Explorando por Autor "Castro Barriga, Carlos David Alberto"
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Ítem Texto completo enlazado Una adecuada organización de los órganos jurisdiccionales en la justicia constitucional desde los principios del buen gobierno para mejorar el amparo en el Perú(Pontificia Universidad Católica del Perú, 2017-05-08) Dueñas Perez, Roy Alberto; Castro Barriga, Carlos David AlbertoLa Garantía Constitucional del Amparo es un proceso especial que se distingue de los procesos ordinarios por ser rápido, sencillo y eficaz, cuya finalidad no solo es la restitución de un derecho individual vulnerado, sino también la interpretación y perfeccionamiento de la Constitución; en ese sentido, pese a su importancia, también se encuentra afectado por los problemas de los que adolece el Sistema de Justicia en la actualidad, inconvenientes que ya fueron detectados hace varios años, pero que no encuentran solución, no por la inacción o falta de interés en ellos, sino por la falta de un correcto dimensionamiento del problema y lo que ello implica, es por eso que creo necesario realizar un análisis desde los principios de Buen Gobierno para comprender su correcto significado, pues entiendo que el Buen Gobierno nos dará luces en este camino lúgubre desde los problemas del Sistema de Justicia, hasta las valores fundamentales que sirven de base a nuestro Estado. Una vez entendido ello, propongo alternativas como la implementación de organismos destinados a impulsar el empoderamiento de las personas y con ello su participación activa, para afianzar el valor del capital social y con ello el principio de participación; la destinación de mayores recursos a la justicia constitucional debido a su naturaleza especial y de urgencia; mayor capacitación de jueces y personal asignado a cada órgano jurisdiccional, generando a su vez una conciencia de identidad con el Sistema de Justicia, así como cumplir con el reto de reducir el problema de los jueces provisionales y supernumerarios, generando calidad en la labor de los actores involucrados en el Sistema de Justicia.Ítem Texto completo enlazado Alcances de la concesión como título habilitante idóneo para la gestión indirecta del servicio público local de mercados(Pontificia Universidad Católica del Perú, 2020-06-15) Garibay Aguirre, Raisa Melody; Castro Barriga, Carlos David AlbertoEl servicio público de mercados implica el abastecimiento y comercialización de productos y servicios para la población1 . De acuerdo con nuestra normativa, este servicio público es responsabilidad de los gobiernos locales y por tanto estos son los llamados a garantizarlo. Ahora bien, dicho servicio público se desarrolla en las instalaciones que corresponden a los mercados de abastos, los cuales se encargan de abastecer a la población, teniendo muy buena acogida por lo asequible de los precios. Según la Encuesta Nacional de Hogares del año 2014, el 50% de los hogares realizó sus compras en mercados minoristas, el 6% en los mercados mayoristas, el porcentaje restante se distribuyó entre comerciantes informales, bodegas, supermercados, entre otros. A pesar de la buena aceptación de los mercados de abastos, la realidad nos muestra que la infraestructura de las instalaciones en las cuales se brinda este servicio dista de tener las mejores condiciones para su prestación; de igual manera, existen deficiencias prácticas de salubridad que podrían poner en riesgo la salud de los usuarios del servicio, entre otros. En el presente trabajo, señalaremos las razones que nos hacen considerar a la concesión como el mecanismo idóneo para lograr una prestación eficiente del servicio público de mercados. Es así que, comenzaremos analizando lo que significa hablar del servicio público en la estructura descentralizada del Estado, específicamente lo que implica el servicio público de mercados, para luego analizar la concesión y sus características que nos hacen considerarla la mejor opción para la prestación de este servicio público local.Ítem Texto completo enlazado El Buen Gobierno en las Contrataciones del Estado: La metodología del Total Cost of Ownership como propuesta para mejorar la determinación y aplicación de los factores de evaluación de ofertas(Pontificia Universidad Católica del Perú, 2021-07-14) Castro Barriga, Carlos David Alberto; Villavicencio Benites, Luis FernandoLas normas que regulan el ciclo de la contratación pública otorgan un amplio margen de discrecionalidad para determinar los factores de evaluación, siendo el precio el único obligatorio entre otros de carácter facultativo. La aplicación de principios de buen gobierno puede contribuir a un adecuado ejercicio de la discrecionalidad conferida aplicando instrumentos, tales como la metodología denominada Total Cost of Ownership, que permitan justificar técnicamente la elección de determinados factores de evaluación con la finalidad de garantizar una adecuada relación calidad-precio.