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Ítem Texto completo enlazado Informe Jurídico sobre la Resolución N° 116-2018/SELINDECOPI: el procedimiento administrativo de eliminación de barreras burocráticas iniciado de oficio por el Indecopi contra el Colegio de Abogados de Lima(Pontificia Universidad Católica del Perú, 2024-08-12) Vidal Ascasibar, Jimena; Francia Acuña, Laura IsabelA través de este informe jurídico se analiza la Resolución N° 116-2018/SELINDECOPI, emitida por la Sala Especializada en Eliminación de Barreras Burocráticas del Indecopi, mediante la cual se dio fin al procedimiento administrativo iniciado de oficio por el Indecopi contra el Colegio de Abogados de Lima (CAL), declarando la ilegalidad de las tres barreras burocráticas impuestas que este impuso. Así, este trabajo académico analiza, por un lado, si las medidas impuestas por el CAL pueden ser objeto de análisis en un procedimiento administrativo de barreras burocráticas; y, por otro lado, si dichas medidas constituyen barreras burocráticas ilegales. Para ello, se han utilizado las normas aplicables y vigentes a la fecha de la controversia, como la Ley de Organización y Funciones del Indecopi; la Ley de eliminación de sobrecostos, trabas y restricciones a la inversión privada; la Ley del Procedimiento Administrativo General y la Ley de Colegio de Abogados; así como jurisprudencia y doctrina referida al tema. De esta manera, a partir de la investigación y análisis realizados, demostraremos que las tres medidas impuestas por el CAL sí pueden ser analizadas en el marco de un procedimiento administrativo de barreras burocráticas, en tanto se enmarcan en la definición legal de barrera burocrática al cumplir con los tres elementos característicos de esta; así como que las tres medidas constituyen barreras burocráticas ilegales, en tanto el CAL no siguió las formalidades para imponer dos de ellas y no es competente para imponer la tercera.Ítem Texto completo enlazado Informe jurídico sobre la Resolución No. 0066-2023/SEL-INDECOPI(Pontificia Universidad Católica del Perú, 2024-08-12) Murdoch Quijandría, Lucas; Francia Acuña, Laura IsabelEl presente informe jurídico tiene por objeto analizar la Resolución No. 0066- 2022/SEL-INDECOPI, emitida por la Sala Especializada en Eliminación de Barreras Burocráticas, mediante la cual resolvió la denuncia interpuesta por Telefónica del Perú S.A.A. contra la Presidencia del Consejo de Ministros por la imposición de barreras burocráticas ilegales y/o carentes de razonabilidad. Telefónica del Perú S.A.A. denunció la exigencia del cobro del Aporte por Regulación del Osiptel utilizando la base de cálculo y las alícuotas establecidas por la Presidencia del Consejo de Ministros, a través del Decreto Supremo No. 134-2021-PCM. La Sala Especializada en Eliminación de Barreras Burocráticas resolvió declarar improcedente la denuncia dado que consideró que las medidas denunciadas no podrían constituir barreras burocráticas. Ello toda vez que se habrían cuestionado elementos esenciales de un tributo, creado por norma de rango legal, en ejercicio de la función legislativa. Mediante el presente trabajo, se analizará lo resuelto en la Resolución No. 0066- 2022/SEL-INDECOPI, de conformidad con la normativa aplicable, los principales antecedentes sobre la materia y la doctrina correspondiente. Se concluirá que la Sala Especializada en Eliminación de Barreras Burocráticas no efectuó un correcto análisis. Correspondía declarar improcedente el extremo referido a la exigencia del cobro del Aporte por Regulación utilizando la base de cálculo materializada en el Decreto Supremo 134-2021-PCM; y, por el contrario, declarar fundado el extremo referido a la exigencia del cobro del Aporte por Regulación utilizando las alícuotas materializadas en el Decreto Supremo 134- 2021-PCM.Ítem Texto completo enlazado Informe Jurídico sobre la Resolución 0164-2023/SEL-INDECOPI del Expediente N° 000134-2022/CEB: WINET Telecom S.A.C vs. Municipalidad Distrital de Miraflores(Pontificia Universidad Católica del Perú, 2024-08-12) Pereyra Pachas, Allison Dayane Stephanie; Moscol Salinas, Alejandro MartínEn el presente informe se analizan los principales problemas jurídicos que surgen en el marco de un procedimiento de barreras burocráticas iniciado por la empresa Wi-net Telecom S.A.C contra la Municipalidad de Miraflores, recaído en el Expediente N° 000134-2022/CEB donde se discute la legalidad y razonabilidad de la exigencia de presentar una autorización de uso de infraestructura de terceros para la instalación de infraestructura de telecomunicaciones. El punto de partida es el análisis de cada uno