Derecho y Sociedad. Núm. 51 (2018)

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Tabla de Contenido

  • Editorial Pinto Córdova, Arianda Juana; 9-10

  • Parte Orgánica Constitucional
  • La dignidad humana y los derechos fundamentales García Toma, Víctor; 13-31
  • El Derecho Constitucional sobre Derechos Humanos Castillo Córdova, Luis; 33-42
  • El Derecho y la Política de la autodeterminación indígena: El significado del derecho a la consulta previa Merino, Roger; 43-58
  • Del dicho al hecho hay mucho trecho: Sobre la gestión integrada del agua en el Perú Guevara Gil, Armando; Nuñovero Cisneros, Lucía; 59-69
  • Principio-derecho a la igualdad y la pensión por invalidez en el Sistema Privado de Pensiones: ¿discapacidad es igual a preexistencia? Espino Layza, María Alejandra; 71-87
  • El Currículo Nacional de Educación Básica en debate: derechos de la infancia y límites de la responsabilidad parental Ramírez Huaroto, Beatriz May Ling; 89-102
  • La maternidad subrogada gestacional altruista en el Perú: problemática y desafíos actuales Rupay Allcca, Lourdes Karolina; 103-117
  • La reserva y confidencialidad en la relación médica como manifestación del derecho constitucional a la intimidad Almonacid Flores, Carlos Alberto; 119-130
  • El derecho constitucional a la libertad sindical: una mirada actual a su contenido y alcances Quiñones Infante, Sergio; 131-141
  • La Ley N° 30683 que restablece la nivelación pensionaria en el Régimen de Pensiones Militar Policial: ¿Resulta ser constitucional o inconstitucional? Abanto Revilla, César; Paitán Martínez, Javier; 143-159
  • La cadena de violencia legal contra mujeres trans: de la falta de protección ante la violencia física a causa del Derecho generizado a la resistencia como sujeto productor de conocimiento Bravo Valderrama, María Patricia; 161-175
  • Comentario del proyecto de reforma constitucional chileno Zúñiga Urbina, Francisco; 177-190
  • ¿Han funcionado las Constituciones del nuevo constitucionalismo latinoamericano? Martínez Dalmau, Rubén; 191-205

  • Sección Especial
  • Alternativas a la democracia constitucional liberal S.Law, David; 209-222
  • Un ejercicio de realismo jurídico Guastini, Riccardo; 223-232
  • Los Derechos Constitucionales como sobornos Dixon, Rosalind; 233-263
  • La Libertad Económica y su Protección Constitucional en Chile e Hispanoamérica: Especial Referencia al caso de Perú Navarro Beltrán, Enrique; 265-282

  • Misceláneas
  • Responsabilidad civil y medidas provisionales: Breves anotaciones a la propuesta de reforma del Código Procesal Civil peruano Campos García, Héctor; 283-295
  • Los movimientos sociales en la globalización, las nuevas tecnologías y la Administración Pública Candela Talavero, José Enrique; 297-305
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      Alternativas a la democracia constitucional liberal
      (Pontificia Universidad Católica del Perú, 2019-06-04) S. Law, David
      El atractivo global de la democracia constitucional liberal –definida como un sistema multipartidario competitivo con un gobierno con límites constitucionales– no puede tomarse por sentado dada la existencia de la competencia de otras formas de gobierno que parecen exitosas en una serie de aspectos prácticos y como consecuencia gozan de altos niveles de aceptación. Los defensores de la democracia constitucional liberal deben estar preparados para explicar y defender la capacidad de este modelo para satisfacer las necesidades políticas de primer orden. Un sistema de gobierno no puede manejar aceptación popular a menos que asegure poder lidiar con los problemas de opresión, tribalismo y falta de seguridad física y económica. Considerando ello, las ventajas de la democracia constitucional liberal por sobre las alternativas de la democracia social del tipo visto en Escandinavia, y la burocracia autoritaria del tipo visto en algunas partes de Asia, no son tan evidentes. Tan solo en Asia, la gama de alternativas a la democracia constitucional liberal van desde la no-democracia no-liberal en China, un gobierno liberal unipartidario en Japón, la democracia constitucional no-liberal en Singapur, la no-democracia constitucional liberal en Hong Kong, y la monarquía hereditaria en Bután.