Tesis y Trabajos de Investigación PUCP

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    Informe Jurídico sobre la Resolución N° 1255-2004-CPC y la Resolución N° 0939-2005/TDC-INDECOPI
    (Pontificia Universidad Católica del Perú, 2022-08-15) Mayorca Llanos, Alessandra Fatima; Moscol Salinas, Alejandro Martín
    En el presente Informe Jurídico se analiza la Resolución N° 1255-2004/CPC y la Resolución N° 0939-2005/TDC-INDECOPI, emitidas durante el procedimiento administrativo sancionador iniciado de oficio por la Comisión de Protección al Consumidor a United Disco por haber cometido actos de discriminación al restringir el ingreso a determinadas personas al establecimiento de la discoteca Aura. El objetivo del Informe es analizar los problemas jurídicos que surgieron durante la actividad de inspección como durante el procedimiento administrativo sancionador para determinar si el INDCOPI incurrió en irregularidades en el ejercicio de las potestades administrativas mencionadas; así como, si United Disco cometió actos de discriminación al restringir el ingreso a la discoteca Aura basado en criterios subjetivos.
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    Alto. ¿Peligro para los derechos de los consumidores? Los contratos por adhesión, las cláusulas generales de contratación y las cláusulas abusivas
    (Pontificia Universidad Católica del Perú, 2022-03-22) Munailla Vallenas, Zelma Nahomi; Moscol Salinas, Alejandro Martín
    El presente artículo académico tiene por finalidad evidenciar la vulneración al derecho a la libertad de empresa, en especifico, el derecho a libertad de organización, correspondiente a la cadena de cines CINEPLEX S.A transgredido mediante la decisión emitida en la Resolución N° 0219-2018/SPC-INDECOPI donde se calificó a la restricción establecida por la cadena de cines consistente en la prohibición del ingreso con productos comestibles adquiridos fuera de sus establecimientos a sus salas como una cláusula abusiva de ineficacia absoluta. Teniendo en cuenta lo anterior, resulta importante considerar la legislación y doctrina administrativa y constitucional que coadyuvarán a realizar el análisis de este caso. Finalmente, el presente artículo concluye que la cadena de cines CINEPLEX S.A. en virtud a su derecho a la libertad de empresa tiene la posibilidad de organizar y estructurar su negocio de la manera que le parezca más conveniente y, asimismo, esto no implica la vulneración de los derechos de los consumidores como el derecho a elegir o el derecho a la información como lo asegura INDECOPI.
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    La función normativa en los organismos reguladores de servicios públicos: tipificación de infracciones a través de la colaboración reglamentaria en el sector de las telecomunicaciones
    (Pontificia Universidad Católica del Perú, 2020-06-01) Guevara Chumpitaz, Gloria Ximena Coraly; Moscol Salinas, Alejandro Martín
    En el Perú se reconoce a la “colaboración reglamentaria” como una práctica común en los organismos reguladores de servicios públicos, dentro del marco de la potestad sancionadora que ostentan para sus respectivas competencias. Así, en la actualidad, estas entidades se sirven de resoluciones del Consejo Directivo para detallar las obligaciones impuestas a los particulares, acompañado de un catálogo de infracciones y sanciones; por ende, estamos ante un vehículo normativo importante que permite la creación, modificación y eliminación de conductas sancionables en materia administrativa. Ahora bien, esta trabajo pretende analizar los riesgos a los que se expone la administración, así como los administrados, cuando la delegación de facultad para normar de estos organismos reguladores en el marco de su potestad sancionadora administrativa, tiene como sustento únicamente el ámbito de sus competencias y reglas generales de técnica legislativa. Para ello, se analiza brevemente la necesidad de observar el cumplimiento de lo establecido en el principio de legalidad como límite a esta potestad sancionadora de tipificación de infracciones, seguido por su vinculación con otros principios que devienen de éste, como son la reserva de ley y tipicidad. Finalmente, a manera de ejemplificar lo expuesto, nos serviremos de la experiencia del Consejo Directivo del Organismo Supervisor de la Inversión Privada en Telecomunicaciones (Osiptel).
