2. Maestría

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    La empresa fiduciaria en el Perú: barreras legales de entrada y propuestas de creación de sociedades anónimas cerradas fiduciarias y un mercado alternativo fiduciario: Análisis jurídico y de gestión
    (Pontificia Universidad Católica del Perú, 2024-04-02) Minchán Cueva, William; Debenedetti Luján, Bruno Edoardo
    Nuestro trabajo de investigación presenta presenta una mirada innovadora y multidisciplinaria que conjuga el mundo jurídico con el mundo de la empresa, bajo una perspectiva, jurídica, económica, de gestión y estratégica. Para su desarrollo hemos construido la estructura de la empresa fiduciaria como organización económica y desarrollado las fases del proceso de constitución a nivel jurídico y a nivel de gestión, teniendo como base la LGS, la Ley de Banca y reglamentos de la SBS. Como ventaja competitiva de nuestra investigación hemos diseñado una serie de diagramas y cuadros que nos permiten visualizar, describir y justificar la problemática de nuestra investigación que son las barreras legales de entrada que genera el marco normativo del fideicomiso para el acceso de las pequeñas y medianas empresas al mercado fiduciario. Para demostrar la existencia de estas barreras, nos apoyamos de conceptos económicos como economía social de mercado, estructura de mercado, libre iniciativa privada, libertad de empresa, libertad de competencia, costo beneficio, incentivos, costo de oportunidad y del análisis de razonabilidad y proporcionalidad aplicado por INDECOPI para determinar la existencia de barreras legales en el mercado. Finalmente llegamos a estructurar un modelo de negocio que simplificamos a través de una fórmula que consideramos se puede replicar a menor escala en todo tipo de empresas y como propuesta de valor planeamos la creación de sociedades anónimas cerradas fiduciarias, SACF, y un mercado alternativo fiduciario, MAVF, teniendo como base los regímenes especiales y las modalidades societarias de la LGS y la flexibilización del MV para el acceso de las pequeñas y medianas empresas al MAVF.
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    Programas de cumplimiento en el sector pesquero industrial y su relación con el administrativo sancionador
    (Pontificia Universidad Católica del Perú, 2024-02-22) Corzo Quinteros, Yasmin Vanessa; Tassano Velaochaga, Hebert Eduardo
    El presente trabajo de investigación tiene como objetivo, plantear la necesidad de establecer un programa de cumplimiento en el sector pesquero extractivo industrial, que dote a los administrados de las herramientas para fortalecer el cumplimiento normativo al interior de sus compañías y provea al ente rector en materia sancionadora pesquera de las herramientas legales para evaluar adecuadamente el procedimiento administrativo sancionador. Para ello, se analiza doctrina y pronunciamientos de los órganos administrativos sancionadores en materia pesquera y los argumentos de defensa de los administrados, pasando además por un riguroso análisis de la aplicación del principio de culpabilidad, considerando los factores exógenos que aplican a esta actividad, como son el clima, salinidad del mar, corrientes marinas, otros. Estudiaremos así, el actuar preventivo de los administrados en esta actividad económica atípica y si éste, además de otras actuaciones diligentes, podrían conformar un programa de cumplimiento pesquero que conlleve a un tratamiento especial de la responsabilidad, ya sea la exoneración o la atenuación, conforme lo prevé la Ley de Procedimiento Administrativo General, arriesgándonos a afirmar entonces que un programa de cumplimiento en el sector extractivo pesquero industrial debidamente implementado podría variar el resultado del procedimiento administrativo sancionador, concluyéndose así que sería retador pero beneficioso para todos los actores de este rubro, regular programas de cumplimiento voluntarios.