de los cuatro (4) medios de materialización alegados por Wi-net Telecom S.A.C en la interposición de su denuncia para determinar si la Comisión es competente para pronunciarse sobre ellos y, en consecuencia, si son susceptibles de ser analizados en un procedimiento de barreras burocráticas. Sin perjuicio de ello, es menester de este informe determinar la legalidad de la barrera burocrática objeto de cuestionamiento. Para ello se utilizará el análisis de legalidad empleado por el Indecopi que se divide en 3 aspectos; legalidad de fondo-competencias, legalidad de forma y legalidad de fondo- compatibilidad con otras normas. Finalmente, de manera complementaria se abordarán otros temas tales como la presunta vulneración del principio de continuidad de infracciones por las multas consecutivas impuestas por la Municipalidad, entre otros.Ítem Texto completo enlazado Informe jurídico sobre la Resolución Nº0307-2020/CEBINDECOPI(Pontificia Universidad Católica del Perú, 2024-08-01) Miguel Benitez, Juan Ernesto; Francia Acuña, Laura IsabelProducto del procedimiento administrativo iniciado por la empresa Nutrifish S.A.C. contra el Ministerio de la Producción (PRODUCE) ante la Comisión de Eliminación de Barreras Burocráticas (Comisión) del Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad (INDECOPI), se declaró como barreras burocráticas ilegales todas las exigidas por esta empresa. Este órgano determinó que existía una vulneración al principio de legalidad por la contravención del artículo 9 de la Ley General de Pesca – Decreto Ley 25977. Dicha resolución final quedó firme, imposibilitando al administrado utilizar algún recurso administrativo para solicitar la nulidad de este. Ante ello, lo que procede a realizar PRODUCE es una solicitud de nulidad de oficio ante la secretaria técnica de la Comisión, el cual eleva al superior jerárquico para que dé respuesta a esta. La Sala Especializada en Eliminación de Barreras Burocráticas (Sala) admite a trámite la solicitud procediendo a evaluar la existencia de un vicio que afecte la validez de la resolución emitida por la Comisión y la existencia de una vulneración de un derecho fundamental o un grávido a un interés público. Así pues, la elección del presente expediente evidencia la posibilidad de realizar un análisis sobre las decisiones tomadas por estos dos órganos sobre el cual es posible cuestionar su análisis jurídico sobre barreras burocráticas y la petición de gracia para la toma de sus decisiones de acuerdo a la Ley del Procedimiento Administrativo General- Ley 27444, y la Ley de Prevención y Eliminación de Barreras Burocráticas – Decreto Legislativo 1256.Ítem Texto completo enlazado Informe jurídico sobre la Resolución No. 0102-2024/ SEL-INDECOPI(Pontificia Universidad Católica del Perú, 2024-08-01) Carlos Visso, Mayra Alessandra; Montenegro Monteza, Favio MartínEn muchas ocasiones, el crecimiento económico y social de un país se ver mermado por medidas ilegales o arbitrarias, desincentivando la inversión económica o reduciendo las opciones de la población para acceder a diversos servicios en el sector privado. Es en estas situaciones que la Comisión de Eliminación de Barreras Burocráticas juega un rol sumamente importante al momento de eliminar estas barreras y así asegurar la libertad de empresa. Este rol es aún más imprescindible cuando, colateralmente, estas barreras ilegales o arbitrarias atentan no solo contra los intereses de agentes económicos, sino también contra intereses públicos. Es por ello que, en el presente informe, analizaremos la Resolución No. 0102- 2024/SEL-INDECOPI, pues esta refleja el impacto que tienen las decisiones del Indecopi en materia de eliminación de barreras burocráticas. En el caso en particular, analizaremos la decisión de la Sala de Eliminación de Barreras Burocráticas del Indecopi en torno a declarar barreras burocráticas carentes de razonabilidad las disposiciones emitidas por el Ministerio de Salud recaídas en el Decreto Supremo No. 014-2012-SA y la Resolución Directoral No. 006- 2015/DIGEMID-MINSA, que prohíben a las farmacias y boticas del país ofrecer dentro de dichos establecimientos atención médica primaria y la venta de víveres no perecibles. Para ello, analizaremos la legalidad y razonabilidad de las disposiciones denunciadas en los términos del Decreto Legislativo No.1256 y, finalmente, veremos si la decisión de la Sala cumple o no con los fines del régimen de Eliminación de Barreras Burocráticas.