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    La intervención del Organismo Supervisor de la Inversión en Infraestructura de Transporte de Uso Público sobre las facilidades esenciales aeroportuarias
    (Pontificia Universidad Católica del Perú, 2020-05-27) Negrete Tuesta, Gabriela; Moscol Salinas, Alejandro Martín
    El presente trabajo se divide en 3 ejes principales. El primer eje desarrolla el rol y las funciones centrales propias de los Organismos Reguladores, especialmente, del Organismo Supervisor de la Inversión en Infraestructura de Transporte de Uso Público. Además, se ilustra sobre la contribución que reciben estos Organismos: el aporte por regulación. El segundo punto que se desarrolla es acerca de la institución llamada Facilidades Esenciales. Asimismo, el trabajo hace especial énfasis a lo referido a las facilidades esenciales en el sector de transporte aéreo, tratando de explicar en qué consisten todas éstas. Y, por último, como tercer eje del trabajo, se aborda los conceptos relativos al acceso a la infraestructura esencial. Todo ello con la finalidad de exponer a lo largo del presente trabajo el análisis del grado de intervención que tiene el Organismo Supervisor de la Inversión en Infraestructura de Transporte de Uso Público respecto a las facilidades esenciales aeroportuarias y el acceso a éstas. No obstante, dando un pequeño adelanto de lo que se podrá advertir luego, se puede indicar que la intervención por parte del Organismo Regulador encargado de la regulación, supervisión, fiscalización de las Facilidades Esenciales y acceso a éstas mismas es alta; pero que, en muchos casos, es lo más óptimo para asegurar la buena explotación de la infraestructura esencial y asegurar un mercado en competencia.
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    Las Telecomunicaciones de Emergencia: desafíos y agenda pendiente en el Perú
    (Pontificia Universidad Católica del Perú, 2019-04-11) Morote Canchari, Denisse Maylie; Moscol Salinas, Alejandro Martín
    Para nadie es un secreto que el territorio del Perú es altamente propenso a situaciones de emergencia, las que pueden ser tanto fenómenos naturales (sismos, inundaciones, huaycos, etc.), así como desastres causados directamente por la acción del hombre (conflictos sociales, atentados terroristas, etc.). Y, si de situaciones de emergencia estamos hablando, necesariamente debemos referirnos al terremoto de Pisco ocurrido el 15 de agosto de 2018, el cual lamentablemente causó graves daños materiales y pérdidas de cientos de vidas humanas. Es así que, luego de tener cierto acercamiento en un trabajo anterior con el tema del terremoto del 15 de agosto, surgieron muchas interrogantes respecto del rol de las telecomunicaciones en las situaciones de emergencia. Como consecuencia de dichas dudas y planteamientos, es que surgió el interés por investigar a más profundidad este tema desde un punto de vista jurídico, considerando también que muy pocos estudios se han realizado desde esa óptica en la doctrina nacional. Es así que, la presente investigación pretende abordar temas referidos a la importancia de los servicios de telecomunicaciones tanto públicos como privados antes, durante y después de un desastre; su regulación actual tanto en el ámbito internacional como nacional; y, sobre todo, plantear los desafíos y metas que significan para el Derecho Administrativo la regulación nacional actual de los servicios de telecomunicaciones en emergencias.
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    Los principios de tipificación, confianza legítima y seguridad jurídica en la imposición de medidas correctivas por parte de OSIPTEL
    (Pontificia Universidad Católica del Perú, 2019-04-11) Avila Avila, Katherine Raquel; Moscol Salinas, Alejandro Martín
    Tras las modificaciones incorporadas a la Ley del Procedimiento Administrativo General, Ley N° 27444, tras la publicación del Decreto Legislativo N° 1272 a finales del 2016, se ha producido un cambio de enfoque por parte de la Administración Pública, en la cual se privilegia un enfoque de prevención orientado a que los administrados cumplan con sus obligaciones, por sobre la imposición de sanciones administrativas las mismas que solo buscan castigar al infractor administrativo. Lo señalado se encuentra reflejado con la incorporación de la posibilidad de imponer medidas correctivas, dado que, en la actualidad, tras la detección de incumplimientos y la determinación de la responsabilidad del infractor, se ha señalado que, en el mismo marco del procedimiento administrativo, la Administración puede optar por imponer medidas correctivas que busquen corregir la conducta de los administrados en atención al cumplimiento normativo y el interés general, siendo estas medidas compatibles con las sanciones administrativas. Sin embargo, la norma ha establecido requisitos para la aplicación de dichas medidas correctivas, siendo el principio de tipificación el abordado en el presente trabajo. Asimismo, se abordará la tipificación de las medidas correctivas realizadas por el Organismo Supervisor de Inversión Privada en Telecomunicaciones (OSIPTEL), por lo que se realizaran algunas críticas sobra la aplicación de medidas correctivas realizada por el organismo regulador de las telecomunicaciones, para lo que se realizaran comparaciones respecto a la obligación de tipificar las medidas correctivas a ser aplicadas en otros sectores y entidades de la Administración Pública. Las conclusiones del presente trabajo consisten en evidenciar la tipificación insuficiente de las medidas correctivas por parte del organismo regulador de las telecomunicaciones, y como este incumplimiento del mandato de tipificación pone en riesgo los principios de confianza legítima y seguridad jurídica.