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    El rol de la Superintendencia de Mercado de Valores en la evaluación de los programas de Cumplimiento
    (Pontificia Universidad Católica del Perú, 2024-02-08) Eche Guerra, Christel Mirtha; Bramont - Arias Torres, Luis Felipe
    Con la publicación de la Ley 30424 - (Ley que regula la Responsabilidad Administrativa de la Persona Jurídica) – se establece la eximente de responsabilidad, en la medida que la persona jurídica (previo a la comisión del delito) hubiese implementado un modelo de prevención que haya contenido controles adecuados para prevenir o reducir el riesgo de comisión de actos ilícitos, el cual será analizado y validado por la Superintendencia del Mercado de Valores (SMV), emitiendo un informe técnico que constituirá un requisito de procedibilidad para formalizar la investigación preparatoria que dirige el fiscal. Así, se revisa si este informe con efecto vinculante vulnera algún precepto constitucional, y si la SMV es el órgano competente para emitir dicho informe. Para ello, se estudian los modelos de España, Chile e Italia, para finalmente proponer una figura donde pueda reorganizarse los equipos especializados dentro del Ministerio Público tomando como presupuesto además que el catálogo de delitos podría ser ampliada1 y sea delegada a un ente adscrito al mismo (sustrayendo de esa tarea a la SMV).
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    Los intereses presuntos en los préstamos a título gratuito entre partes vinculadas y el principio de igualdad tributaria
    (Pontificia Universidad Católica del Perú, 2024-01-19) Escobar Honorio, Blanca Elena; Villagra Cayamana, Renee Antonieta
    La importancia de la aplicación de las normas de precios de transferencias se presenta por la búsqueda de una justicia tributaria para todos. Esto implica que, algunos contribuyentes que tienen partes vinculadas, para huir de la tributación, podrían fijar como precio de sus operaciones y/o transacciones uno diferente al valor de mercado, de tal forma que logran pagar como tributo un importe menor al que le correspondería pagar. En cambio, las empresas independientes (no vinculadas), se rigen por la ley de la oferta y demanda del mercado, para cuando fijan sus precios. Sin embargo, una legislación no puede generalizar y considerar que todas las empresas vinculadas realizan las operaciones con precios por debajo del valor de mercado. Nadie niega que algunas empresas con partes relacionadas suelen realizar la tan conocida planificación fiscal agresiva, aprovechándose de los vacíos normativos que existen en las legislaciones tributarias de algunos países para eludir los impuestos que realmente les corresponde pagar o adrede trasladan parte de sus operaciones a países con baja o nula imposición con la finalidad de disminuir la base imponible gravable; y, por ende, obtener mayores utilidades y/o beneficios. Es ante este escenario, que se analizó el artículo 26 de la Ley del Impuesto a la Renta, sustituido por el Decreto Legislativo N° 945, en la cual se establece la presunción de intereses, específicamente su último párrafo, donde se dispone que se aplicará presunción relativa, es decir que se admitirá prueba en contrario, para demostrar con los libros de contabilidad del deudor que el préstamo es a título gratuito, siempre que se realice entre partes independientes, pero si dicha operación se realiza entre partes vinculadas, no podrá demostrar que la misma fue a título gratuito, debiendo aplicarse las normas de precios de transferencia para determinar el valor de mercado de la operación y pagar el correspondiente impuesto a la renta. Es debido a ello, que el objeto de estudio del presente trabajo de investigación es determinar si aquella imposibilidad que tienen las partes vinculadas de demostrar que realizaron un préstamo a título gratuito y la consecuente aplicación de las normas de precios de transferencia para determinar el valor de mercado de dicha operación, vulnera el principio de igualdad tributaria; toda vez, que cuando las misma operación lo realizan partes independientes tienen la posibilidad de desvirtuar aquella presunción de intereses prevista en el artículo 26 de la Ley del Impuesto a la Renta. Para ello, se analizó la doctrina, la jurisprudencia y la normatividad sobre precios de transferencia. En efecto, en nuestra investigación se concluye que se vulnera el principio de igualdad después de haber realizado el test de proporcionalidad y que la posición de la SUNAT considera que, a los préstamos otorgados a título gratuito entre partes vinculadas, debe aplicarse lo dispuesto en el artículo 32°-A de la LIR, no admitiendo por ninguna circunstancia demostrar lo contrario, ello evidencia un trato discriminatorio con respecto a los préstamos realizado a título gratuito entre partes independientes. Por último, a efecto de buscar una solución al problema se propuso que se derogue el párrafo final del artículo 26° de la LIR para los préstamos entre partes vinculadas, estableciendo la posibilidad de admitirse pacto en contrario, esto es, en la medida que se pueda demostrar con documentos fehacientes que efectivamente no se cobró intereses por el préstamo, por lo debería modificarse dicho artículo, eliminándose su último párrafo.
