La iniciativa privada, un derecho de petición de gracia
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Fecha
2020-05-27
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Editor
Pontificia Universidad Católica del Perú
DOI
Resumen
El propósito de este trabajo es recopilar las diferentes posturas que tienen los autores
sobre la naturaleza jurídica de la iniciativa privada. En ese sentido, coincidir con el
concepto de iniciativa privada como un derecho de gracia, reconocido en nuestra
Constitución Política del Perú.
Asimismo, resulta interesante que se analice el procedimiento actual para el desarrollo de
una iniciativa privada y cuestionar el marco jurídico, que no proporciona seguridad o
estabilidad para el inversionista, considerando que debería establecerse que todo rechazo
a una iniciativa privada debe ser debidamente motivada, con la finalidad de no afectar
derechos constitucionales, no sólo el derecho de petición, sino otros derechos económicos
como la libertad de empresa.
Además, es imprescindible reconocer que, si bien la Administración Pública está dotada
de prerrogativas, que le permiten rechazar una propuesta privada, esta solo debe
justificarse cuando un determinado proyecto atente contra el interés común o cuando
existan otras prioridades como país que no permitan concretar las propuestas de
proyectos.
Finalmente, se debe considerar que la iniciativa privada es fuente de desarrollo de todo
país, por lo cual deberían implementarse mecanismos jurídicos más dinámicos, cortos,
con plazos razonables, con decisiones motivadas, que atraigan capitales, que motiven la
creatividad del particular, en beneficio del bien común.
Descripción
Palabras clave
Derecho de petición, Inversiones privadas--Perú, Procedimiento administrativo--Legislación--Perú, Administración pública--Perú