Introducción de un sistema de imputación penal para las personas jurídicas en el Perú

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Fecha

2016-07-12

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Pontificia Universidad Católica del Perú

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Resumen

La potestad del Estado de sancionar a las personas jurídicas por la comisión de una infracción no es un tema ajeno a la realidad peruana, se encuentra plenamente aceptada y regulada por el derecho administrativo sancionador, a través del cual, los entes colectivos vienen siendo disueltos, clausurados y multados cuando se verifica que son responsables por la comisión de un ilícito administrativo. En la legislación penal, estas mismas sanciones se encuentran reguladas bajo la denominación de “consecuencias accesorias”, habiéndose discutido por largo tiempo en la doctrina peruana cuál es la naturaleza jurídica de las referidas medidas y si estas deben o no tener efectos penales En realidad, los cuestionamientos así formulados respondían a una interrogante de fondo: ¿debe responsabilizarse penalmente a las personas jurídicas por la comisión de un delito? Hace tan sólo cinco años atrás, casi la totalidad de la doctrina nacional se decantaba por afirmar que resultaba imposible introducir la responsabilidad penal de las personas jurídicas en el Perú, debiendo aplicarse esta rama del derecho únicamente a los individuos. Sin embargo, en los últimos años han surgido en nuestra sociedad, nuevos fundamentos normativos y político-criminales que hacen necesario repensar la pregunta formulada en el párrafo anterior y optar, esta vez, por afirmar la necesidad de regular la acotada responsabilidad en la legislación nacional, en el cual se incluya un adecuado sistema de imputación penal para los propios entes colectivos en el país. Para lograr dicho propósito he dividido la investigación en tres capítulos. En el primer capítulo realizo un recuento histórico de las medidas penales establecidas para las personas jurídicas en el Perú, desde los inicios de la regulación oficial hasta la actualidad, este acercamiento tiene por finalidad hacer notar al lector que los entes colectivos no son figuras ajenas al ordenamiento jurídico penal, no debiendo existir, por tanto, una reticencia absoluta hacia la idea de su futura inclusión en la legislación nacional.

Descripción

Palabras clave

Procedimiento penal--Perú., Imputabilidad penal--Perú.

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