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    Análisis sobre la importancia de resguardar la información empresarial a través de acuerdos de confidencialidad
    (Pontificia Universidad Católica del Perú, 2023-03-27) López López, Gustavo Adolfo; Auler Soto, Guilhermo Alceu
    Las empresas se interrelacionan unas con otras a través del envío de información de carácter “confidencial” (en muchos casos), ello a efectos de que las partes tengan un conocimiento informado sobre la operación a concretar. Si bien por un lado se genera un conocimiento informado, por el otro, se podría estar generando riesgos legales en contra de la parte que suministra su propia información confidencial, toda vez que un tercero tendrá acceso a la misma y podrá utilizarla; el problema nace cuando dicha utilización se da con fines distintos a los que las partes inicialmente se representaron, pudiendo ocurrir que el tercero utilice dicha información para competir y sacar una ventaja comercial/económica respecto de la parte que suministró su información. En ese sentido, resulta importante generar resguardos que permitan mantener dicha información “confidencial” con absoluta reserva y que sea utilizada únicamente para el propósito por el cual se compartió. Bajo ese marco, surge la necesidad de que las partes antes de compartir su información confidencial suscriban acuerdos, contratos y/o convenios de confidencialidad que regulen de antemano, entre otros, (i) los alcances de la confidencialidad de la información, (ii) las limitaciones entorno al uso y acceso a la información confidencial, y (iii) el plazo por el cual sobrevivirán las obligaciones de confidencialidad respecto de la parte que recibió dicha información. A través de este instrumento legal las partes ya son conscientes de los derechos y obligaciones a su cargo; lo cual permite obtener algún nivel de seguridad, o en todo caso, por lo menos tener remedios jurídicos disponibles que se puedan aplicar a fin de salvaguardar la confidencialidad y/o resarcir el daño generado por el incumplimiento a las obligaciones de confidencialidad.
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    El Valor Agregado de la Responsabilidad Social en la Imagen Corporativa de una Empresa
    (Pontificia Universidad Católica del Perú, 2022-07-20) Lira Barully, Fariuska Teresa; Garcia Arroyo, Rosa Isabel
    La imagen corporativa debe ser una prolongación o proyección de la estructura y comportamiento de la empresa en la cual conviven todos los grupos de interés, por lo que, la imagen corporativa no debe pensarse como una máscara externa que puede adaptarse convenientemente a las situaciones de la organización. Cabe preguntarse, entonces, si una empresa que cumple políticas de Responsabilidad Social Empresarial (RSE) es percibida de manera diferente, o si la RSE toca directamente su imagen, derivando en su éxito o fracaso comercial. A partir de esta interrogante, nace la necesidad de demostrar si la RSE, por sí sola, le otorga un valor agregado a la imagen corporativa de una empresa, logrando con ello un mejor posicionamiento y participación en el mercado. La metodología de esta investigación, netamente documental y de carácter exploratorio y explicativo, permite analizar y comparar diversos indicadores de una muestra de diez empresas, todas ellas pertenecientes a rubros de reputación sensible y que operan en el Perú, a fin de exponer su comportamiento en relación a sus actividades. Esta investigación ha permitido concluir que, las políticas de RSE no son, por sí solas, un indicativo certero de generación de valor en la imagen corporativa, siendo de vital importancia para el favorable desarrollo de una empresa el cumplimiento de ciertos estándares o indicadores que complementen las políticas de RSE implementadas dentro de la organización; por lo que una empresa, además de ser socialmente responsable, debe contar con una apropiada gestión de riesgo, analizar los índices de satisfacción, preocuparse por fidelizar a sus stakeholders y desarrollar un plan estratégico donde el cumplimiento de políticas de RSE adecuadas, coadyuven a que la empresa logre alcanzar sus objetivos.
