¿Una resolución homologatoria realizada por un juez en base a la existencia de una transacción o conciliación en el contexto de un proceso judicial es equiparable a la minuta que se firma en una transacción extrajudicial o en una conciliación extrajudicial?

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Fecha

2020-05-25

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Pontificia Universidad Católica del Perú

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Resumen

El presente trabajo responde a un cuestionamiento relevante que se formula a raíz del fallo del Primer Pleno Casatorio Civil, el cual es el siguiente: ¿una resolución homologatoria realizada por un juez en base a la existencia de una transacción o conciliación en el contexto de un proceso judicial es equiparable o no a la minuta que se firma en una transacción extrajudicial o en una conciliación extrajudicial? En primer lugar, se explicará la figura jurídica de la transacción, sus características, sus efectos y sus alcances. Asimismo, se explicará la figura jurídica de la conciliación, sus características y sus alcances. En segundo lugar, se analizará a la transacción extrajudicial con la resolución homologatoria cuyo soporte fáctico es una transacción, así como la diferencia entre ambas a fin de demostrar si son o no equiparables. De igual modo, se analizará a la conciliación extrajudicial con la resolución homologatoria cuyo soporte fáctico es una conciliación, así como la diferencia entre ambas a fin de demostrar si son o no equiparables. Finalmente, se responderá a la pregunta formulada para ello se realizará un análisis al Primer Pleno Casatorio Civil. La transacción extrajudicial no homologada judicialmente no puede ser opuesta como excepción procesal, si existe una transacción extrajudicial no homologada judicialmente esta no debe ser un supuesto que sirva como motivo para plantear una excepción procesal para terminar un proceso. El demandado debe oponer la transacción extrajudicial en el escrito de contestación de la demanda y como defensa de fondo para que el Juez se pronuncie sobre ella en la sentencia. Una resolución homologatoria realizada por un juez en base a la existencia de una transacción o conciliación en el contexto de un proceso judicial no es equiparable a la minuta que se firma en una transacción extrajudicial o en una conciliación extrajudicial.

Descripción

Palabras clave

Derecho procesal--Legislación--Perú, Transacción (Derecho), Conciliación (Derecho Procesal Civil)--Legislación--Perú, Perú--Legislación

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