Ítem Texto completo enlazado La Buena Administración y la calidad de los procedimientos administrativos en la regulación portuaria de la selva(Pontificia Universidad Católica del Perú, 2022-03-30) Gutiérrez Vega, Nelly Renee; Castro Barriga, Carlos David AlbertoEn la zona fluvial, especialmente en Iquitos, los titulares de embarcaderos no cumplen con la normativa portuaria, debido a que en el diseño del procedimiento administrativo de Viabilidad Técnica Temporal Portuaria no se ha aplicado adecuadamente el análisis de calidad regulatoria, obstaculizando que el administrado pueda continuar con los demás procedimientos administrativos hasta obtener la licencia portuaria, que otorga la autorización para la operación de la instalación portuaria. El examen del mencionado procedimiento administrativo a partir de los principios de necesidad, de efectividad y de proporcionalidad del análisis de la calidad regulatoria (excepto el principio de legalidad, dado que, la Autoridad Portuaria Nacional es la única entidad competente para otorgar las vialidades técnicas a los proyectos portuarios) nos permite advertir que en la selva es necesaria una regulación diferenciada que tenga en consideración la realidad de la zona fluvial. La informalidad en la zona fluvial pone en riesgo a la población, toda vez que los embarcaderos informales no cumplen con las medidas de protección y de seguridad, debido a que son desarrollados por personal que no cuenta con conocimientos básicos para brindar los servicios y las actividades portuarias con estándares de calidad idóneos; produciéndose accidentes que han cobrado vidas humanas y pone en riesgo la vida los pobladores.Ítem Texto completo enlazado Caso de la regulación del Referendum: Expediente 0001-2022-PI/TC – Demanda de inconstitucionalidad contra la Ley 31399, Ley que regula el referendum(Pontificia Universidad Católica del Perú, 2023-08-08) Véliz Merino, Betsabé Saray; Castro Barriga, Carlos David AlbertoEn este caso, se impugna la Ley 31399 en Perú. El problema principal consiste en determinar si la ley cumple con los requisitos y procedimientos constitucionales para su aprobación, y si su contenido vulnera principios constitucionales. También se cuestiona si las restricciones adicionales al referéndum y la condición de aprobación previa del Congreso violan el derecho de participación política directa de la ciudadanía y otros derechos constitucionales y de derechos humanos. El análisis identifica problemas secundarios relacionados con la limitación del ejercicio del derecho de participación ciudadana, el equilibrio de poderes, la participación en la elaboración de un nuevo texto constitucional y el respeto a los límites constitucionales por parte del Congreso. Se concluye que la Ley 31399 no cumple con los requisitos constitucionales, vulnerando principios constitucionales y derechos fundamentales. Además, viola el derecho de participación política directa de la ciudadanía al establecer restricciones adicionales y condicionar la convocatoria del referéndum al Congreso. Se recomienda revisar y enmendar la ley, asegurando su conformidad con la Constitución y respetando el derecho de participación política directa. También se sugiere promover una participación ciudadana más directa en la elaboración de un nuevo texto constitucional, en consonancia con la democracia participativa y el interés general. En resumen, la Ley 31399 en Perú no cumple con los requisitos constitucionales, vulnerando principios y derechos fundamentales. Se recomienda revisar la ley y fomentar la participación ciudadana en la elaboración constitucional.