Legitimación registral y legitimación posesoria en los bienes muebles
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Pontificia Universidad Católica del Perú. Fondo Editorial
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El nuevo régimen mobiliario peruano se ha saltado muchas barreras de tipo dogmático y eso está muy bien que se haga, pero quizá convenga detenerse un poco y analizar qué ha ocurrido con los propios fundamentos de la circulación mobiliaria, esto es, con el régimen de transmisión mobiliaria del Código Civil y con el registro. El tema reclama estudiar el tráfico ordinario de los bienes muebles y cómo armonizan posesión y publicidad en la circulación mobiliaria. En lo que sigue de este trabajo, me dedicaré a examinar las relaciones entre los artículos 948 del Código Civil y la concreta eficacia para la garantía y para la propiedad mobiliaria que trae la ley 28677. Para ello, comenzaré con lo que significa la legitimación posesoria y su concreción en el Código peruano, luego seguiré con evolución de la legitimación registral hasta la ley de mayo de 2006, y finalmente cómo armonizan ambos sistemas en el nuevo régimen.
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Tomo 2. Páginas [101]-130
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Propiedad mueble--Perú
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