Ítem Texto completo enlazado Informe sobre expediente de relevancia jurídica N°000137-2018/CEB-INDECOPI, E-2800. Procedimiento de Eliminación de barreras burocráticas iniciado por Energigas S.A.C. contra el organismo supervisor de la inversión en energía y minería(Pontificia Universidad Católica del Perú, 2024-04-29) Mansilla Peláez, Diego Alonso; Mendoza Choza, Francisco RamónEl presente informe jurídico analiza el procedimiento de eliminación de barreras burocráticas, el cual resuelve la denuncia interpuesta por la empresa ENERGIGAS S.A.C. contra el Organismo Supervisor de la Inversión en Energía y Minería por la presunta imposición de dos barreras burocráticas ilegales y carentes de razonabilidad, materializadas en los párrafos segundo, así como tercer y cuarto del artículo 17A del Anexo 1 de la Resolución de Consejo Directivo N° 191-2011-OS/CD. El análisis desarrollado en el presente informe tiene como objetivo dar respuesta a tres problemas jurídicos que consisten, en primer lugar, en determinar si las barreras burocráticas materia de cuestionamiento son ilegales dentro de aspectos establecidos en la Ley de Prevención y Eliminación de Barreras Burocráticas. En segundo lugar, se tiene el problema jurídico de si correspondía o no que la Comisión de Eliminación de Barreras Burocráticas del Indecopi analice la razonabilidad de la primera barrera burocrática, materializada en el segundo párrafo del artículo 17A. Por último, el tercer y último problema jurídico consiste en establecer si la primera barrera burocrática carecía o no de razonabilidad. Para dar respuesta a los problemas jurídicos antes mencionados, se analizará el cumplimiento de la normativa aplicable en Derecho Administrativo, en lo referente a actos administrativos, requisitos que puede solicitar la Administración Pública, así como normativa transversal a todo el ordenamiento jurídico como es la aplicación de la normativa en el tiempo. De igual manera, se consideran criterios de interpretación jurídica como el criterio teleológico y el método de interpretación sistemática, así como los principios que sustentan fundamentalmente el procedimiento administrativo. Todo ello, tomando en consideración la realidad y los efectos que tiene en la práctica la regulación en los agentes que desarrollan actividades de hidrocarburos.Ítem Texto completo enlazado Informe sobre Resolución N° 0190/CEB-INDECOPI(Pontificia Universidad Católica del Perú, 2024-02-13) Hidalgo Quispe, Gustavo Valentino; Moscol Salinas, Alejandro MartínLa Constitución de 1993 reconoce la participación de las personas en la economía nacional a través de la puesta en práctica del derecho de libertad de empresa bajo un contexto en el que la iniciativa es privada y se mueve en el marco de la economía social de mercado, donde el Estado establece políticas y regulaciones que velan por proteger tales derechos; sin embargo, resultará necesario que sea limitado o restringido con el objetivo de velar por el interés público. Las condiciones establecidas y emitidas por el Estado imponen barreras burocráticas que limitan dichas libertades, cuya validez se basará en principios de legalidad y razonabilidad; debido a que de lo contrario, se causaría un perjuicio a la actividad privada con los requisitos, exigencias, cobros y/o prohibiciones que imponen las Entidades como las Municipalidades, en virtud de su autonomía constitucionalmente reconocida y desarrollada mediante leyes como la Ley N° 27783, Ley de Bases de la Descentralización y la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, Ley N° 28976, Ley Marco de Licencia de Funcionamiento y la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General; sin embargo, debe ser ejercida observando todo el ordenamiento jurídico. En ese sentido, las condiciones establecidas por las Municipalidades que limitan la libertad de empresa, a través de la imposición de un horario de apertura y/o cierre a los establecimientos comerciales, son barreras burocráticas que podrían ser declaradas ilegales o irrazonables por la entidad competente para ello.Ítem Texto completo enlazado Análisis de la Resolución Nº 0278-2015/SDC-INDECOPI en torno a la denuncia interpuesta por Farmacia Universal(Pontificia Universidad Católica del Perú, 2023-08-01) Solano Avalos, Fiorela Maria; Francia Acuña, Laura IsabelEl informe jurídico analiza principalmente dos problemas jurídicos principales identificados en virtud de la Resolución Nº 0278-2015/SDC-INDECOPI1, que declaró barrera burocrática ilegal y/o carente de razonabilidad la disposición administrativa contenida en el numeral 34 del artículo 2º, artículos 4º y 33º del Reglamento de Establecimientos Farmacéuticos, que exigen a los propietarios titularse como químicos farmacéuticos para denominar “farmacia” a sus establecimientos farmacéuticos. El primer problema