Ítem Texto completo enlazado El Compliance Público: instrumento anticorrupción y de buena administración(Pontificia Universidad Católica del Perú, 2020-05-27) Navas Bustamante, Ana Carolina; Castro Barriga, Carlos David AlbertoLa corrupción pública es uno de los más graves problemas que enfrentan los Estados Modernos debido a que dificulta el desarrollo económico, desestabiliza la gobernabilidad democrática e imposibilita el ejercicio de los derechos fundamentales, limitando el desarrollo humano y atentando contra el fin supremo del Estado: garantizar el respeto de los derechos humanos y promover el bienestar general. En esta última década, el Estado Peruano ha venido implementando medidas de “lucha” contra la corrupción fundamentalmente coercitivas a través del ejercicio del Ius Puniendi. Sin embargo, dichos esfuerzos han resultado insuficientes para reducir los altos niveles de corrupción que aún persisten. Para ello, el presente trabajo académico tiene como objetivo enfatizar la urgencia de contar con “nuevas estrategias anticorrupción en las administraciones públicas” que sean de calidad y eficientes, orientadas a prevenir y detectar casos de corrupción, fundamentadas a partir del desarrollo de los principios jurídicos y constitucionales de buena administración y el deber de lucha contra la corrupción; y proponer la implementación del compliance público como una novedosa herramienta anticorrupción que promueve el mejoramiento la gestión pública, permitiendo optimizar los recursos públicos (económicos y humanos) e incrementando la eficiencia en el ejercicio de la función públicaÍtem Texto completo enlazado El derecho a la educación de las adolescentes de 12 a 17 años en zonas rurales : Análisis bajo el enfoque de derechos de la Estrategia Centros Rurales de Formación en Alternancia(Pontificia Universidad Católica del Perú, 2016-10-14) García Arcia, Gabriela; Castro Barriga, Carlos David AlbertoEl acceso al derecho a la educación en zonas rurales sigue siendo un desafío para el Estado peruano, ya que el 30%2 de las adolescentes rurales no se matriculan en la escuela secundaria debido a que los colegios son poco accesibles o porque prefieren trabajar en el campo.Ítem Texto completo enlazado Informe jurídico de la Resolución 0116-2018/SEL-INDECOPI(Pontificia Universidad Católica del Perú, 2021-08-18) Gutiérrez Asencios, Diego Alonso; Castro Barriga, Carlos David AlbertoEn el presente informe jurídico se analiza la Resolución Nº 0116-2018/SEL-INDECOPI, correspondiente al procedimiento de oficio seguido por el Indecopi contra el Colegio de Abogados de Lima. A tal efecto, el autor aborda la metodología del procedimiento de eliminación de barreras burocráticas a cargo del Indecopi y la evolución normativa del concepto de barrera burocrática en el ordenamiento jurídico peruano, así como los fundamentos constitucionales y legales de los procedimientos seguidos en sede administrativa sobre la materia.Ítem Texto completo enlazado Informe Jurídico de la Sentencia del Pleno Jurisdiccional del Tribunal Constitucional (Expediente N° 042-2004-AI/TC), demanda de inconstitucionalidad interpuesta por Alejandro Lobatón Donayre y más de cinco mil ciudadanos, contra el artículo 54° del Decreto Legislativo N° 776, Ley de Tributación Municipal, modificada por el Decreto Legislativo N° 952, que establece la exoneración por motivos culturales al impuesto a los espectáculos públicos no deportivos(Pontificia Universidad Católica del Perú, 2021-02-24) Salazar Tarazona, Christian Michel; Castro Barriga, Carlos David AlbertoEl informe tiene como objetivo analizar la Sentencia del Tribunal Constitucional referente a una acción de inconstitucionalidad del Decreto Legislativo Nº 776, Ley de Tributación Municipal, en lo concerniente a la aplicación de la calificación cultural de espectáculos públicos no deportivos, en tanto que la ciudadanía dispone que el beneficio tributario no puede estar condicionado a un acto emitido por una entidad pública. Asimismo, los demandantes sostienen que no es viable otorgar la calificación cultural a un espectáculo no previsto en la citada norma. Por ello, la posición desarrollada en el presente informe es a favor de lo dispuesto por el Tribunal Constitucional en relación al análisis en materia tributaria; sin embargo, se crítica el desarrollo constitucional del tribunal en materia cultural, debido a que para mantener el beneficio fiscal dentro del ordenamiento, el Tribunal establece criterios para su aplicación, los cuales contravienen los principios de un Estado de Cultura. De esta forma, el informe sustenta su desarrollo principalmente a través de la sistematización de doctrina y realiza un análisis normativo del desarrollo y las referencias a los conceptos de Estado de Cultura, Constitución Cultural y derechos culturales. Es así como, se concluye que el Tribunal Constitucional emitió un fallo donde reconoce implícitamente la función cultural de los poderes públicos; sin embargo, debido a un intento de unificar los conceptos del valor cultural, se estableció la obligación de no promover ciertos tipos de espectáculos que devienen en espacios de interpretación que podrían generar mecanismos de censura previa. Finalmente, el informe busca brindar una reflexión sobre el desarrollo del valor de cultura a nivel de todos los poderes públicos.