Ser o no ser de la compensación de deudas tributarias no exigibles
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Pontificia Universidad Católica del Perú
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Resumen
El presente trabajo de investigación analiza si la compensación de oficio de deudas
tributarias no exigibles, efectuada por la Administración Tributaria durante un proceso
de verificación y/o fiscalización, al amparo de lo establecido en los artículos 39 y 40 de
nuestro Código Tributario; es consistente con los principios constitucionales de
legalidad, igualdad, no confiscatoriedad y del debido procedimiento administrativo, en
su vertiente relacionado al derecho de defensa. Para lo cual, se simula un test de
ponderación en el cual se evalúa la razonabilidad y proporcionalidad; la idoneidad de la
medida; la necesidad y la comparación entre el grado de realización u optimización del
fin constitucional; y, la intensidad de la intervención en el derecho fundamental. A
partir de este análisis se concluye que este tipo de compensación se fundamenta en los
principios del deber de contribuir y de solidaridad, así como en los principios
vinculados a la eficiencia del Estado; no vulnera el derecho de defensa de los deudores
tributarios, al tener éstos la opción de impugnar el acto administrativo que contiene la
compensación; así como, no vulnera el derecho de igualdad de los deudores, por cuanto
la medida adoptada es idónea, necesaria y proporcionada con el fin constitucional que se
pretende conseguir; constituyendo un trato legal diferenciado con base en justificaciones
objetivas y razonables. El tema ha tenido un escaso desarrollo en la doctrina nacional,
siendo la presente investigación una oportunidad para establecer una posición
sustentada respecto a la procedencia de la compensación de oficio de deudas tributarias
no exigibles.
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