Tesis y Trabajos de Investigación PUCP
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Ítem Texto completo enlazado ¿Deberán pagar justos por pecadores? : el tercero de buena fe como límite a la extinción de dominio(Pontificia Universidad Católica del Perú, 2022-03-24) Zare Velásquez, Daniela Isabel Jose; Sánchez Málaga Carrillo, ArmandoLa Extinción de Dominio ha surgido como una gran herramienta de política criminal para prevenir y luchar contra la corrupción y la criminalidad organizada, excluyendo del sistema legal todos los activos de procedencia o destinación ilícita, para evitar, precisamente, que estos sean introducidos al comercio nacional. No obstante, siendo este un instituto reciente en el ordenamiento peruano, la norma actual aún no ha sido capaz de abordar adecuadamente los aspectos más importantes, como, por ejemplo, la situación de los terceros de buena fe (problema de interpretación de la norma). Comenzando con que se requiere por Ley que la buena fe esté debidamente acreditada, pero sin explicar qué implica esto, ni qué posibilidad hay de afectaciones a los derechos de los terceros que creen haber actuado bajo un nivel de probidad o debida diligencia. El propósito de este artículo es justamente ello, plantear en principio qué se debe entender como tercero de buena fe, y con ello determinar qué zonas grises se mantienen en la norma peruana actual. De esa forma llegar a propuestas válidas y efectivas para un instituto en ascenso que, aplicándolo bien, conseguiría alcanzar sus propósitos. En ese sentido, recurriendo a la experiencia colombiana, determinar qué es lo que requiere nuestra propia norma de extinción de dominio para que, en el tema de los terceros de buena fe, se tenga muy bien regulados los supuestos y no se deriven situaciones que perjudiquen a inocentes.Ítem Texto completo enlazado Con un gran poder, llega una gran responsabilidad: la aplicación del proceso de Extinción de Dominio a grandes casos de corrupción y crimen organizado. A propósito de la Casación N° 1408-2017-PUNO(Pontificia Universidad Católica del Perú, 2021-08-17) Zare Velásquez, Daniela Isabel Jose; Sánchez-Málaga Carrillo, ArmandoEl Derecho va cambiando según las necesidades que deba afrontar la sociedad, y con ello, van surgiendo nuevos tipos penales, otros van actualizándose, e incluso se crean nuevas formas de combatir el delito a través de procesos especiales. Siendo esto así, debemos ir a la par de estas actualizaciones, analizando y cuestionando lo nuevo que nos trae el Derecho. Es por eso que, el objetivo de este trabajo es, sobretodo, despejar las dudas más recurrentes que existen sobre un proceso creado para combatir “bienes” que contribuyen a la corrupción, que el Derecho Penal y Procesal Penal recién están conociendo, y que cobra protagonismo en la Casación N° 1408-2017-PUNO: el proceso de extinción de dominio aplicado a procesos de naturaleza compleja como de lavado de activos cuyo delito previo -en el caso- reside en la minería ilegal. Después de todo, sin el conocimiento pleno de sus alcances y propósitos, existirá la posibilidad de que se emitan sentencias que contravengan derechos fundamentales o que supongan una situación de impunidad. Es por este motivo que se realizará un análisis con respecto al proceso de extinción de dominio, para entender cuál es su objeto de aplicación (sobre todo en los casos de minería ilegal y lavado de activos), sus limitaciones, y cómo es su tratamiento respecto de los terceros de buena fe, para después compararlo con los modelos instaurados en Colombia y México, determinando cuáles son sus aciertos y desaciertos, y, en ese sentido, presentar recomendaciones para un proceso que considero no se le ha otorgado la importancia debida en la lucha contra la corrupción.