Trata de menores, maternidad subrogada y adopciones ilegales

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Centro de Investigación, Capacitación y Asesoría Jurídica
Organización Internacional del Trabajo

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El paradigma social caracterizado por el individualismo feroz conduce a los individuos a querer hacer realidad, a toda costa, su sueño de paternidad o maternidad, lo que es aprovechado por los intermediarios que, deseando enriquecerse, no dudan en someter a las mujeres, especialmente extranjeras en situación de vulnerabilidad, a toda clase de explotaciones, muchas de ellas caracterizadas como supuestos de trata de personas por el Protocolo de Palermo. La maternidad subrogada comparte con la adopción ilegal algunos rasgos, porque no garantiza el respeto al interés del menor, por las dudas sobre el consentimiento prestado por la madre gestante, y por existir una retribución que bien puede considerarse una forma de venta del menor. Pero su caracterización como forma de trata requeriría una previsión expresa en el Protocolo de Palermo, como una forma de explotación propia de la trata de personas. Esto no puede lograrse sin una prohibición universal de la maternidad subrogada, a través de un convenio internacional, pues la legalidad de la práctica en los países en que se lleva a cabo la gestación por sustitución impide tal calificación. Se requiere, pues, una modificación del Protocolo de Palermo para dar entrada específicamente a otras formas de explotación que tienen cabida en el mismo, como la adopción ilegal y la maternidad subrogada, para evitar cualquier duda al respecto.

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Tomo II

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