Tesis y Trabajos de Investigación PUCP
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Ítem Texto completo enlazado Informe sobre expediente de relevancia jurídica Nº1274-047-2007, E-2018, arbitraje seguido por DCR Minería y Construcción S.A.C. en contra de Aruntani S.A.C.(Pontificia Universidad Católica del Perú, 2024-10-18) Espinoza Mestanza, José Luis; Campos García, Héctor AugustoEl presente informe estudia dos (2) principales problemas jurídicos que se concentran en el laudo arbitral emitido en el caso N° 1274-047-2007, proceso promovido por la empresa D.C.R. Minería y Construcción S.A.C en contra de ARUNTANI S.A.C en el marco de un contrato de locación de servicios cuyo objeto era el transporte de minerales y residuos de una operación minera. En estricto, se analiza: (i) la configuración de la mora del acreedor en el entendido de que el tribunal arbitral consideró que la inobservancia injustificada del deber de colaboración constituye un incumplimiento contractual y (ii) el pronunciamiento del tribunal, en el marco del iura novit curia, sobre una materia que no fue demandada en el arbitraje. Al respecto, las conclusiones a las que arribaremos se presentan en el siguiente orden: (i) el tribunal confundió la aplicación de la mora del acreedor en el laudo que emitió y (ii) el tribunal arbitral aplicó indebidamente el iura novit curia al vulnerar el derecho de contradicción de ARUNTANI S.A.C, pues esta última no pudo pronunciarse sobre la materia que estudió y resolvió el colegiado arbitral.Ítem Texto completo enlazado Informe Jurídico sobre la Sentencia Casación N.º 4419-2009-Lima(Pontificia Universidad Católica del Perú, 2024-05-17) Ingunza Reátegui, María Isabel; Campos García, Héctor AugustoEl presente caso se inicia a raíz de la demanda presentada por la Superintendencia de Bienes Nacionales (SBN) contra todos los titulares registrales del Lote 18-B sito en la Urbanización Los Arces de Monterrico, del distrito de Surco, por la que solicitó se declare la nulidad de los contratos de compraventa del referido predio, por ser su objeto jurídicamente imposible, al ser tal terreno un bien de dominio público. La empresa inmobiliaria, PdT, contestó la demanda indicando que adquirió el bien a título oneroso, por escritura pública, de quien figuraba como su propietario en los Registros Públicos. Tanto en primera como en segunda instancia se declaró la nulidad de los contratos celebrados entre las personas físicas demandadas, por tener un fin ilícito, al ser el objetivo común de los contratantes el introducir en el tráfico mercantil, de forma ilícita (a través de la falsificación de documentos administrativos), un bien de dominio público. En relación a la mercantil, PdT, tanto en primera como en segunda instancia se desestimó la demanda por considerar que no se había desvirtuado su buena fe registral. La Sala Civil Permanente de la Corte Suprema de Justicia de la República revocó dicho fallo y reformandoló declaró fundada la demanda de nulidad de acto jurídico contra PdT, pues consideró que de los documentos archivados en los Registros Públicos, PdT podía saber que el bien objeto de compraventa se trataba de un bien estatal de dominio público que había sido introducido de manera ilícita en el tráfico mercantil; por lo que declaró que su contrato de compraventa era nulo por tener un fin ilícito.Ítem Texto completo enlazado Hacia una estructura eficiente de protección de la salud de los trabajadores dependientes en el sector formal: propuesta de un sistema compuesto por un nivel primario de aseguramiento de riesgos laborales (obligatoriedad del SCTR) y de un nivel secundario de imputación diferenciada de responsabilidad civil en enfermedades profesionales y accidentes laborales (según el nivel de riesgo de la actividad económica desempeñada)(Pontificia Universidad Católica del Perú, 2024-04-05) Montero Aguilar, Arianna Nicole; Campos García, Héctor AugustoEl presente trabajo de investigación aborda la problemática respecto del actual sistema de