jurídico principal refiere a la pertinencia de la entidad a exigir el cumplimiento de disposiciones administrativas contenidas en normas reglamentarias los cuales transgreden la finalidad de su ley primigenia; y, el segundo, sobre la viabilidad de que Indecopi proceda con ordenar la inaplicación con efectos generales de las barreras burocráticas irrazonables materializadas en disposiciones administrativas. Para el análisis de los problemas jurídicos reseñados, tomé como referencia su base legal, exposición de motivos, proyectos de ley y documentos internos de Indecopi en el cual realizan críticas a las modificatorias del Decreto Legislativo Nº 1256, aprobadas mediante la Ley Nº 31775; así como, la doctrina nacional correspondiente. Finalmente, las conclusiones son las siguientes: en primer lugar, sobre relevancia que el reglamento cumpla con las formalidades necesarias a fin de que guarde concordancia con su ley primigenia; y, en segundo lugar, respecto la importancia que Indecopi declare la inaplicación con efectos generales de las barerras burocráticas irrazonables contenidas en disposiciones administrativas.Ítem Texto completo enlazado Análisis de los factores que dificultaron la implementación de la Norma Técnica para la Gestión de la Calidad de Servicios en el Sector Público(Pontificia Universidad Católica del Perú, 2023-07-12) Matos Solórzano, Rocío del Pilar; Dargent Bocanegra, Eduardo HernandoEn las últimas décadas, el Estado Peruano entra en un proceso de modernización, con el fin de mejorar la gestión pública al servicio del ciudadano. Mediante la Política de Modernización de la Gestión Pública al 2021, se establece que esta visión debe traducirse en una gestión pública orientada a resultados, a través del acceso a bienes y servicios públicos de calidad. En línea con lo anterior, la Secretaría de Gestión Pública, como rector del Sistema Administrativo de Modernización de la Gestión Pública impulsa una reforma en gestión de la calidad de servicios sobre la base de un diagnóstico efectuado de avances realizados en los últimos años. La presente investigación explora los factores claves que dificultan la implementación de la Norma Técnica para la Gestión de la Calidad de Servicios en el Sector Público. Para realizar este análisis, se revisa la literatura sobre fallas en la implementación de políticas y reformas, lo cual permite contrastar y problematizar los hallazgos obtenidos en el estudio. El informe encuentra que el contexto y las características de la burocracia son un factor clave a considerar en el diseño y que, en esta experiencia, la ausencia de la misma impacta en los objetivos de la reforma. Producto de este y otros factores que dificultan la aplicación de la norma en las entidades del tramo I, se generan condiciones para la suspensión del instrumento de gestión a fines del año 2021.Ítem Texto completo enlazado lnforme Jurídico sobre Resolución N° 0102-2014/CEB-INDECOPI del Expediente N° 0284-2013/CEB(Pontificia Universidad Católica del Perú, 2023-02-27) Salazar Briceño, Jhunelly Margoth; Moscol Salinas, Alejandro MartínMediante eI presente informe jurídico se anaIiza el Expediente N° 0284-2013/CEB INDECOPl, relacionado a la denuncia impuesta por Aba Singer & CIA S.A.C contra Ia MunicipaIidad MetropoIitana de Lima, por la supuesta imposición de una barrera burocrática iIegal y carente de razonabiIidad. El informe identifica y analiza dos problemas jurídicos que fueron abordados por los órganos resolutivos. El primero, se basa de determinar la legaIidad de la medida cuestionada; y, el segundo, en determinar la razonabiIidad de la medida cuestionada. Como base al presente análisis, se desarrollan consideraciones preIiminares que debemos tener en cuenta como el marco normativo sobre el cual se analizarán los problemas jurídicos, la definición de las barreras burocráticas con la finalidad de identificar el tipo de barrera cuestionada y, por último, la metodoIogía apIicabIe al procedimiento de eIiminación de barreras burocráticas. Finalmente, al finalizar la revisión del presente informe jurídico podremos tener un claro entendimiento sobre la definición y naturaleza de las barreras burocráticas, sobre los derechos que fundamentan la necesidad de un procedimiento administrativo que tenga por finalidad identificar y disponer la eIiminación de las barreras burocráticas, sobre el procedimiento adecuado para identificar su legaIidad y/o razonabiIidad, sobre los efectos que generan las decisiones de los órganos resolutivos al identificar una barrera burocrática carente de legaIidad y/o razonabiIidad, habiendo resuelto con ello los problemas jurídicos identificados.