Ser o no ser de la compensación de deudas tributarias no exigibles

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Pontificia Universidad Católica del Perú

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Resumen

El presente trabajo de investigación analiza si la compensación de oficio de deudas tributarias no exigibles, efectuada por la Administración Tributaria durante un proceso de verificación y/o fiscalización, al amparo de lo establecido en los artículos 39 y 40 de nuestro Código Tributario; es consistente con los principios constitucionales de legalidad, igualdad, no confiscatoriedad y del debido procedimiento administrativo, en su vertiente relacionado al derecho de defensa. Para lo cual, se simula un test de ponderación en el cual se evalúa la razonabilidad y proporcionalidad; la idoneidad de la medida; la necesidad y la comparación entre el grado de realización u optimización del fin constitucional; y, la intensidad de la intervención en el derecho fundamental. A partir de este análisis se concluye que este tipo de compensación se fundamenta en los principios del deber de contribuir y de solidaridad, así como en los principios vinculados a la eficiencia del Estado; no vulnera el derecho de defensa de los deudores tributarios, al tener éstos la opción de impugnar el acto administrativo que contiene la compensación; así como, no vulnera el derecho de igualdad de los deudores, por cuanto la medida adoptada es idónea, necesaria y proporcionada con el fin constitucional que se pretende conseguir; constituyendo un trato legal diferenciado con base en justificaciones objetivas y razonables. El tema ha tenido un escaso desarrollo en la doctrina nacional, siendo la presente investigación una oportunidad para establecer una posición sustentada respecto a la procedencia de la compensación de oficio de deudas tributarias no exigibles.

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