protección de la salud de los trabajadores desde dos aristas: el seguro de riesgos de trabajo y la imputación de responsabilidad civil del empleador. De este modo, respecto al seguro de riesgos de trabajo se propone una crítica sobre su obligatoriedad y ámbito de aplicación afirmándose que su actual regulación resulta incompatible con el marco constitucional; por lo cual se adopta la postura bajo la cual debe regularse un seguro de riesgos de trabajo aplicable a todas las actividades económicas de forma progresiva, pero que diferencie las primas y las coberturas según el nivel de riesgo de cada actividad. Asimismo, sobre la imputación de responsabilidad civil del empleador se critica que -en su aplicación actual- presupone una incorrecta asignación de incentivos al empleador para la implementación de medidas de prevención. Frente a ello, se propone como solución el sistema diferenciado de imputación de responsabilidad del empleador según el nivel de riesgo de la empresa.Ítem Texto completo enlazado Fundamentos y análisis jurídico para el debate en el Perú en torno a la cobertura del seguro obligatorio de accidentes de tránsito a favor de víctimas de accidentes de tránsito en el contexto de ausencia de contratación del SOAT o CAT(Pontificia Universidad Católica del Perú, 2023-04-25) Hurtado Barboza, Eduardo Roberto; Campos García, Héctor AugustoAl fundamentar su funcionamiento en la contratación de la póliza y cobro de la prima, el SOAT deja en desamparo a muchas víctimas de accidentes de tránsito (a quienes llamamos en esta investigación víctimas en contexto de ausencia de contratación). En el Perú, el esquema complementario, el Fondo de Compensación, se muestra insuficiente porque continúa dejando sin protección a muchas víctimas de accidentes de tránsito. Reflexionar sobre el desamparo de estas víctimas implica no solamente estudiar los textos normativos y pronunciamientos judiciales y administrativos al respecto sino preguntarse por dos cuestiones principales: (i) las razones por las que como sociedad deberíamos contar con un esquema lo suficientemente amplio que garantice indemnizaciones a todas las víctimas de accidentes de tránsito; (ii) la viabilidad de un esquema de compensaciones sostenible en el tiempo que no condicione la protección a la contratación de la póliza y pago de la prima. Estas cuestiones involucran tanto a la dogmática, análisis económico del derecho y filosofía política: conocer sus límites y aportes. Esta investigación concluye que existen razones de peso para que nuestra sociedad cuente con un mecanismo organizado de compensación de daños en los accidentes de tránsito que debe ser apoyado por la labor estatal para hacerlo sostenible en el tiempo.Ítem Texto completo enlazado La eficacia de los asientos enervados en el Sistema Registral peruano(Pontificia Universidad Católica del Perú, 2023-03-13) Canchucaja Acosta, Cyndhy Leydhy; Campos García, Héctor AugustoEn el sistema registral peruano se ha adoptado por la técnica de inscripción, acto administrativo por el cual el Registrador Público extrae los datos más relevantes de un acto o derecho que se encuentra contenido en un título para extenderlo en un asiento de inscripción o anotación; dichos asientos se hallan ordenados de acuerdo a la fecha de su presentación y conforman una Partida Registral. La eficacia de un asiento registral se manifiesta a través de su publicidad, y se presumen válidos y ciertos mientras no sean cancelados o rectificados, conforme a los procedimientos establecidos dependiendo de cada caso. No obstante, en los registros existentes, los Registradores Públicos y Abogados Certificadores en su labor cotidiana se han encontrado con asientos que, pese a no están cancelados o rectificados, no surtirían sus efectos, ello como consecuencia de la inscripción de una Sentencia que declara la nulidad de un acto jurídico, lo cual conllevaría a que los asientos inscritos con anterioridad a éste queden “enervados - debilitados”; es decir se tratarían de asientos híbridos