Propuesta de modificación de la Ley de Fondos de Inversión y sus Sociedades Administradoras, con la finalidad de incluir un objeto social exclusivo y excluyente para las sociedades administradoras de fondos de inversión
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Fecha
2022-12-05
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Pontificia Universidad Católica del Perú
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Resumen
Las fallas de mercado y los riesgos cuantificables y no cuantificables existentes en la relación
jurídica entre una Sociedad Administradora de Fondos de Inversión frente a los partícipes de los
Fondos de Inversión que administren, justifican que se esgrima una regulación efectiva, suficiente
y omnicomprensiva, que, considerando que las operadoras de fondos de inversión son una especie
del género fiduciario, desmerece abiertamente, por su relevancia en el mercado, que se deba eximir
a un grupo de operadores de los alcances de la regulación, máxime si de lo que se trata es cuidar
un mercado emergente de fondos de inversión de cualquier mala práctica que pueda devenir en
exclusión financiera para nuevos partícipes. Vista esta situación, resulta necesaria, pertinente e
imperiosa una modificación de la Ley de Fondos de Inversión con la finalidad que esta incorpore
como objeto de regulación a todas las operadoras de fondos de inversión, incluyendo a las gestoras
actualmente no reguladas, privilegiando un objeto social exclusivo y excluyente como sociedades
administradoras reguladas; dado que al ponderar los efectos positivos y negativos de la regulación,
resulta más beneficioso incorporar regulación razonable y uniforme que corrija asimetrías y
arbitrajes regulatorios y de gestión en el mercado peruano de fondos de inversión. Además, los
estándares internacionales que sustentan técnicamente la regulación de fondos de inversión
colectiva y sus operadores resaltan que estos vehículos están expuestos a conflictos de intereses;
necesidad de transparencia; riesgo de selección adversa y riesgo moral; necesidad de
implementación de un sistema eficiente de gestión de riesgos; constitución de un capital social
proporcional para el alineamiento de intereses, sin distingo de si se tratan de operadores regulados
o no regulados.
Descripción
Palabras clave
Fondos de inversión, Fondos mutuos--Legislación--Perú
Citación
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