La iniciativa privada, un derecho de petición de gracia

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Fecha

2020-05-27

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Pontificia Universidad Católica del Perú

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Resumen

El propósito de este trabajo es recopilar las diferentes posturas que tienen los autores sobre la naturaleza jurídica de la iniciativa privada. En ese sentido, coincidir con el concepto de iniciativa privada como un derecho de gracia, reconocido en nuestra Constitución Política del Perú. Asimismo, resulta interesante que se analice el procedimiento actual para el desarrollo de una iniciativa privada y cuestionar el marco jurídico, que no proporciona seguridad o estabilidad para el inversionista, considerando que debería establecerse que todo rechazo a una iniciativa privada debe ser debidamente motivada, con la finalidad de no afectar derechos constitucionales, no sólo el derecho de petición, sino otros derechos económicos como la libertad de empresa. Además, es imprescindible reconocer que, si bien la Administración Pública está dotada de prerrogativas, que le permiten rechazar una propuesta privada, esta solo debe justificarse cuando un determinado proyecto atente contra el interés común o cuando existan otras prioridades como país que no permitan concretar las propuestas de proyectos. Finalmente, se debe considerar que la iniciativa privada es fuente de desarrollo de todo país, por lo cual deberían implementarse mecanismos jurídicos más dinámicos, cortos, con plazos razonables, con decisiones motivadas, que atraigan capitales, que motiven la creatividad del particular, en beneficio del bien común.

Descripción

Palabras clave

Derecho de petición, Inversiones privadas--Perú, Procedimiento administrativo--Legislación--Perú, Administración pública--Perú

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