Aplicación del principio de no discriminación en las disposiciones estatutarias y prácticas establecidas en clubes sociales y deportivos
Fuente
Homenaje a Valentín Paniagua CorazaoAbstract
El tema parecería frívolo y poco trascendente por estar dirigido a los clubes y asociaciones sociales y deportivas que existen en los ámbitos de la clase media y alta del país. No lo es, sin embargo, pues atiende al derecho de igualdad ante la ley entre hombres y mujeres. Se trata de un derecho reconocido por la Constitución y protegido además por convenios internacionales de carácter universal y regional, materia de una ley del Congreso que específicamente propugna la igualdad de oportunidades entre hombres y mujeres, cuya vigencia —como derecho a la igualdad y no discriminación— constituye un avance democrático que es necesario profundizar en todos los niveles de la vida nacional. El presente ensayo, partiendo de situaciones de hecho que son similares en varias asociaciones que, en la práctica, no admitían mujeres en calidad de asociadas, aborda la potestad reglamentaria del Ejecutivo y la aplicación del derecho a la igualdad ante la ley entre hombres y mujeres. Sobre esta base, llega a conclusiones sobre la impostergable vigencia de este derecho y la necesaria adecuación de las normas estatutarias vigentes en los clubes sociales y deportivos —así como las prácticas arraigadas en ellos— que importan un grado de discriminación inadmisible constitucionalmente.
Descripción
Páginas 462-486