Informe sobre Expediente de relevancia jurídica N° 121-IP-2014, E-2567, Interpretación Prejudicial del Art. 237 y 273 de la Decisión 486, y el Art. 122 del Estatuto del Tribunal de Justicia de la Comunidad Andina

dc.contributor.advisorBardales Mendoza, Enrique Rosendo
dc.contributor.authorKavajara Vásquez, Omar Alexis
dc.date.accessioned2024-03-05T16:40:26Z
dc.date.accessioned2024-03-10T05:09:01Z
dc.date.available2024-03-05T16:40:26Z
dc.date.available2024-03-10T05:09:01Z
dc.date.created2023
dc.date.issued2024-03-05
dc.description.abstractEl presente informe tiene como finalidad analizar la idoneidad de la acción de nulidad interpuesta por Marfor Producciones S.R.L. en contra de la marca «EXPONÁUTICA PERÚ» de titularidad de Profesionales Marítimos S.R.L. y la interpretación prejudicial emitida por el Tribunal de Justicia de la Comunidad Andina en el Proceso 121-IP-2014. El análisis del presente caso se justifica en dos grandes áreas del derecho: la propiedad industrial y el derecho comunitario. En primer lugar, buscaremos acreditar que Marfor Producciones S.R.L. interpuso una acción inefectiva para la tutela de sus derechos. En segundo lugar, abordaremos la interpretación efectuada por el Tribunal al concepto de “juez nacional” en el marco de las interpretación prejudiciales (artículo 122 del Estatuto del Tribunal de Justicia de la Comunidad Andina). En concreto, revisaremos los seis criterios que estableció el Tribunal para permitir que entidades administrativas como la Dirección de Signos Distintivos y la Comisión de Signos Distintivos puedan encajar en el término “juez nacional” comunitario y, por consiguiente, solicitar interpretaciones prejudiciales. La metodología aplicada en el informe es indudablemente dogmática, con un enfoque amplio en la doctrina especializada, la normativa aplicable y la jurisprudencia correspondiente. En el trabajo se podrá observa el criterio de interpretación teleológico y, en menor medida el literal. En suma, las conclusiones principales son que (i) la acción de nulidad interpuesta por Marfor Producciones S.R.L. fue inidónea y (ii) la interpretación prejudicial efectuada por el Tribunal de Justicia de la Comunidad Andina es correcta pero con ciertas precisiones.es_ES
dc.identifier.urihttp://hdl.handle.net/20.500.12404/27228
dc.language.isospaes_ES
dc.publisherPontificia Universidad Católica del Perúes_ES
dc.publisher.countryPEes_ES
dc.rightsinfo:eu-repo/semantics/closedAccesses_ES
dc.subjectPropiedad industrial--Perúes_ES
dc.subjectCuestiones prejudiciales--Subregión Andinaes_ES
dc.subjectDerecho comunitario--Jurisprudencia--Subregión Andinaes_ES
dc.subjectJurisdicción (Derecho internacional)es_ES
dc.subject.ocdehttps://purl.org/pe-repo/ocde/ford#5.05.01es_ES
dc.titleInforme sobre Expediente de relevancia jurídica N° 121-IP-2014, E-2567, Interpretación Prejudicial del Art. 237 y 273 de la Decisión 486, y el Art. 122 del Estatuto del Tribunal de Justicia de la Comunidad Andinaes_ES
dc.typeinfo:eu-repo/semantics/bachelorThesises_ES
dc.type.otherTesis de licenciatura
renati.advisor.dni08571041
renati.advisor.orcidhttps://orcid.org/0000-0002-6986-6350es_ES
renati.author.dni75889915
renati.discipline215106es_ES
renati.jurorSolórzano Solórzano, Raúl Royes_ES
renati.jurorSaco Chung, Víctor Augustoes_ES
renati.jurorBardales Mendoza, Enrique Rosendoes_ES
renati.levelhttps://purl.org/pe-repo/renati/level#tituloProfesionales_ES
renati.typehttps://purl.org/pe-repo/renati/type#trabajoDeSuficienciaProfesionales_ES
thesis.degree.disciplineDerechoes_ES
thesis.degree.grantorPontificia Universidad Católica del Perú. Facultad de Derecho.es_ES
thesis.degree.levelTítulo Profesionales_ES
thesis.degree.nameAbogadoes_ES

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