Cobertura de seguros a vehículos sin SOAT ¿Es jurídicamente válido? A propósito de las resoluciones del INDECOPI y la Corte Suprema

dc.contributor.advisorMontoya Alberti, Hernando
dc.contributor.authorMariaca Choque, William
dc.date.accessioned2022-01-11T17:15:27Z
dc.date.available2022-01-11T17:15:27Z
dc.date.created2021
dc.date.issued2022-01-11
dc.description.abstractEl 08 de octubre de 1999 se creó el SOAT bajo la Ley 27181, esta norma establece la obligatoriedad de contratar el SOAT para todo vehículo automotor que circule en el Perú, sin embargo, a la fecha el 40% del parque automotor no cuenta con el SOAT. Ante este incumplimiento, los beneficiarios de las víctimas de accidentes de tránsito ocupantes de unidades sin SOAT, han planteado denuncias en INDECOPI contra las aseguradoras con el propósito de recibir cobertura por la ocurrencia de estos accidentes de tránsito. El INDECOPI ha resuelto que la aseguradora de la unidad vehicular con SOAT debe cubrir a los ocupantes de la unidad sin SOAT. El Poder Judicial en primera y segunda instancia han mostrado una postura contraria a la del INDECOPI, señalando que no puede obligarse a las aseguradoras a otorgar cobertura al no existir obligación expresa en la norma. La Corte Suprema, ha adoptado la misma postura del INDECOPI. Por su parte, el SOAT tiene como base de funcionamiento los principios de los seguros como la mutualidad, solidaridad, prima, riesgo, elementos que, establecen que, resulta imprescindible que los asegurados hayan aportado su prima para gozar de la cobertura que previamente debió ser delimitada y acordada. El derecho constitucional, el derecho de seguros, y de las obligaciones como marco general permiten dilucidar la problemática existente. Las decisiones del INDECOPI y del Corte Suprema, han buscado dar solución a esta problemática, sin embargo, no han sido eficaces ni efectivas. Existen diversas alternativas como el fondo de compensación y en la Ley de emergencias que permiten proteger a las víctimas en caso de accidentes de tránsito de unidades sin SOAT sin obligar a las aseguradoras a cubrir a vehículos que no aseguraron.es_ES
dc.identifier.urihttp://hdl.handle.net/20.500.12404/21250
dc.language.isospaes_ES
dc.publisherPontificia Universidad Católica del Perúes_ES
dc.publisher.countryPEes_ES
dc.rightsinfo:eu-repo/semantics/closedAccesses_ES
dc.subjectAccidentes de tránsito--Aspectos legaleses_ES
dc.subjectSeguros--Contratoses_ES
dc.subject.ocdehttps://purl.org/pe-repo/ocde/ford#5.05.01es_ES
dc.titleCobertura de seguros a vehículos sin SOAT ¿Es jurídicamente válido? A propósito de las resoluciones del INDECOPI y la Corte Supremaes_ES
dc.typeinfo:eu-repo/semantics/masterThesises_ES
dc.type.otherTesis de maestría
renati.advisor.dni07834852
renati.advisor.orcidhttps://orcid.org/0000-0002-4162-0527es_ES
renati.author.dni41192995
renati.discipline422317es_ES
renati.jurorTassano Velaochaga, Hebert Eduardoes_ES
renati.jurorMontoya Alberti, Hernandoes_ES
renati.jurorChocano Davis, Christian Césares_ES
renati.levelhttps://purl.org/pe-repo/renati/level#maestroes_ES
renati.typehttps://purl.org/pe-repo/renati/type#trabajoDeInvestigaciones_ES
thesis.degree.disciplineDerecho de la Empresaes_ES
thesis.degree.grantorPontificia Universidad Católica del Perú. Escuela de Posgrado.es_ES
thesis.degree.levelMaestríaes_ES
thesis.degree.nameMagíster en Derecho de la Empresaes_ES

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