Informe sobre Resolución No. 2365-2018/SPC- INDECOPI

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Fecha

2023-07-31

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Pontificia Universidad Católica del Perú

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Resumen

El presente informe jurídico versa sobre el estudio de la Resolución 2365- 2018/SPC-INDECOPI conforme a las infracciones cometidas a los artículos 2.1, 19, 25 y 67,4 literal c) del Código de Protección al Consumidor – Ley N° 29571 (en adelante, el Código de Consumo), por parte de la Clínica San Gabriel (en adelante, La Clínica) contra la señora Ana Sofía Gonzales Hurtado (en adelante, el Consumidor) al brindarle un servicio médico deficiente, puesto que del análisis del caso se puede desprender que las consecuencias o riesgos de la intervención quirúrgica, denominada litotricia intracorpórea, no fueron trasladadas de forma oportuna al Consumidor a través del consentimiento informado.. En tal sentido, la presente Resolución concluyó que la Clínica generó una clara afectación al artículo 2.1 del Código de Consumo por no lograr demostrar que ha otorgado una información clara, sencilla, suficiente, oportuna y veraz al Consumidor referente al riesgo de ruptura ureteral,, toda vez que la señora Ana Sofía Gonzales Hurtado se realizó la intervención sin tener claro cuales serían los riesgos de la operación médica denominada Litotrica Intracorpórea, la cual desencadenó la pérdida de su uréter y riñón derecho, por medio, de una nefrectomía. Asimismo, la referida Resolución consideró que no hubo afectación alguna a los artículos 19 y 25 del Código de Consumo referentes a la prestación del servicio de litotricia intracorpórea, la cual a criterio de la Sala fue generada de forma correcta y cumpliendo las medidas de seguridad conforme a los avances de la ciencia y técnica del momento.
The present legal report deals with the research of Resolution 2365-2018/SPCINDECOPI pursuant to the violations committed to Articles 2. 1, 19, 25 and 67.4 literal c) of the Consumer Protection Code - Law No. 29571 (hereinafter, the Consumer Code), by the San Gabriel Clinic (hereinafter, The Clinic) against Mrs. Ana Sofía Gonzales Hurtado (hereinafter, the Consumer) by providing her with a deficient medical service, since from the analysis of the case it can be inferred that the consequences or risks of the surgical intervention, called intracorporeal lithotripsy, were not transferred in a timely manner to the Consumer through the informed consent In this sense, this Resolution concluded that the Clinic generated a clear affectation to article 2.1 of the Consumer Code for failing to demonstrate that it has provided clear, simple, sufficient and truthful information to the Consumer regarding the risk of ureteral rupture, since Mrs. Ana Sofía Gonzales Hurtado underwent the intervention without being clear about the risks of the medical operation called Intracorporeal Lithotripsy, which triggered the loss of her ureter and right kidney, by means of a nephrectomy. Likewise, the aforementioned Resolution considered that there was no affectation to articles 19 and 25 of the Consumer Code regarding the provision of the service, which, at the discretion of the Chamber, was generated correctly and complying with the security measures in accordance with the advances of the science and technology of the moment.

Descripción

Palabras clave

Protección del consumidor--Legislación--Perú, Servicios de salud--Legislación--Perú, Consentimiento legal (Medicina)--Legislación--Perú

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