Tesis y Trabajos de Investigación PUCP
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Ítem Texto completo enlazado ¿Los influencers deben ser responsables por infracciones al principio de autenticidad?(Pontificia Universidad Católica del Perú, 2023-03-29) Quevedo Yparraguirre, Mayra Alessandra; Sosa Huapaya, Alex EverAl hacer un análisis exhaustivo a la Guía de Publicidad para Influencers, publicada en el año 2019 por el Indecopi, encontramos que existen deficiencias al asignarle responsabilidades a los mismos. En efecto, en la Guía de Publicidad para Influencers se establece expresamente que, estos van a ser responsables por el incumplimiento de lo establecido tanto en normas de difusión (principio de legalidad) como por la vulneración al principio de autenticidad, regulados en la Ley de Represión de competencia Desleal. No obstante lo anteriormente expuesto, la autora considera que, los Influencers serán responsables por vulnerar el principio de autenticidad solo si actúan como anunciantes, al no especificar que se trata de publicidad o al realizar publicidad en la que el consumidor no pueda advertir que lo publicitado y/o sugerido se trate efectivamente de publicidad. Por consiguiente, si actúan como medio de comunicación o agencia de publicidad no serán responsables por vulnerar el principio de autenticidad, sino la asignación de responsabilidad se hará al margen de la ley, según corresponda.Ítem Texto completo enlazado Informe Jurídico de la Resolución N°0219-2018/SPC-INDECOPI(Pontificia Universidad Católica del Perú, 2022-02-15) Quevedo Yparraguirre, Mayra Alessandra; Solórzano Solórzano, Raúl RoyEl régimen económico adoptado por nuestra Constitución es el de economía social de mercado, es decir, los precios y las condiciones en el mismo se rigen por la oferta y la demanda; y, en consecuencia, la intervención estatal se realiza de manera subsidiaria. No obstante, en los últimos años, los pronunciamientos de INDECOPI parecen no ir acorde al régimen económico estipulado en nuestra Constitución. Como evidencia de ello, en el presente Informe se procederá a analizar el pronunciamiento de la Sala Especializada de Protección al Consumidor del Indecopi en la Resolución N°0219-2018/SPC-INDECOPI, mediante el cual la Sala concluye que la restricción de ingresar a las salas de cine con alimentos o bebidas adquiridas fuera del establecimiento de Cineplex constituye una cláusula abusiva de ineficacia absoluta que limita el derecho de elección del consumidor. En ese sentido, el presente informe tiene por objetivo, usando como métodos el análisis síntesis, análisis económico del derecho y derecho comparado, por un lado, evidenciar que el Indecopi no realizó una correcta ponderación entre el derecho a la libertad de empresa y el derecho a la libre elección del consumidor, y que ello no solo se torna inconstitucional, sino que también afecta al mercado y a los agentes económicos que intervienen en el mismo; por el otro, demostrar que la restricción del acceso al cine con alimentos o bebidas adquiridas fuera de Cineplex no constituye una cláusula abusiva, sino que es una restricción que el proveedor le hace al consumidor avalándose en su derecho de libertad y autoorganización empresarial.