Tesis y Trabajos de Investigación PUCP
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Ítem Texto completo enlazado Análisis de la Sentencia recaída sobre el Expediente No 00012-2019-PI/TC, Demanda de acción de Inconstitucionalidad interpuesta por un conjunto de ciudadanos contra la Ordenanza 014-2018-MPSCH(Pontificia Universidad Católica del Perú, 2023-07-31) Cruzado Portugal, Lira Sofía; Araujo Meloni, Jean PierreCon la promulgación del Decreto Supremo N° 015-2007-AG, se suprimió la potestad de los gobiernos locales de crear áreas de conservación municipal (“ACM”). Sin embargo, ello no fue obstáculo para que las municipalidades continúen estableciendo ACM como mecanismo para suspender las actividades mineras en espacios que estimaban de especial vulnerabilidad, como cuencas hidrográficas. Tal es el caso que se analizará, en el cual, mediante demanda de inconstitucionalidad, se cuestiona la legalidad de la Ordenanza 014-2018-MPSCH que dicta diversas medidas para proteger las fuentes de agua dulce de la provincia de Santiago de Chuco, en un contexto de conflicto socioambiental en La Libertad. En ese sentido, este informe tiene como objeto desarrollar cuatro problemas jurídicos identificados del análisis de la Sentencia 343/2020 en torno a los dos siguientes ejes: la constitucionalidad de la suspensión de actividades que potencialmente puedan afectar fuentes de agua dulce por parte de las municipalidades y la legalidad del establecimiento de ACM por parte de gobiernos locales. Para responder a dichas cuestiones, se empleará normativa y jurisprudencia constitucional en materia de áreas naturales protegidas, recursos hídricos, descentralización y recursos constitucionales. Tras arribar a una conclusión sobre la constitucionalidad de la Ordenanza, a manera de recomendación, se esbozarán posibles vías de actuación del Tribunal frente a futuros casos similares al presente, haciendo énfasis en la necesidad de que este se pronuncie sobre el estatus de las ACM en el ordenamiento jurídico desde su concepción en el Reglamento de la Ley de ANP hasta la actualidad.Ítem Texto completo enlazado Análisis de la idoneidad del reconocimiento de derechos a la naturaleza en el ordenamiento peruano como medida para la protección efectiva del medio ambiente, en los términos planteados por los Proyectos Legislativos N° 06957/2020-CR y N° 08097/2020-CR(Pontificia Universidad Católica del Perú, 2023-02-09) Cruzado Portugal, Lira Sofía; Gamio Aita, Pedro FernandoFrente a la crisis climática actual, han surgido cuestionamientos de distintos sectores de la sociedad que instan a repensar la relación entre el ser humano y la naturaleza para efectos de frenar el deterioro ambiental que, argumentan, se ve causado por una visión meramente instrumentalista del medio ambiente, que no le reconoce un valor intrínseco, sino subordinado a los intereses humanos. Una de las vías por las cuales se busca modificar dicho paradigma es mediante el reconocimiento de derechos a la naturaleza, otorgándole personería jurídica y un estatus similar del cual gozan las personas naturales. En el caso peruano, dicha iniciativa se ha visto plasmada en los Proyectos Legislativos N° 06957/2020-CR y N° 08097/2020-CR, que proponen el reconocimiento de derechos a la naturaleza para tales efectos. Este trabajo de investigación tiene como propósito analizar la idoneidad de dichas propuestas para la protección efectiva del medioambiente. En ese sentido, se empleará el método doctrinal y exegético para hacer revisión de los diferentes argumentos doctrinarios a favor y en contra de dicho reconocimiento, y el método jurisprudencial para analizar los principales pronunciamientos que reconocen personería jurídica a la naturaleza. Lo señalado nos conducirá a concluir que el reconocimiento de derechos a la naturaleza es poco idóneo para lograr la protección efectiva del medio ambiente, en tanto adolece de errores formales – carece de un análisis de costo beneficio, además de emplear vías inadecuadas para introducir dicho paradigma en el ordenamiento– y de fondo –al ser incompatible con el antropocentrismo fuerte que prima en la legislación peruana y al replicar características fallidas de la experiencia comparada.