cosa juzgada, pasando por la adecuada representación ¿Por qué? No todos los sujetos a quienes se afectó su derecho estarán presentes en el proceso; por ello, el hecho de velar correctamente por los ausentes es fundamental para que el proceso colectivo brinde una tutela efectiva. En el ordenamiento jurídico peruano es deficiente la regulación de los procesos colectivos. Se ha analizado solo una arista de los problemas, la legitimidad para obrar, y, de manera excepcional, en materia laboral se reguló los efectos de la sentencia cuando se declara fundada la pretensión. Ello no es suficiente: se omite la litispendencia, prejudicialidad, efectos de la sentencia si es rechazado el pedido, etc. Se analiza a modo general la importancia de la institución procesal de la cosa juzgada en el proceso colectivo, cómo tutela el ordenamiento jurídico peruano los derechos supraindividuales en los procesos constitucionales, específicamente en el amparo. La creación de normas no asegura necesariamente una tutela de los derechos, por ello, se indaga sobre la figura procesal del “estado de cosas inconstitucional” ¿protege los derechos supraindividuales? Con lo cual se concluye que el Código Procesal Constitucional no regula el alcance de la cosa juzgada cuando tutela los derechos difusos, no es suficiente solo establecer quiénes tendrán legitimidad para obrar para interponer una demanda colectiva.Ítem Texto completo enlazado Cosa juzgada constitucional vs cosa juzgada judicial(Pontificia Universidad Católica del Perú, 2012-11-12) Malpartida Castillo, Víctor; Hernando Nieto, Eduardo EmilioEl presente trabajo tiene como aspecto central, la relación existente en nuestro país, entre el Tribunal Constitucional y el Poder Judicial, y, dentro de ésta relación, lo concerniente a la posición del primero en referencia con la denominada “cosa juzgada constitucional” y cómo incide éste concepto en la independencia del Poder Judicial, la forma en que se regula y se aplica el instituto del precedente constitucional vinculante, y, finalmente, la supuesta posición jerárquicamente subordinada del Poder Judicial frente al Tribunal Constitucional. No obstante lo expuesto, era necesario articular un contexto, un conjunto de aspectos previos, necesarios para finalmente observar y analizar lo que en la actualidad sucede entre el Tribunal Constitucional y el Poder Judicial, a través del acontecer de la sentencia 006-2006-PC/TC. Dichos aspectos previos considerados en el derecho y política comparada - como determinar históricamente la aparición del principio de la división de poderes, la función que cumple el Poder Judicial, el origen de la justicia constitucional, la aparición de un distinto poder constituido como el Tribunal Constitucional y cómo afecta esta aparición en la histórica tripartita existencia de poderes(ejecutivo, legislativo y judicial), y, asimismo, preguntarnos sobre si existe una distinta función de los jueces si estamos ante un Estado Legal o Estado Constitucional del Derecho – eran necesarios para desprender de su tratamiento una idea de si en otras realidades había sucedido o sucedía algo parecido con lo que acaecía en nuestro país. Asimismo, resultaba también necesario contextualizar sobre bases históricas y jurídicas referidas a nuestro país, lo que finalmente desembocaba en la sentencia antes dicha, es decir, la determinación de los términos de la relación en nuestro país del Tribunal Constitucional y el Poder Judicial como poderes constituidos. Asimismo, si el modelo de jurisdicción constitucional establecido en la Constitución peruana era la fuente de los conflictos o si, muy distintamente, el origen de las fricciones entre ambos poderes constituidos era una actitud invasiva del Tribunal.