Núm. 66 (2011)

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Tabla de Contenido


Presentación
  • Editorial Facultad de Derecho, PUCP; 9-10

  • Entrevista
  • Entrevista al doctor Ricardo Salazar Chávez ex presidente del Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado Revilla, Ana; 13-28

  • Sección Principal
  • Los principios del Derecho global de la contratación pública Rodriguez-Arana Muñoz, Jaime; 29-54
  • El equilibrio económico en los contratos administrativos Rodriguez, Libardo; 55-87
  • Sobre la complejidad del Estado y las contrataciones administrativas Rodriguez García, Armando; 89-106
  • Los avances y problemas de la contratación con el Estado Hernández Mendible, Víctor Rafael; 107-129
  • ¿Qué se requiere realmente para contar con compras gubernamentales más eficientes? ¿Basta con modificaciones normativas? Una mirada a los procesos de selección sujetos a la legislación de contrataciones del Estado Prudencio Gamio, Sofía; 131-145
  • Contratación Pública electrónica en Europa y América Latina Delpiazzo, Carlos; 147-167
  • El contrato administrativo: ¿lex inter partes o ius vivandi? Coviello, Pedro José Jorge; 169-194
  • La transparencia en la ley de contrataciones del Estado Revilla, Ana; 195-221
  • Una concepción iusadministrativista de los contratos públicos Meilán Gil, José Luis; 223-245
  • Compras corporativas estatales: el regalo guardado en el armario Hernández Diez, Sandro; 247-256
  • El procedimiento de la licitación pública Ivanega, Miriam Mabel; 257-276
  • La subasta inversa: un mecanismo de contratación pública eficiente y transparente Bossano Lomellini, Luis Miguel; 277-285
  • Redefiniendo la política de promoción de las MYPE en las compras estatales Caroy Zelaya, Miguel; 287-299
  • Acuerdos de promoción comercial y contrataciones estatales: especial referencia a los límites de los poderes públicos en el espacio jurídico global Rojas Montes, Verónica; 301-318
  • El arbitraje y los adicionales de obra Castillo Freyre, Mario; Sabroso Minaya, Rita; 319-333
  • Consideraciones sobre la contratación pública sostenible ("verde") Foy Valencia, Pierre; 335-350
  • Consideraciones críticas sobre el contrato administrativo en Brasil Gesta Leal, Rogério; 351-369
  • El fideicomiso de acciones de la sociedad concesionaria como garantía de los acreedores en la concesión de obra con servicio público en Costa Rica Ortiz Zamora, Luis; 371-383
  • Sobre los determinantes de la colusión en las compras públicas: el caso de Chile Martínez, Juan Francisco; Escobar, David; Loyola, Claudio; 385-417
  • Contratos públicos y contratos administrativos en el nuevo Código de los Contratos Públicos de Portugal Aroso de Almeida, Mario; 419-441
  • Mutabilidad de los contratos de la administración en el Derecho Uruguayo Cajarville Peluffo, Juan Pablo; 443-468
  • Los vicios de la contratación pública en México Fernández Ruiz, Jorge; 469-488
  • Lecciones y aportes del Claustro Pleno de Derecho 2010 Albán Peralta, Walter; 491-492
  • Enclaustrados por el Derecho: Memorias del Claustro Pleno de Derecho 2010 Matos, Margarett; 493-505
  • Actividades del semestre 2011-I Villavicencio Ríos, Alfredo; 509-524
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      Contratos públicos y contratos administrativos en el nuevo Código de los Contratos Públicos de Portugal
      (Pontificia Universidad Católica del Perú. Fondo Editorial, 2011-01-01) Aroso de Almeida, Mario
      El Código de los Contratos Públicos (CCP) regula, por un lado, los procedimientos de formación de la generalidad de contratos públicos y, por otro lado, establece el régimen aplicable a la generalidad de los contratos administrativos. En atención a ellos, un contrato celebrado por una entidad pública podrá no ser un contrato administrativo y, sin embargo, tampoco será un contrato de derecho privado, más sí un contrato público. En estos casos, a pesar de no tratarse de un contrato de Derecho administrativo, su relevancia pública lo somete a un procedimiento de formación regulado por normas propias del Derecho administrativo, de donde resulta que es calificado como un contrato público, en el sentido y para el efecto en que el Derecho de la Unión Europea utiliza esta expreisón.