Derecho de Protección al Consumidor

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    Entre el deber de idoneidad y la discriminación en el consumo: análisis de la Resolución 2758-2019/SPC-INDECOPI
    (Pontificia Universidad Católica del Perú, 2024-04-01) Ramirez Camana, Valeria Liz; Manzur Filomeno, Karin Paola
    En el marco del surgimiento o consolidación de tendencias sociales y su inevitable influencia en diversos sectores, como en las dinámicas comerciales; el presente artículo, pretende exponer uno de los escenarios controvertidos, propios de este contexto, en el ámbito del derecho de protección al consumidor; por lo cual, mediante el análisis de la Resolución N.º 2758-2019/SPC-INDECOPI, se evaluará la problemática surgida a partir de la confrontación de una estrategia comercial tradicional -en el sector de la industria de restaurantes-, frente a los nuevos preceptos sociales referentes a la conceptualización actual de la imagen y rol de la mujer en la sociedad. Asimismo, como parte del análisis de realizarse, se profundizará sobre los alcances y finalidad de las figuras jurídicas de discriminación en el consumo, así como en torno al deber de idoneidad, las cuales devienen en relevantes a efectos de evaluar y/o cuestionar un posible tipo infractor, así como la graduación de la sanción respecto del caso en cuestión.
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    ¿Objeto o Pastel? Sobre la Desnaturalización del Papel de las Asociaciones de Consumidores en Procedimientos Sancionadores de Oficio
    (Pontificia Universidad Católica del Perú, 2023-04-18) Legua Zúñiga, Claudia Fernanda; Durand Carrión, Julio Baltazar
    El presente artículo se concentra en la figura de las asociaciones de consumidores, quienes cuentan con la capacidad jurídica y habilitación legal necesaria para interponer y formar parte de las denuncias frente a Indecopi. Sin embargo, Indecopi además ha permitido que estas organizaciones participen en procedimientos de oficio en la calidad de tercero, a partir de una interpretación del artículo 107º del Código de Protección y Defensa del Consumidor (Ley Nº 29571), lo cual pareciera ir en contra de su naturaleza. Así, en el artículo, analizaremos si la interpretación es válida y revisaremos los argumentos en contra que existen. Para nuestro análisis, observaremos el marco regulatorio administrativo en general, así como el específico en materia de protección al consumidor. Asimismo, revisaremos la actuación de Indecopi en los últimos años, para evaluar su criterio. Especialmente, nos concentraremos en un caso reciente, respecto a un procedimiento de oficio iniciado contra Hipermercados Tottus S.A. y Gelafrut S.R.L. por la puesta a disposición del Panetón Tottus, el cual contendría una cantidad de grasas trans mayor a la legalmente permitida. En el procedimiento, se permitió la participación del Instituto del Derecho Ordenador del Mercado. Observaremos este fenómeno como un ejemplo de que la participación de las asociaciones en procedimientos de oficio no solo no se encuentra justificadas, si no que obstaculiza y tiene efectos negativos en el procedimiento.
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    La aplicación del concepto de discriminación en el consumo en el Perú : los casos del Indecopi y del Tribunal Constitucional
    (Pontificia Universidad Católica del Perú, 2019-04-08) Prado Huayanay, Rubí Kelita; Durand Carrión, Julio Baltazar
    La Constitución peruana reconoce el derecho a la no discriminación. No obstante, aún existen casos –solapados o explícitos- de discriminación a las personas. Este fenómeno está presente en las relaciones de consumo, negando el acceso o disfrute de servicios o bienes a determinados consumidores por causas no objetivas ni razonables. Si bien en el Perú existe un marco regulatorio que proscribe la discriminación en el consumo, no hay criterios uniformes para determinar qué actos lo constituyen. Esto dificulta a los consumidores identificar cuándo se encuentran ante un caso de discriminación, y genera un problema a los proveedores, que suelen realizar diferenciaciones para identificar –o atender– un público objetivo. El presente trabajo analiza los diferentes criterios establecidos por el Tribunal Constitucional y por los órganos resolutivos del Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual, a fin de esbozar un concepto uniforme de discriminación en el consumo. Siguiendo al Tribunal Constitucional, se produce un supuesto de discriminación cuando se realiza un trato diferenciado no justificado, objetiva ni razonablemente. Por lo tanto, no todo trato diferenciado constituirá discriminación, pues si cumple con los requisitos de objetividad y razonabilidad será considerado lícito. Sobre esta base, la discriminación en el consumo se producirá cuando el proveedor, que brinda un servicio o producto, hace distinciones no objetivas ni razonables hacia el consumidor, ya sea en el desarrollo de la relación de consumo o en una etapa previa a esta. Para determinar lo objetivo y razonable será necesario identificar un trato diferente y su intensidad, es decir el grado de afectación al derecho a la igualdad y a los derechos relacionales que también afecta. Posteriormente, se deberá realizar la evaluación de proporcionalidad en la que se identificará la finalidad del tratamiento diferenciado, su idoneidad, necesidad y proporcionalidad en estricto.