La aplicación de la subsanación voluntaria como eximente de responsabilidad administrativa en las infracciones instantáneas
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Fecha
2021-05-13
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Editor
Pontificia Universidad Católica del Perú
DOI
Resumen
El presente trabajo tiene como propósito hacer un análisis crítico de la normativa vigente,
específicamente, sobre la figura jurídica de la subsanación voluntaria frente a la tramitación del
procedimiento administrativo sancionador aplicado a las infracciones instantáneas. Para tal
efecto, se propone desarrollar el marco conceptual de los tipos de infracciones administrativas y
si la subsanación voluntaria resulta aplicable de manera eficiente a las infracciones instantáneas,
pues dicha figura se constituye en la normativa vigente como un eximente de responsabilidad
administrativa; por lo que, la potestad sancionadora de la Administración Pública puede verse
afectada en el sentido que se estaría generando impunidad de parte de los administrados que
incurren en una conducta infractora de configuración instantánea.
La presente investigación académica tiene por objeto establecer parámetros claros y definidos a
fin que la Administración Pública ostente la potestad sancionadora de forma correcta; debido a
que, la subsanación voluntaria ha dispuesto una serie de requisitos para su aplicación, donde estos
no necesariamente han sido pensados para los distintos tipos de infracciones, la idea de esta figura
es permitir que el administrado pueda subsanar una conducta que resultó contrario a las
disposiciones administrativas y, por tanto, corresponde la emisión de una sanción administrativa;
sin embargo, en la actualidad no se ha establecido que pasa en los casos donde el daño causado
no puede ser subsanado, pero aún así es perfectamente viable la aplicación de la subsanación
voluntaria, esto implica un desmedro a los bienes jurídicos protegidos por la administración
pública y acorde a las metas públicas.
Finalmente, de este trabajo se podrá advertir que actualmente existe una falta de desarrollo del
artículo 257 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, ya que, si bien es cierto, los eximentes
de responsabilidad administrativa permiten que el aparato estatal no se active frente a conductas
que ya han sido subsanadas, no obstante, en la práctica hoy en día existen bienes jurídicos
protegidos que están siendo afectados por la falta de desarrollo en cada tipo de infracción,
permitiendo en estos casos que se genere la impunidad dentro del ámbito administrativo.
Descripción
Palabras clave
Sanciones administrativas--Perú, Procedimiento administrativo--Legislación--Perú