Tesis y Trabajos de Investigación PUCP

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    Los requisitos para la aplicación de la subsanación voluntaria en los procedimientos administrativos sancionadores en los últimos años.
    (Pontificia Universidad Católica del Perú, 2024-03-27) Gutarra Alburqueque, Max Gabriel; Guzmán Napurí, Christian
    La Subsanación Voluntaria es un eximente de responsabilidad diferente a los demás que se estipulan en la LPAG, pues no se evidencia una ruptura en el nexo causal como en los otros. De esta manera, esta diferenciación y el poco desarrollo que existe en la norma común respecto a esta figura eximente, ha suscitado un gran debate sobre cuál es la finalidad y lo que se entiende por Subsanación Voluntaria. Es así que, esta problemática se extiende hacia los requisitos o elementos propios de la subsanación, tales como el cese, la reversión y la voluntariedad, los cuales han sido abordados de forma indistinta por las Entidades Estatales, entre ellas los organismos reguladores, los cuales tergiversan la aplicación de estos elementos e imponen mayores requisitos que, muchas veces, tornan imposible la aplicación de este eximente. Sobre el particular, se propone que en la norma común se profundice y se desarrolle los requisitos para la aplicación de la subsanación ya que, de esta manera, se homogenizará la forma en como se aborda este eximente de responsabilidad en los PAS correspondientes a las diferentes entidades Estatales. Asimismo, no podemos quedarnos en la obsoleta concepción de infracciones que se configuraban por un solo incumplimiento u acción; por el contrario, se debe abordar específica y diferenciada la aplicación de la subsanación para conductas que se configuren por varios incumplimientos.
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    Informe jurídico sobre la Resolución de Consejo Directivo N° 041- 2004-CD/OSITRAN
    (Pontificia Universidad Católica del Perú, 2023-03-01) Gutarra Alburqueque, Max Gabriel; Sánchez Povis, Lucio Andrés
    En el presente informe se analizará la resolución del Consejo Directivo N° 041- 2004-CD/OSITRAN donde el órgano regulador desarrolla un Procedimiento Administrativo Sancionador con el que se le imputa a la Concesionaria FETRANSA no haber cumplido con sus obligaciones estipuladas en la cláusula 7.5 del Contrato de Concesión de la administración de los Ferrocarriles Centro, Sur y Sur Oriente. Una de estas obligaciones es la de supervisar el cumplimiento de las Leyes Aplicables por parte de terceros que presten servicios ferroviarios. Así, sucede que FETRANSA ha permitido que PERURAIL, en su calidad de empresa operadora, circule en la vía férrea y transporte pasajeros con seis coches nuevos, sin contar con la autorización otorgada por el MTC. De esta manera, la operadora habría infringido lo estipulado en el artículo 451° del Reglamento General de Ferrocarriles. La finalidad de este trabajo es dilucidar si lo que se fundamenta en la citada resolución tiene asidero en la normativa administrativa de la época. Por ello, este análisis se diseccionará en tres problemas principales para discernir si es que el acto administrativo está debidamente motivado y si no se ha infringido algún Principio administrativo que rige su potestad sancionadora. Entonces, el primer problema principal se enfoca en un dilema interpretativo tanto del Contrato de Concesión como del Reglamento General de Ferrocarriles. El segundo problema es relevante para comprender que la entidad debe aplicar los Principios durante su función sancionadora. Finalmente, en el tercer problema se ha escogido analizar el Compromiso de Cese como una figura novedosa en el sector de infraestructura y en el transporte ferroviario para examinar si su tratamiento fue el correcto.