Tesis y Trabajos de Investigación PUCP

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    La falta de aplicación del Principio de Confianza Legítima en los pronunciamientos emitidos por el Indecopi en materia de productos industrializados, su impacto en los consumidores y en el adecuado funcionamiento del mercado
    (Pontificia Universidad Católica del Perú, 2021-09-28) Vega Fernandini, Valeria Lucía; Sosa Huapaya, Alex Ever
    El procedimiento administrativo cuenta con una serie de principios que guían su adecuado funcionamiento. Uno de estos principios será el Principio de Confianza Legítima, el cual tiene como finalidad proteger las expectativas legítimas de los administrados, así como la estabilidad del ordenamiento jurídico. Sin embargo, en los últimos años, Indecopi ha emitido algunos conocidos pronunciamientos sobre productos industrializados que no están cumpliendo con dicho principio. Entonces, cabe preguntarnos ¿A qué se debe la falta de aplicación de este principio? ¿Podría existir alguna alternativa de solución?, ello teniendo en consideración que este principio tiene como base la seguridad jurídica, la cual es una garantía para el correcto funcionamiento del mercado. Para encontrar una respuesta a este cuestionamiento, en la presente investigación, a través de un análisis a fondo de la normativa vigente, así como de la doctrina relacionada a la materia se podrá demostrar finalmente que, - en muchas ocasiones - los administrados pueden ser inducidos a error por la propia Administración Pública y la aplicación del Principio de Confianza Legítima es de suma importancia para evitar que se produzca un impacto negativo en la elección y expectativa de los consumidores respecto a los productos, así como en el propio desenvolvimiento del mercado.
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    Informe sobre la Resolución N° 0278-2018/SDC-INDECOPI
    (Pontificia Universidad Católica del Perú, 2021-02-19) Vega Fernandini, Valeria Lucía; Sosa Huapaya, Alex Ever
    El caso “Pura Vida Nutrimax” – hasta el día de hoy –nos lleva a reflexionar sobre el alcance que tiene una decisión del Indecopi en el mercado y, como a su vez, genera un impacto en los proveedores, consumidores y en la misma Administración Pública. Si bien es cierto mucho se cuestiona acerca de la naturaleza del producto, lo cierto es que Gloria S.A. contaba con un título habilitante otorgado por la autoridad técnica competente quien autorizaba la comercialización de su producto, además de su denominación la misma que se trasladó de forma precisa y detallada en la etiqueta. Entonces, partiendo de esta premisa, ¿Gloria S.A. habría cometido realmente un acto en la modalidad de engaño con la publicidad del producto “Pura Vida Nutrimax”?. El objetivo del presente Informe Jurídico es demostrar que la actuación de Gloria S.A. es conforme a derecho y no es susceptible de generar el acto de engaño que se denuncia. Además de ello, comprobar que existe una vulneración al Principio de Confianza Legítima al momento en que la propia Administración Pública induce a error a Gloria S.A. y no reconoce su registro sanitario otorgado válidamente. Finalmente, determinar que la medida correctiva ordenada no restablece los efectos del acto de engaño alegado. Así pues, a través de un análisis interpretativo de la normativa vigente, de la diversa bibliografía relacionada a la materia del presente Informe, así como de la definición de algunos conceptos generales, se podrá concluir que la publicidad del producto “Pura Vida Nutrimax” no es susceptible de inducir a error al consumidor y que, por el contrario, existe un eximente de responsabilidad administrativa al momento de inducir a Gloria S.A. a error.