que no surtirían efectos pero que existen dentro de una Partida Registral y por tanto podrían ser objeto de publicidad; situación que conllevaría a que se esté publicitando una falsa apariencia de lo inscrito. Para abordar el problema planteado, se ha analizado las resoluciones del Tribunal Registral que sirvieron como sustento a los precedentes de observancia obligatoria, así como los acuerdos plenarios referidos a los efectos de los asientos enervados como consecuencia de la inscripción de una Sentencia que declara nulo o anulable un acto jurídico; asimismo, se ha analizado la legislación española que aborda este tema y los aspectos procesales en los procesos judiciales de Nulidad o Anulabilidad de Acto Jurídico. En ese sentido, la presente investigación tiene como objeto determinar si los asientos enervados como consecuencia de la inscripción de sentencia firme de Nulidad de Acto Jurídico son eficaces o no; y si la construcción de esta figura por parte del Tribunal Registral es en realidad una verdadera solución ante la falta de pronunciamiento judicial sobre los asientos incompatibles con la inscripción de la sentencia de nulidad de acto jurídico. Para tal efecto, se ha analizado la naturaleza de los asientos enervados, sus alcances y su utilidad en el Registro; a fin de que pueda servir como aporte en el ámbito registral y permita afianzar al Registro como un mecanismo de seguridad que otorgue el máximo de certidumbre y seguridad para tomar decisiones y contratar sobre la base de lo publicitado.Ítem Texto completo enlazado Informe sobre expediente de relevancia jurídica N° 155-2012, proceso de anulación de laudo arbitral(Pontificia Universidad Católica del Perú, 2022-11-16) Elías Alcántara, Carlos Alejandro; Campos García, Héctor AugustoEl presente trabajo tiene como objetivo analizar el expediente judicial N° 155-2012-0-1817-SP-CO-02, el cual versa sobre un proceso de anulación de laudo arbitral. La elección del expediente radica, principalmente, en la vigencia actual de una indeterminación de los alcances de la revisión judicial en los procesos de anulación de laudo cuando se evalúa la garantía de debida motivación. En ese sentido, se analiza i) la procedencia de un pedido de nulidad sustentado en la afectación al derecho al debido proceso, en el cual no se presentó reclamo previo o solicitudes contra el laudo, ii) los alcances del examen judicial de la motivación del laudo arbitral y iii) las implicancias del incumplimiento del deber de revelación como causal de anulación de laudo por la supuesta afectación al derecho a un juez imparcial. Tras ello, se concluye que i) cualquier pedido de anulación basado en la afectación a los derechos al debido proceso y a la prueba puede contenerse en las causales taxativas de anulación de laudo y no puede inaplicarse el requisito de reclamo previo; que ii) el examen judicial de motivación de los laudos arbitrales únicamente puede corroborar la existencia de motivación y la motivación interna entendida como logicidad; y, finalmente, que iii) el incumplimiento del deber de revelación no es una vulneración al derecho a un juez imparcial, pero es posible que se interprete como una vulneración al derecho de defensa y como una contravención a las normas arbitrales (como causal de anulación), siempre y cuando sea acreditado.Ítem Texto completo enlazado Informe jurídico sobre la resolución N°19 – EXP. 1768-2017(Pontificia Universidad Católica del Perú, 2022-08-02) Cabana Aguilar, Paul Steven; Campos García, Héctor AugustoEl presente trabajo tiene por finalidad realizar el estudio de la “Resolución 19 – Exp. 1768-2017”, expedido por la Sala Civil de Cusco, respecto a una pretensión de reivindicación. El presente informe está divido en dos capítulos: el primero de ellos, referido al estudio de la motivación empleada en la sentencia materia de estudio; el segundo capítulo, referido al estudio de la prueba de oficio y su tratamiento en el ordenamiento nacional. Finalmente, habiendo culminado el estudio de ambos capítulos, se concluye que, en la sentencia sometida a estudio, no existió una adecuada motivación incurriendo en una motivación aparente y una falta de motivación interna. Asimismo, se estudiará la figura de la prueba de oficio y como dicha institución procesal debió aplicarse en la precitada sentencia.