Ítem Texto completo enlazado Informe jurídico de la Sentencia del Tribunal Constitucional N° 00032-2021-PI/TC : Caso de la cuestión de confianza II(Pontificia Universidad Católica del Perú, 2022-08-11) Alejos Mata, Omar Alejandro; Castro Barriga, Carlos David AlbertoEl presente trabajo tiene por objetivo analizar la sentencia del Tribunal Constitucional peruano N° 00032-2021-PI/TC, “Caso de la cuestión de confianza II”, por el cual el Poder Ejecutivo interpone demanda de inconstitucionalidad contra la Ley N° 31355, Ley que desarrolla el ejercicio de la cuestión de confianza regulada en el último párrafo del artículo 132 y en el artículo 133 de la Constitución Política del Perú”, la cual fue aprobada por insistencia y promulgada por el Congreso de la República. Tratándose de un proceso de inconstitucionalidad, se requerían cinco votos para declarar la demanda fundada y, consecuentemente, inconstitucional la ley impugnada. Sin embargo, este hecho no se produjo, pues cuatro magistrados emitieron votos singulares declarando infundada la demanda y sólo dos magistrados votaron a favor de declarar la inconstitucionalidad de la Ley N° 31355. En ese sentido, en el presente trabajo se sostendrá que, contrariamente a lo decidido por el Tribunal Constitucional, la Ley N° 31355 es inconstitucional, tanto por la forma como por el fondo. Para ello, se seguirá la estructura propuesta por el exmagistrado Espinosa-Saldaña en su ponencia, incluyendo las consideraciones expuestas por los demás magistrados en sus votos singulares. Así, en primer lugar, se realizará el examen de constitucionalidad formal de la Ley N° 31355. De un lado, se pondrá de manifiesto que el contenido material de la ley impugnada modifica el marco jurídico - constitucional actual, en virtud de lo cual su aprobación debió darse mediante ley de reforma constitucional y no a través de una ley ordinaria. De otro lado, se analizará el exceso del Congreso de la República en el ejercicio de sus competencias establecidas en el artículo 102.1 de la Constitución, respecto de su atribución para interpretar las leyes. En segundo lugar, se realizará el examen de constitucionalidad sustantiva de la Ley N° 31355. Para ello se desarrollará un breve repaso sobre la naturaleza, objeto y alcances de la cuestión de confianza en el texto constitucional peruano. Acto seguido, se abordarán los límites que la Ley N° 31355 establece a la cuestión de confianza y cómo estos vulneran el principio constitucional de separación y equilibrio de poderes. Finalmente, se desarrollará la vulneración de las competencias del Tribunal Constitucional frente al desconocimiento de su doctrina jurisprudencial por parte del Congreso de la República.Ítem Texto completo enlazado Informe jurídico sobre conflicto competencial respecto al control judicial de las decisiones del Congreso STC EXP. N° 0003-2022-CC/TC(Pontificia Universidad Católica del Perú, 2023-08-03) Mejia Souza, Estefany Xiomara; Castro Barriga, Carlos David AlbertoEl presente Informe tiene como finalidad abordar la sentencia del Tribunal Constitucional mediante la que se declaró fundada la demanda competencial interpuesta por el Congreso de la República contra el Poder Judicial, por el presunto menoscabo de atribuciones exclusivas. Para estos efectos, se analizan tres procesos de amparo en cuyos pronunciamientos judiciales se fundamentó el petitorio competencial: en primer lugar, el expediente N°03898-2022-0-1801- JR-DC-03 mediante el que se resolvió suspender el procedimiento de designación del Defensor del Pueblo; en segundo lugar, el expediente N°00400- 2022-0-0401-JR-DC-01 mediante el que se dispuso el cese de denuncias constitucionales contra el presidente del Jurado Nacional de Elecciones; y, el expediente N°00893-2022-0-1801-JR-DC-02 mediante el que se declaró la nulidad del procedimiento normativo en el que se pretendía modificar la Ley Universitaria. El estudio se enfoca en identificar, primero, si en cada caso en concreto nos encontramos frente a una atribución tutelada por el proceso competencial (elemento subjetivo y objetivo) para posteriormente determinar si, no obstante tratarse de una atribución del Congreso, es susceptible de ser controlada judicialmente. Para ello se invocarán los artículos pertinentes de la Constitución Política del Perú, la Ley Orgánica de la Defensoría del Pueblo, el Reglamento del Congreso, el Nuevo Código Procesal Constitucional, la Ley Orgánica del Jurado Nacional de Elecciones, así como la jurisprudencia constitucional que corresponda. Finalmente, expongo las razones por las cuales estoy de acuerdo con lo resuelto por el TC en el caso de la Defensoría del Pueblo, pero no en el caso del presidente del JNE y la SUNEDU.