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    La arbitrabilidad de las decisiones de los organismos reguladores en el marco del Sistema de Promoción de la Inversión Privada
    (Pontificia Universidad Católica del Perú, 2019-04-04) Mariño Marquina, Martín André; Moscol Salinas, Alejandro Martín
    Típicamente se sostiene que el Estado tiene por función garantizar la correcta prestación de una serie de servicios públicos que permitan a los ciudadanos desarrollar su vida en sociedad con un determinado nivel de comodidad. En ese contexto, se le presenta la posibilidad de prestar directamente dichos servicios públicos y proveer la infraestructura que les sirva de soporte, o valerse de la experiencia y especialidad de los privados para que lo hagan. Así, se inició un proceso de delegación a los particulares de una serie de actividades que tradicionalmente habían recaído directamente en el ámbito estatal. A tales efectos, el mecanismo jurídico más eficiente para lograr una colaboración de los privados para la satisfacción de intereses públicos fue la concesión. No obstante, esta delegación de facultades en favor de los particulares efectuada bajo el manto de la concesión administrativa ha pasado a convertirse hoy en día en un fenómeno de colaboración público privada que se rige bajo las normas especiales de Asociaciones Público Privadas. Estando a ello, tenemos que en los últimos años se ha generado una fuerte discusión doctrinaria respecto a la competencia de la sede arbitral para conocer aquellas controversias derivadas de la actuación de los organismos reguladores en marco de la ejecución de los Contratos de APP. Al respecto se han planteado diversas posturas, tan distantes entre ellas, que pueden vislumbrarse no solo desde un punto de vista jurídico sino también económico. De acuerdo con las consideraciones que se expresan en el presente trabajo, se postula que debería reconocerse expresamente a nivel normativo la posibilidad de someter a arbitraje las decisiones de los organismos reguladores, incluyendo la aplicación de penalidades, derivadas de contratos que se suscriban en el marco de mecanismos de colaboración público privada, a efectos de otorgarle certidumbre y mayores garantías a los inversionistas para promover la inversión con el Estado, la cual constituye uno de los fines fundamentales de nuestro Sistema de Promoción de la Inversión Privada.
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    El ejercicio de funciones públicas por entidades privadas colaboradoras de la administración
    (Pontificia Universidad Católica del Perú, 2017-10-06) Lagos Yanes, Francisco Alfonso; Moscol Salinas, Alejandro Martín
    La presente investigación se enfoca en el análisis del “Ejercicio de Funciones Públicas por Entidades Privadas Colaboradoras de la Administración” (EPCA), figura del Derecho administrativo que pretende englobar una serie de supuestos en los que la Administración traslada a los particulares la facultad de realizar ciertas funciones públicas, con el fin de obtener con ello un mejor resultado a que si dicha actividad hubiera sido realizada directamente por aquella. No obstante, este mecanismo no ha sido debidamente regulado por nuestro ordenamiento jurídico, de modo tal que resulta importante determinar los criterios, fundamentos y efectos que subyacen a esta forma de colaboración entre los administrados y la Administración. De acuerdo con ello, esta tesis está orientada a la consecución de los siguientes objetivos generales: i) Determinar la viabilidad jurídica de la participación del sector privado en el ejercicio de una función pública, a partir de la teoría del derecho administrativo y el análisis de la doctrina comparada; ii) Determinar el contenido del EPCA como figura del Derecho público, con el fin de identificar adecuadamente su naturaleza jurídica, estructura, procedimiento, elementos característicos y delimitación respecto de otros conceptos relacionados; e, iii) Intentar determinar el mecanismo legal por medio del cual se efectúa el traslado de las funciones públicas a la esfera de ejercicio de los particulares, de acuerdo al marco legal vigente; o, de ser el caso, evaluar una posible solución ante la indeterminación de instrumentos específicos. Al respecto, concluimos que el EPCA es una figura que carece de una regulación normativa genérica y específica que permita dar con una respuesta concisa y directa sobre la correcta manera de trasladar el poder público a los administrados. Es por ello que, a falta de un mecanismo diseñado teórica y normativamente para viabilizar este tipo de operaciones, somos de la opinión de que nuestro marco legal debe ser lo suficientemente flexible como para valerse de los distintos instrumentos que se encuentran recogidos en el ordenamiento, en función a cada actividad y contexto específico.