Tesis y Trabajos de Investigación PUCP
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Ítem Texto completo enlazado Informe jurídico del Recurso de Nulidad N° 2349-2014: actuación del poder judicial peruano ante la trata de personas(Pontificia Universidad Católica del Perú, 2024-08-13) Muriel Hinostroza, Catherine Alexandra; Valcárcel Angulo, Mariella LenkizaEl Estado peruano reconoce la gravedad y la problemática que representa el delito de trata de personas. Siendo el fin supremo y último del Estado, la defensa de la persona humana y de su dignidad1. No obstante, la Corte Suprema de Justicia de la República en Recurso de Nulidad N° 2349-2014 decide, contradictoriamente a los medios de prueba aceptados, absolver a la persona denunciada. Cabe detallar que el Recurso de Nulidad N° 2349-2014 versa sobre la captación, traslado, retención y posterior explotación laboral que realizó la señora Elsa Cjuno Huillca en agravio de la niña de iniciales D.R.Q.R. durante el 02 de enero de 2008 al 27 de enero de 2008. Esto, con la finalidad de que la citada se desempeñe como dama de compañía en el bar de su propiedad. Dicha situación conlleva a cuestionarse si la decisión de los jueces supremos responde al marco jurídico establecido por el Estado peruano en la lucha contra la trata de personas. Así mismo, en concordancia con el principio de “buen gobierno”, entendido como el adecuado y responsable ejercicio del poder y del cumplimiento de función estatal, garantizando la realización de los derechos humanos y la protección del interés general2, corresponde cuestionar la actuación judicial.Ítem Texto completo enlazado La Entrevista Única en Cámara Gesell y el Derecho Fundamental a Probar(Pontificia Universidad Católica del Perú, 2023-01-09) Tito Apaza, William Antony; Díaz Castillo, Ingrid RominaLa entrevista única es un método adoptado por el ordenamiento procesal peruano destinado a recibir el testimonio de menores de edad víctimas de delitos sexuales con el apoyo de un psicólogo y en un ambiente denominado cámara Gesell, para evitar la revictimización y declaraciones reiterativas, sin embargo ha estado sujeto a cuestionamientos a partir de alegaciones de vulneración del derecho de defensa respecto a su principio de contradicción. Por ello este trabajo de investigación buscó ofrecer una perspectiva de los aportes que la entrevista única brinda a la conservación del medio de prueba mediante la participación del psicólogo con sus protocolos de entrevista forense y al respeto de la actuación del medio de prueba a través del trámite de prueba anticipada con participación de Juez de Investigación Preparatoria para garantizar el contradictorio y el interés superior del niño. En consecuencia, para este artículo, se utilizó una metodología propia de la investigación jurídica dogmática, la cual incluye la revisión y análisis de normativa, jurisprudencia, doctrina y artículos científicos, se tuvo como objetivo general establecer que la entrevista única en Cámara Gesell puede armonizar las manifestaciones del derecho fundamental a probar y el interés superior del niño en los menores de edad víctimas de delitos sexuales.Ítem Texto completo enlazado La protección penal de los infantes y adolescentes frente a los delitos de pornografía infantil en el código penal peruano y aspectos sustantivos principales(Pontificia Universidad Católica del Perú, 2015-02-19) Ticlla Paredes, Patricia del Carmen; Montoya Vivanco, Yván FidelEn este estudio queremos proponer una interpretación desde un enfoque penal y constitucional para analizar el fenómeno de la explotación sexual infantil, en particular la pornografía infantil, comprendiendo ante todo que los hechos se gestan cuando los explotadores sexuales ejercen su poder y se aprovechan de la fragilidad y la vulnerabilidad de los infantes y adolescentes para someterlos como objetos sexuales con o sin su «consentimiento» a cambio de prestaciones dinerarias como de beneficios no económicos para satisfacer la demanda sexual de los adultos en el mercado del sexo. Este es el punto de encuentro entre la demanda de los consumidores y la organización de la oferta de los explotadores sexuales, donde «todo se compra y todo se vende», especialmente el material pornográfico infantil. Observamos que si bien con la demanda se tiene el material pornográfico infantil, esta demanda de pornografía infantil también implica que se promueva la demanda del servicio sexual de los infantes y los adolescentes en contextos de explotación. En efecto, los individuos también podrían incurrir en otras conductas delictivas de explotación sexual que prohíbe la Ley 28251 del 8 de junio de 2004. Entre ellas se encuentran el favorecimiento a la prostitución (artículo 179 Código Penal, forma agravada), la modalidad usuario-cliente (artículo 179A del Código Penal), el rufianismo (artículo 180 del Código Penal, segundo párrafo forma agravada), el proxenetismo (artículo 181 del Código Penal, segundo párrafo forma agravada), el turismo sexual infantil (artículo 181A del Código Penal), la trata de personas (artículo 182 del Código Penal, segundo párrafo forma agravada) y los delitos de pornografía infantil (artículo 183-A del Código Penal). Estos últimos tipos son materia de nuestro estudio, y examinaremos su legitimidad bajo los principios de legalidad y de proporcionalidad, así como bajo la jurisprudencia del Tribunal Constitucional peruano y la doctrina penal. En estrecha relación con lo explicado, también evaluaremos la legitimidad del tipo de posesión de pornografía infantil, en especial la posesión para el propio consumo y el orientado al tráfico de pornografía infantil, para investigar su compatibilidad con el principio de proporcionalidad. En definitiva, nuestro estudio lo abordaremos en tres capítulos.