Ítem Texto completo enlazado Informe jurídico sobre Pleno Sentencia 307/2023 perteneciente al Informe sobre Expediente N°00004-2022- PCC/TC “Caso de la cuestión de confianza y su rechazo de plano”(Pontificia Universidad Católica del Perú, 2024-08-13) Garcia Oviedo, Paul Gabriel; Castro Barriga, Carlos David AlbertoEl caso aborda una disputa entre el Congreso del Perú y el Poder Ejecutivo, iniciada cuando el Primer Ministro, Aníbal Torres Vásquez, presentó una cuestión de confianza ( en adelante CDC) relacionada con el Proyecto de Ley ( PL) 3570/2022- PE. El problema principal radica en si esta CDC significa un ejercicio irregular de competencias del Ejecutivo y vulneró las atribuciones constitucionales del Congreso. Además, se examinan problemas secundarios sobre la competencia para determinar el rechazo de la CDC y la validez de interpretaciones implícitas de dicho rechazo. Los instrumentos normativos empleados incluyen los artículos 132,133 y 134 de la Constitución, el reglamento del Congreso, la ley N° 31355, los cuales regulan la CDC y su procedimiento. Además, se consideraron sentencias previas del TC que abordan la interpretación y los límites de este mecanismo, como la Sentencia 00006-2019-CC/TC, 0006-2018-PI/TC y la Sentencia 00006-2003-AI/TC. Las principales conclusiones indican que el planteamiento de la CDC por el Ejecutivo con el objetivo de conseguir la aprobación del PL 3570/2022-PE fue irregular y vulneró las competencias del Congreso. Se concluye que el Congreso tiene la competencia para determinar el rechazo de la CDC y que tal rechazo debe ser explícito para evitar interpretaciones arbitrarias. El fallo resalta la necesidad de respetar la separación de poderes y los límites constitucionales establecidos para preservar el equilibrio democrático en el país.Ítem Texto completo enlazado El mecanismo de rendición de cuentas de la actividad parlamentaria como garantía de una buena legislatura(Pontificia Universidad Católica del Perú, 2017-05-08) Gutiérrez Arroyo, Natasha Karenina; Castro Barriga, Carlos David AlbertoEl presente trabajo tiene como objetivo analizar la aplicación del principio de rendición de rendición de cuentas o accountability en la actividad parlamentaria. Para ello se revisó la normativa que la contempla con el fin de verificar si cumple con los elementos propios de la rendición de cuentas, así como seis informes de “gestión parlamentaria” elaborados por seis congresistas del periodo legislativo 2011 – 2016. Este análisis nos permitirá determinar si estamos ante un verdadero y útil mecanismo de rendición de cuentas de la actividad parlamentaria frente a la ciudadanía, que finalmente constituya una garantía de una buena legislatura o si se requiere una modificación.Ítem Texto completo enlazado La naturaleza jurídica del otorgamiento de incentivos en la Policía Nacional del Perú y la aplicación del principio de buena administración en su otorgamiento.(Pontificia Universidad Católica del Perú, 2021-05-11) Díaz Cercado, Juliana Marine; Castro Barriga, Carlos David AlbertoLa Policía Nacional del Perú de conformidad a la normatividad vigente y a la función administrativa y normativa que desarrollan, con el propósito de garantizar el desarrollo personal, profesional y técnico de sus integrantes, para el cumplimiento de los objetivos institucionales al servicio de la sociedad, emite pronunciamientos administrativos de distinta naturaleza, pudiendo ser actos administrativos, actos de administración interna, actos reglados o actos discrecionales. Sin embargo, en el supuesto especifico del otorgamiento de los incentivos a los efectivos policiales, dadas las características normativas que se les ha asignado, la facultad discrecional que se ha establecido en su otorgamiento, y la forma en la que la Institución Policial viene emitiendo la dación o denegatoria de los mismos, nos lleva a reflexionar la naturaleza jurídica de dicho acto. Habiéndose establecido que, de conformidad a la normatividad vigente, los elementos que la conforman y los efectos que genera, nos encontramos ante un acto administrativo discrecional. Asimismo, se establece como el principio de buena administración, a través de sus principios de transparencia y debida diligencia pueden orientar positivamente el procedimiento administrativo del otorgamiento de incentivos, generando que la discrecionalidad administrativa con la que resuelve el Comando Policial la concesión o denegatoria de los incentivos no devenga en arbitraria y se fundamente en el respeto de los derechos fundamentales y la meritocracia, lo cual legitimará el accionar administrativo de dicha entidad.