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    La regulación del compliance laboral empresarial en el derecho peruano como un mecanismo de prevención de accidentes y/o enfermedades profesionales
    (Pontificia Universidad Católica del Perú, 2022-03-28) Otiniano López, Tiana Marina; Ospina Salinas, Estela Encarnación
    El presente trabajo de investigación explica la necesidad de establecer el cumplimiento normativo en las empresas -Compliance laboral-, con el objeto de evitar riesgos de diversa índole que pueden traer consigo los accidentes y enfermedades profesionales, los cuales pueden afectar la vida y salud de los trabajadores. Se precisa que en la normativa nacional vigente se tiene a la Ley de Seguridad y Salud en el Trabajo N° 29783 en la cual se establece la responsabilidad del empleador en torno a los accidentes y enfermedades profesionales, priorizando los deberes de prevención y responsabilidad, entre otros, que la aludida ley señala para los empleadores/empresarios, el cual lo concordamos con el acuerdo jurisdiccional adoptado en la ciudad de Lima, los días 18 de septiembre y 2 de octubre del 2017, cuando se ha realizado el VI Pleno Jurisdiccional Supremo en Materia Laboral y Previsional, el cual se acordó que “El empleador siempre será responsable por cualquier evento dañoso del trabajador”, aunado a que en la actualidad se tiene la figura agravada en el Código Penal, Artículo 168-A, como es el delito de Atentado contra las condiciones de seguridad y salud en el trabajo, que en su figura dolosa (muerte del trabajador o terceros) sanciona con una pena privativa de libertad de hasta de ocho años. Es por ello que se plantea la posibilidad de que para aquellas empresas que voluntariamente cumplan con sus obligaciones legales y contractuales e implementen mecanismos para preservar la seguridad y salud de sus trabajadores, se debe tener en cuenta dicho cumplimiento normativo al momento de imponer sanciones de toda índole, pero siempre y cuando se verifique real cumplimiento, por lo que se recomienda la implementación de un programa de cumplimiento normativo empresarial en los empleadores/empresarios, para no afectar la vida y salud de sus trabajadores y asimismo para no afectar su reputación empresarial.
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    La diligente identificación de riesgos en los Programas de Criminal Compliance : ¿se deben incorporar los conocimientos especiales al diseñar un modelo de prevención penal empresarial?
    (Pontificia Universidad Católica del Perú, 2022-02-21) Barreto Guzman, Marco Antonio; Rodríguez Castro, Carolina Soledad
    En esta investigación afirmamos que los individuos y las organizaciones empresariales tienen el deber general de actuar diligentemente con la finalidad de no lesionar a los demás en su vida, patrimonio y otras instituciones creadas para la convivencia pacífica. Para ello, las conductas que – por su propia naturaleza – ponen en riesgo bienes jurídicos deben adecuarse a lo prescrito por las normas estatales y, cuando estas no resultan suficiente por la especialidad de la materia, al propio expertis que brinda el oficio o desarrollo del ejercicio profesional. A estos conocimientos que se gestan en la práctica de la profesión u oficio se denominan “conocimientos especiales”. Entre los escenarios más proclives a la formulación de conocimientos especiales se encuentran las actividades económicas de carácter empresarial, resultando muy limitada la capacidad del Estado para regular sus alcances de forma plena. Esto ha llevado a que los privados busquen autorregularse. Siendo este contexto favorable para plantear la pregunta de la presente investigación: ¿deben los privados utilizar sus conocimientos especiales en la fase de inicial de elaboración de un modelo de prevención de delitos de una organización para asegurar su futura eficacia como eximente conforme al artículo 17 de la Ley 30424 y sus modificatorias? Concluimos afirmando que la autorregulación capaz de exonerar de cargos penales supone una elevación del estándar de control respecto a lo previsto por la normativa estatal. Por tanto, creemos obligatorio incluir a los conocimientos especiales en el trabajo de identificación de riesgos penales de las empresas.
