Tesis y Trabajos de Investigación PUCP
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Ítem Texto completo enlazado Expediente N° 00675-2017-0-2701-JM-CI-01(Pontificia Universidad Católica del Perú, 2021-08-20) Rayo Saavedra, Angiella Rosa María; Higa Silva, César AugustoLa presente investigación tiene como objetivo identificar las vulneraciones a los derechos fundamentales de la Comunidad Nativa Tres Islas a través de los actos administrativos que fueron expedidos por el Gobierno Regional de Madre de Dios y a Autoridad Nacional del Agua, afectando el territorio, dañando la autonomía comunal, medio ambiente sano de sus integrantes, entre otros. Se enunciará cuáles fueron los fundamentos de la primera y segunda instancia de la Corte Superior de Justicia de Madre de Dios para resolver la demanda de amparo interpuesta, en virtud de la interpretación de unidad de la Constitución y el principio in dubio pro homine. Del mismo modo, se buscará comprobar la viabilidad de un proceso de amparo como la vía pertinente constitucional interpuesta para la protección de los derechos debido a un latente peligro de irreparabilidad. Ello, ante un análisis dificultoso debido a la omisión normativa del derecho a la consulta previa existente por responsabilidad estatal excluyente, al no elaborar una regulación interna oportuna para la implementación de procedimientos adecuados, viéndose perjudicados, a su vez, los derechos de los miembros de esta. Finalmente, como conclusión principal obtenida se visualiza las consecuencias de las competencias conferidas en materia de minería al Gobierno Regional de Madre de Dios al no haber sido adecuados, así como se identifica y sostiene la preponderancia del autogobierno comunal frente a los derechos de los mineros en virtud de la libertad de empresa del caso en concreto.Ítem Texto completo enlazado La Fiabilidad de la Prueba Prohibida como Fundamento para su Admisión o Exclusión en el Proceso Penal, Perú – 2020(Pontificia Universidad Católica del Perú, 2020-09-25) Villegas Málaga, Javier; Higa Silva, César AugustoLa teoría acerca de la prueba prohibida es quizás una de las más controvertidas en el campo de la dogmática procesal, dado que refuerza el conflicto entre la finalidad clásica del proceso penal, que es la búsqueda de la verdad y el interés superior de respeto a los derechos fundamentales, principio rector básico de nuestro actual modelo de Estado Constitucional de Derecho. La consecuencia de ello es que el material probatorio obtenido con vulneración a derechos fundamentales no puede ser utilizado como prueba dentro del proceso. No obstante, sostenemos que esta concepción tiene un error de planteamiento desde el inicio, debido a que se da por cierta la protección de los derechos fundamentales como consecuencia de la aplicación de la regla de exclusión, cuando en la realidad no es posible “evitar” la vulneración del derecho fundamental con su utilización. Así mismo, las personas cuyos derechos fundamentales ya han sido vulnerados (con la obtención de pruebas prohibidas en su contra), no pueden volver al estado anterior o resarcir el daño que les han causado a través de la aplicación de esta regla. Existen medios más adecuados para el manejo de material probatorio prohibido, distintos a la exclusión de pruebas irrefutables, tales como la sanción directa a los responsables y/o el resarcimiento económico a las víctimas, así como el establecimiento de la presunción jurídica de que las pruebas ilícitamente obtenidas deben ser consideradas como poco fiables. No obstante, a pesar de nuestra postura, podemos afirmar que la regla de exclusión de las pruebas obtenidas vulnerando derechos fundamentales se ha universalizado, sin embargo, su naturaleza, alcance y efectos dependerá de cuál sea la explicación que se ofrece acerca de su fundamento. Para el análisis de dicho fundamento partiremos del estudio de los modelos teóricos que mayor repercusión han tenido en nuestra realidad jurídica: el modelo norteamericano y el europeo- continentalÍtem Texto completo enlazado La aplicación de las cláusulas abusivas en el código de protección y defensa del consumidor y la posible vulneración de los artículos 58° y 59° de la Constitución de 1993(Pontificia Universidad Católica del Perú, 2019-04-01) Herrera Carrasco, Kristiam; Higa Silva, César AugustoLas cláusulas abusivas sirven para evitar contratos de consumo exorbitantes o injustificados para el consumidor sin que éste haya sido advertido, lo cual afecta directamente al desarrollo del mercado. La discusión, por lo tanto, surge si la existencia de esta regulación está debidamente justificada para corregir las fallas del mercado. O, por el contrario, sobreprotege al consumidor bajo la débil premisa de que estas cláusulas evitan el supuesto abuso de las empresas sobre los servicios o productos que ofrecen en el mercado, a pesar de que el consumidor debería ser diligente al leer y conocer todas las cláusulas de un contrato. De este modo, el presente trabajo busca responder las interrogantes que podemos encontrar en la aplicación de las cláusulas abusivas en el contrato de consumo bajo el marco constitucional. Ante ello, este debate nos hace preguntarnos si la falta de diligencia del consumidor al leer las cláusulas de un contrato para que decida libremente si opta o no por el servicio o producto, justifica la sobreprotección del Estado frente al error de no leer las condiciones establecidas por el proveedor. Finalmente, este trabajo concluye que la regulación de las cláusulas abusivas origina, en algunos casos, la vulneración del derecho fundamental a la libertad de empresa reconocido en la Constitución, en especial a la libertad de organizar su modelo un negocio que sí cumple con brindar la información e idoneidad requerida. Como consecuencia, la Administración muchas veces interviene para establecer cómo se tiene que conducir una empresa a pesar de que cumpla con los principios y derechos de información e idoneidad, sin considerar las razones económicas que tiene cada negocio para el desarrollo de su actividad empresarial, afectando de esta manera el ordenamiento jurídico. Por lo tanto, el derecho a equivocarse del consumidor no justifica una sobreprotección del Estado si se refuerza la regulación de la información e idoneidad en vez de las cláusulas abusivas. Puesto que puede ocurrir como el conocido caso de Cineplex vs Aspec, en el que la Sala ha asumido un derecho inexistente en nuestro ordenamiento, el cual esta investigación ha denominado: “el derecho a ingresar con productos alimenticios adquiridos fuera del establecimiento para acceder a ver una película”, ya que de esta sería la única manera que justificaría su intervención en el caso analizado para proteger al consumidor.