Ítem Texto completo enlazado El principio de buena administración como garantía de la meritocracia en el proceso de evaluación de los ascensos de Oficiales Generales de la Policía Nacional del Perú(Pontificia Universidad Católica del Perú, 2021-05-07) Huaman Portocarrero, Daira; Castro Barriga, Carlos David AlbertoEn el presente trabajo se enfoca el procedimiento de ascenso de los Oficiales Generales de la Policía Nacional del Perú, desde la perspectiva del principio de buena administración, transparencia y debido procedimiento, como instrumentos que permitan garantizar la meritocracia; toda vez que la institución de la Policía Nacional del Perú, al igual que cualquier otra entidad del Estado, requiere de profesionales capacitados, con conocimientos, habilidades y aptitudes para desempeñar el cargo asignado, a fin de que el servicio público que brinde sea de calidad, teniendo en cuenta que, el rol constitucional de la Policía Nacional del Perú, es estar al servicio de las personas y la comunidad. Asimismo, esta investigación tiene como objetivo determinar si el principio de buena administración, transparencia y debido procedimiento, garantiza la materialización del principio de meritocracia en los ascensos de los Oficiales Generales, como en cualquier otro ascenso público basado en los méritos, y, como consecuencia, genera efectividad en el cumplimiento de sus funciones, repercutiendo en el cumplimiento de la misión constitucional, evitando que se deslegitime la línea de carrera de los Policías Oficiales. Además, en la presente investigación, se utilizó el método deductivo, partiendo desde las premisas generales para llegar a las particulares. Finalmente, se concluye, en líneas generales, que el principio de buena administración, transparencia y debido procedimiento, garantiza que los ascensos de los Oficiales Generales de la Policía se dé bajo un sistema meritocrático, coadyuvando a que exista una institución policial con personal en cargos directivos con una debida profesionalización, respetando la línea de carrera de oficiales que cumplen con los estándares profesionales, en consecuencia, el servicio policial, sea de calidad en materia de orden interno, orden público y seguridad ciudadana a favor de la comunidad.Ítem Texto completo enlazado El principio de buena administración y la facultad discrecional en la renovación de cuadros de oficiales de la Policía Nacional del Perú(Pontificia Universidad Católica del Perú, 2020-05-27) Mendoza Limaymanta, Luis Junior; Castro Barriga, Carlos David AlbertoEl Tribunal Constitucional y la Defensoría del Pueblo, en sus diversas sentencias e informes, respectivamente, han determinado que en el procedimiento de renovación de cuadros, se ha vulnerado, entre otros, los derechos al debido procedimiento y a la motivación de resoluciones administrativas de los oficiales de la Policía Nacional del Perú; sin embargo, actualmente se continúan emitiendo actos administrativos que denotan cómo las autoridades públicas terminan haciendo un ejercicio arbitrario de las facultades discrecionales otorgadas por ley, sin garantizar los referidos derechos. Como consecuencia de ello, en la actualidad todos aquellos oficiales que no se encuentran conforme con tal decisión acuden al Poder Judicial en búsqueda de tutela jurisdiccional efectiva, logrando su reincorporación. En ese sentido el objetivo del presente trabajo académico es determinar de qué manera el principio de buena administración puede orientar el ejercicio de la facultad discrecional en el procedimiento administrativo de renovación de cuadros. Al respecto, Ponce afirma que, para cumplir con un debido procedimiento administrativo o deber de buena administración, las autoridades públicas durante la actividad procedimental deben de actuar de forma objetiva en función al deber de debida diligencia, de tal forma que reduzca los