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    Juego limpio: Implementación de una estrategia de compliance para evitar los riesgos legales en la comisión de conductas anticompetitivas en la celebración del contrato de category management (CATMAN) para las empresas de consumo masivo
    (Pontificia Universidad Católica del Perú, 2022-01-26) Venero Campana, Jhan Carlo; Tassano Velaochaga, Hebert Eduardo
    El derecho en la actualidad es objeto de una transformación lenta, pero sostenida: los abogados son valorados cada vez más en el ámbito preventivo tanto en el sector privado como el público. De esta forma, el presente trabajo de investigación plantea una solución a los diversos riesgos legales vinculados a la competencia en la celebración y ejecución del contrato de category management (CATMAN) desde un enfoque legal preventivo, toda vez que esta estrategia de trademarketing es un mecanismo exitoso para el mejoramiento de las ventas para los supermercados como para las empresas de consumo masivo; sin embargo, en su aplicación pueden darse situaciones vinculadas a riesgos legales entre competidores, riesgos legales entre distribuidores y supermercados, riesgos en el seno del área de ventas de la empresa que ejecuta el servicio de CATMAN, riesgos de incumplimiento normativo vinculado a faltas administrativas reguladas por el INDECOPI y riesgos reputacionales para la empresa. De esta forma,se plantea que la implementación de una estrategia de compliance en materia de libre competencia es un mecanismo eficiente para regular los diversos riesgos legales antes mencionados en la celebración y ejecución del contrato de CATMAN, para tal fin los objetivos de la investigación son determinar la naturaleza contractual del CATMAN, identificar y describir los diversos riesgos legales derivados del contrato y finalmente el desarrollo de la estrategia de compliance para la empresa que brinda del servicio de la administración de la categoría. La investigación se apoya en los enfoques metodológicos del análisis de riesgos para identificar una solución a la problemática del CATMAN y en el enfoque del derecho comparado para entender la naturaleza de esta figura contractual importada del extranjero. Finalmente, la conclusión de este trabajo ha demostrado que la aplicación de una estrategia de compliance es efectiva para administrar los riesgos de la libre competencia al momento de celebrar y ejecutar el contrato de CATMAN, pues permite al área legal o al oficial de cumplimiento ejecutar medidas que puedan hacer que el contrato se desarrolle con un control adecuado de las áreas trademarketing, marketing y ventas al ejecutar la estrategia comercial.
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    La incidencia del Compliance penal en la teoría jurídica del delito aplicable a la persona jurídica: ¿Es el Compliance penal una causa de atipicidad del injusto penal de la persona jurídica?
    (Pontificia Universidad Católica del Perú, 2021-11-24) Valenza Trujillo, Luz Celeste; Rojas Rodríguez, Héctor Fidel
    La Ley Nro. 30424 – Ley que regula la responsabilidad administrativa de las personas jurídicas en la legislación peruana, incorpora al Compliance penal como una circunstancia determinante de exención o atenuación de la responsabilidad aplicable a la persona jurídica, contexto que suscita la asunción de diversas posturas teórico-- prácticas respecto a la categorización dogmática del delito idónea para su análisis, ya que, dependiendo de la categoría donde se le sitúe (injusto penal o culpabilidad colectiva), las consecuencias materiales y procesales son diversas, tanto a nivel de estándar de imputación necesaria, carga de la prueba, etc. Por ende, dicho análisis se asume como de especial relevancia en este trabajo, porque clarifica el sistema de imputación de responsabilidad de la persona jurídica y brinda criterios interpretativos a nivel doctrinal y práctico. A través de la presente investigación, se pretende demostrar que el defecto de organización o no Compliance penal derivada del incumplimiento del deber de garante del empresario favorece o incentiva, por encima del riesgo permitido la comisión de un delito individual en su seno. Sobre esa base, si el Compliance penal define el riesgo permitido, la categoría del delito que mejor encaja para su comprensión, es la teoría de la imputación objetiva, en concreto, la tipicidad (injusto penal) del delito corporativo, siendo la debida diligencia del empresario premiada con la ausencia de imputación a la empresa. Dicho acogimiento, tiene, entre otras, la consecuencia procesal de que el Ministerio Público describa en etapa de investigación preparatoria el contenido del defecto de organización y asuma la carga de la prueba del delito corporativo atribuido a la persona jurídica.