Ítem Texto completo enlazado Informe Jurídico sobre resolución de Consulta correspondiente al Expediente N°10978 – 2020 LAMBAYEQUE(Pontificia Universidad Católica del Perú, 2022-08-01) Rivera de La Cruz, Pablo Alberto; Campos García, Héctor AugustoEl presente trabajo pretende determinar si estamos de acuerdo con el decisorio de la Corte Suprema al aprobar la consulta respecto a la resolución correspondiente al Expediente N°10978 – 2020. Para lo cual, analizaremos el criterio adoptado por el órgano jurisdiccional de segunda instancia, luego estableceremos los criterios de aplicación de control difuso, y finalmente, analizaremos el criterio interpretativo y argumentativo de la Corte Suprema respecto a la aplicación del control difuso acorde a los criterios establecidos en el Primer Pleno Jurisdiccional en materias Constitucionales y Contenciosas Administrativo.Ítem Texto completo enlazado La inscripción en Registros Públicos sobre los actos jurídicos sujetos a condición suspensiva: Estado de cuestión y análisis registral(Pontificia Universidad Católica del Perú, 2022-03-24) Zorrilla Garay, Grecia Jimena; Campos García, Héctor AugustoPor medio del presente trabajo, se realizará un análisis sobre la inscripción en Registros Públicos de los actos jurídicos sujeto a condición suspensiva, en específico, nos referimos a aquellos actos que tendrán trascendencia por sus efectos reales. Para ello, se desarrollará el estado de la cuestión a nivel registral, lo cual incluye el contenido de la posición del acuerdo plenario respecto a la inscripción de los actos jurídicos sujeto a condición suspensiva, así como también los fundamentos que se desarrollaron en dicho Pleno Registral. A su vez, se abordará una crítica al Tribunal Registral debido a la ausencia de una evaluación y análisis de la clasificación de la condición suspensiva en sus Resoluciones Registrales, lo cual tiene un impacto en la susceptibilidad de la inscripción del acto en cuestión – en la medida que la condición suspensiva podría responder a ser nula-. Por último, brindaré mi posición al respecto y, más bien, cómo podría abreviarse los procesos de inscripción de los actos jurídicos sujeto a condición suspensiva mediante el establecimiento de un precedente de observancia obligatoria. Cabe indicar que, en el presente trabajo se ha utilizado la metodología de investigación dogmática, analítica, y sistemática, para cada una de las partes de este documento, con la finalidad de lograr una investigación integralÍtem Texto completo enlazado VIII Pleno Casatorio Civil: Problemas, y reflexiones en torno a la nulidad del acto jurídico(Pontificia Universidad Católica del Perú, 2022-03-24) Reyes Galvez, Judith Stefania; Campos García, Héctor AugustoEn el año 2020, se publicó el VIII Pleno Casatorio Civil. A partir de esta sentencia, se buscó uniformizar la jurisprudencia en relación a los casos de disposición de bienes sociales, efectuados por solo uno de los cónyuges. Así, la Corte Suprema consideró que este acto era nulo, en razón a contravenir una norma de orden público, contenida en el artículo 315 del Código Civil. En el presente artículo, se analiza los problemas que podrían originarse, a raíz de la nulidad del mencionado acto jurídico, para los cónyuges y el adquirente. Además, se analiza la institución jurídica de la nulidad, y que alternativas de solución se podrían plantear, como respuesta a dichos problemas. A partir de este análisis, en base a doctrina y derecho comparado, se concluye dos posibles alternativas de solución: un replanteamiento o “adecuación” de la institución de la nulidad, o una modificación legislativa del art. 315 del Código Civil.
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