márgenes de arbitrariedad. Concluyendo que la aplicación del principio de buena administración, manifestado a través del principio de transparencia y del deber de debida diligencia o debido cuidado, como elemento núcleo, impone a la administración policial la obligación legal de actuar de manera imparcial y con la implementación de los criterios técnicos desarrollados permitirá establecer cuidadosamente los elementos de hecho y de derecho, garantizando una debida motivación de las resoluciones administrativas. De esta forma se cumple con orientar de manera positiva el ejercicio de la facultad discrecional en los procedimientos administrativos de renovación de cuadrosÍtem Texto completo enlazado El Principio de Equilibrio Económico Financiero del Contrato en la Ley de Contrataciones del Estado(Pontificia Universidad Católica del Perú, 2018) Villavicencio Benites, Luis Fernando; Castro Barriga, Carlos David AlbertoLas Compras Públicas abarcan un alto número de transacciones y representan una porción sustancial del producto bruto interno en la mayoría de los países del mundo. Según la Organización Mundial del Comercio (OMC) las compras estatales representan entre el 10% y 15% del producto interno bruto mundial. Es debido a ello que el desempeño correcto del Sistema de Compras Públicas es clave para cualquier economía y su desarrollo. Dada su relevancia social y económica, las políticas de compras públicas no son simplemente una cuestión técnica. Su diseño implica un importante desafío para la intervención estatal, no sólo porque define a la eficiencia con la que el Estado cumple sus tareas, sino también porque desempeña un rol clave en el fomento del desarrollo económico. En esta línea, las políticas de gasto pueden influir de manera sustancial en la adopción de un sendero de desarrollo sostenible, fomentando la producción y comercialización de bienes y servicios más adecuados en términos sociales y ambientales. En tal sentido, es de suma importancia que todo ordenamiento jurídico cuente con un marco regulatorio que permita garantizar, a los futuros proveedores del Estado, el fiel cumplimiento de las obligaciones contraídas por este. No obstante ello, en el transcurso de la presente investigación, observaremos que la Administración Pública detenta determinadas potestades exorbitantes, las cuales han fungido como elemento diferenciador de las contrataciones se realizan entre agentes privados. Resulta claro que, para que el Estado pueda asegurar el cumplimiento de sus fines y garantizar el eficiente manejo de su presupuesto, requiere de facultades que lo posicionen en una situación de preeminencia frente al administrado, dicha situación, evidentemente, encuentra su justificación en el interés público. Sin embargo, actualmente muchas de estas potestades exorbitantes reconocidas al Estado, han ido menguando en cuanto a la intensidad de sus contenidos y su aplicación, dado que la tendencia contemporánea de la Administración Publica es la de garantizar un terreno firme para el inversionista, en el que además, se espera que el riesgo sea el mínimo posible. Para poder cubrir dicha necesidad y a su vez llamar la atención de futuros inversionistas, se ha incluido en el marco de nuestros regímenes de contratación pública, el principio de equilibrio económico financiero, conforme al cual, la expectativa de utilidad del contratista no puede sufrir un menoscabo por razones sobrevinientes o imprevisibles que no le sean imputables, en cuyo caso la Entidad deberá restablecer el beneficio económico previsto. Como referente para el análisis del precitado principio, se analizaron Opiniones emitidas por la Dirección Técnico Normativa del Organismo de Supervisor de las Contrataciones del Estado (en adelante, OSCE) publicadas en el período de los años 2005 al 2017, en donde se observó cómo la inclusión del principio de equilibrio económico financiero del contrato ha supuesto la atenuación de las potestades exorbitantes reconocidas a la Administración Pública. De igual modo, se examinaron laudos emitidos por Tribunales Arbitrales en los años 2005, 2013 y 2014, en los que apreciaremos cómo la aplicación del principio bajo estudio, incidió en el fallo final que resuelve la controversia.