El equilibrista desorientado: la dinámica evolutiva de las cláusulas contractuales en contratos predispuestos y el mito de la baja calidad de los contratos de consumo
No hay miniatura disponible
Fecha
2015-06-01
Autores
Título de la revista
ISSN de la revista
Título del volumen
Editor
Pontificia Universidad Católica del Perú. Fondo Editorial
Resumen
The standard-form agreements, pejoratively labeled as “adhesion contracts”, have bad reputation. A significant number of academics and most of consumer protection authorities often believe that the absence of negotiation and the preponderance of rights and benefits assigned to suppliers (versus costs, obligations or limitations imposed to consumers) show a kind/ sort of abuse against an alleged weak party of the consumption relationship. In this article, Professor Rodríguez García states that the skeptic and hostile vision regarding the standard-form agreements is wrong and is based on a poor understanding of the incentives and purposes that this type of contractingfulfills. On the contrary, the author intends to state that the control of clauses included in consumption contracts is prejudicial to consumers. Therefore,this is a control type that should be removed from the legal system.
Los contratos predispuestos - peyorativamente conocidos como «contratos de adhesión»— tienen mala fama. Una buena porción de académicos y un mayoritario sector de las autoridades de protección al consumidor suelen creer que la ausencia de negociación y la preponderancia de derechos o beneficios asignados al proveedor (versus los costos, obligaciones o limitaciones impuestos al consumidor) revelan una suerte de abuso en contra de una presunta parte débil de la relación de consumo. En este artículo, el profesor Rodríguez García sostiene que la visión hostil o escéptica respecto de los contratos predispuestos es equívoca y se funda en una comprensión pobre de los incentivos y fines que este tipo de contratación desempeña. Por el contrario, el autor pretende poner de manifiesto que el control de las cláusulas contenidas en contratos de consumo perjudica al consumidor y que, por tanto, es una forma de control que debería ser eliminada del sistema legal.
Los contratos predispuestos - peyorativamente conocidos como «contratos de adhesión»— tienen mala fama. Una buena porción de académicos y un mayoritario sector de las autoridades de protección al consumidor suelen creer que la ausencia de negociación y la preponderancia de derechos o beneficios asignados al proveedor (versus los costos, obligaciones o limitaciones impuestos al consumidor) revelan una suerte de abuso en contra de una presunta parte débil de la relación de consumo. En este artículo, el profesor Rodríguez García sostiene que la visión hostil o escéptica respecto de los contratos predispuestos es equívoca y se funda en una comprensión pobre de los incentivos y fines que este tipo de contratación desempeña. Por el contrario, el autor pretende poner de manifiesto que el control de las cláusulas contenidas en contratos de consumo perjudica al consumidor y que, por tanto, es una forma de control que debería ser eliminada del sistema legal.
Descripción
Palabras clave
Consumidor, Contrato de consumo, Autonomía de la voluntad
Citación
Colecciones
item.page.endorsement
item.page.review
item.page.supplemented
item.page.referenced
Licencia Creative Commons
Excepto se indique lo contrario, la licencia de este artículo se describe como info:eu-repo/semantics/openAccess