Ítem Texto completo enlazado El Principio de Juez Natural y su aplicación en la función jurisdiccional del Fuero Militar Policial(Pontificia Universidad Católica del Perú, 2020-06-01) Ramirez Fernandez Davila, Franco Antonio; Castro Barriga, Carlos David AlbertoEl presente trabajo de investigación se sumerge en la necesidad de establecer si el principio del Juez Natural desarrollado en el Reglamento de Línea de Carrera y Progresión del Magistrado en el Fuero Militar Policial es aplicado correctamente en la función jurisdiccional de la justicia militar policial, toda vez que a dicho principio se encuentran conectados otros principios, necesarios para la administración de justicia, como lo son la Independencia, Inamovilidad e Imparcialidad del Juez, y consecuentemente cómo el desarrollo de los mencionados principios ayudarían a fortalecer la labor jurisdiccional de éste Órgano de Justicia Militar Policial, que es un órgano autónomo. Para el efecto, se ha realizado un profundo estudio de los Reglamentos y Leyes que sirven como base del Fuero Militar Policial. Asimismo, se ha realizado un análisis de las diversas sentencias Nacionales e Internacionales, los cuales dan lineamientos de cómo debe estar organizada la jurisdicción militar policial, así también los lineamientos de una correcta labor jurisdiccional en base a doctrina universal y jurisprudencial, el cual se sustenta en los principios mencionados líneas arriba y cómo su correcta aplicación conllevaría a que la labor jurisdiccional del Fuero Militar Policial sea más eficiente y pueda desarrollarse de manera más garantista. Es por ello que, se ahondará en la justicia militar policial y cómo su vinculación con estos principios podría permitir que el Fuero Militar Policial fortalezca la labor jurisdiccional, reflejándose ello, en el desempeño de los jueces; llegando a la conclusión final que, la aplicación correcta de dichos principios permitiría a la justicia militar policial afianzarse como un órgano de administración de justicia autónomo en la toma de las decisiones jurisdiccionales.Ítem Texto completo enlazado Reasignación de Suboficiales de la Policía Nacional del Perú, por la causal de Necesidad del Servicio, como acto de administración interna discrecional(Pontificia Universidad Católica del Perú, 2021-09-30) Encalada Yahuana, Hugo Yohnny; Castro Barriga, Carlos David AlbertoLa Policía Nacional del Perú, es una institución del Estado, que tiene por finalidad constitucional garantizar, mantener y restablecer el orden interno; prestar protección y ayuda a las personas y la comunidad; garantizar el cumplimiento de las leyes; prevenir, investigar y combatir la delincuencia; y, vigilar y controlar las fronteras. Para el cumplimiento de su finalidad promueve políticas y objetivos destinadas a gestionar los recursos humanos, infraestructura, equipamiento y tecnología, para asegurar servicios de calidad. Como parte de la gestión de los recursos humanos, realiza acciones de desplazamiento de cargos, entre otros la reasignación de Suboficiales de la Policia Nacional, por la causal de “necesidad del servicio”. Sin embargo, en la actualidad aquellos Suboficiales que no están de acuerdo con la decisión acuden a los órganos jurisdiccionales en ejercicio de su derecho de tutela jurisdiccional efectiva, advirtiendo falta de motivación y vulneración de derechos fundamentales. En ese contexto, el objetivo del presente trabajo es determinar de qué manera el principio de la buena administración, como principio general, a partir del principio de transparencia y el deber de diligencia, pueden orientar positivamente al adecuado ejercicio de la facultad discrecional, al momento de la emisión de actos de administración interna, como actos discrecionales, que disponen la reasignación del personal policial por la causal de “necesidad del servicioÍtem Texto completo enlazado “Regulación de la compartición de infraestructura para el desarrollo de servicios públicos de telecomunicaciones”(Pontificia Universidad Católica del Perú, 2017) Chávez Manrique De Lara, Katherine Stefany; Castro Barriga, Carlos David AlbertoLos beneficios económicos, sociales y ambientales que representan la compartición de infraestructura para la prestación de servicios públicos de telecomunicaciones hacen más atractiva su elección frente a la posibilidad de instalar infraestructura propia. Una regulación que facilite la compartición de infraestructura de red de acceso es necesaria para brindar y expandir los servicios públicos de telecomunicaciones, teniendo en cuenta la importancia de la prestación de dichos servicios para la población, con lo cual se debe impulsar una adecuada compartición de infraestructura no solo del sector de telecomunicaciones, sino además de otros sectores, como electricidad e hidrocarburos.